Despacho de Concentrado de Cobre desde Bodegas PVSA
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Valparaíso.
Antecedentes Generales
La presente Consulta de Pertinencia de Ingreso al SEIA tiene relacion con la implementacion del despacho terrestre por medio de camiones de concentrado de cobre desde la Bodegas anteriormente individualizadas, de forma complementaria al despacho que actualmente tiene autorizado, lo anterior en base a nuevos requerimientos operacionales del cliente.
En concordancia con lo expuesto precedentemente y conforme de la actividad objeto de esta consulta, ¿Despacho de Concentrado de Cobre desde Bodegas PVSA¿, no generará nuevos impactos ambientales relevantes y por sí mismo o complementariamente no representa una actividad listada en el Artículo N° 3 del Reglamento. En consecuencia, y con la finalidad de fundamentar esta conclusión, a continuación, se analizan aquellos literales que por la naturaleza de la actividad le sean aplicables. Literal h.2) Se entenderá por proyectos industriales aquellas urbanizaciones y/o loteos con destino industrial de una superficie igual o mayor a veinte hectáreas (20 ha); o aquellas instalaciones industriales que generen una emisión diaria esperada de algún contaminante causante de la saturación o latencia de la zona, producido o generado por alguna(s) fuente(s) del proyecto o actividad, igual o superior al cinco por ciento (5%) de la emisión diaria total estimada de ese contaminante en la zona declarada latente o saturada, para ese tipo de fuente(s). Por la naturaleza de la actividad en consulta y bajo los antecedentes presentados, el literal h.2), no es aplicable. Dado que la presente consulta está referida únicamente al despacho de concentrado de cobre mediante camiones. Sólo a modo referencial, en el Anexo Nº 2, se presenta la ¿Estimación de Emisiones a la Atmósfera¿, del transporte por carretera, en el área de la zona saturada indicada en el Plan de Descontaminación Quintero-Puchuncaví, donde se concluye que las emisiones son de baja magnitud y se pueden considerar poco significativas ya que están muy por debajo del límite del 5% de la emisión anual. Del mismo, las emisiones estimadas no sobrepasan los valores indicados en el anteproyecto de actualización del Plan de Descontaminación Concón-Quintero y Puchuncaví. Literal ñ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radiactivas para almacenamiento ni el transporte. Respecto de la actividad objeto de esta consulta, se puede indicar que el concentrado de cobre no está catalogado como sustancia peligrosa, por lo que no aplica lo señalado en el artículo 3º literal ñ), del Reglamento del SEIA, por lo tanto, la actividad que se implementará no califica en las tipologías establecidas en el artículo 10 de la Ley 19.300 y especificadas en el artículo 3º del Reglamento del SEIA, de modo que no debe someterse al SEIA.
La actividad se ejecutará en la Región y Provincia de Valparaíso, comuna de Puchuncaví, localidad de Las Ventanas, al interior del Complejo Industrial Ventanas, en terrenos pertenecientes al Titular, en el Puerto de Ventanas, específicamente en el sector donde están operando las Bodegas mencionadas anteriormente. En la Figura N° 1 y Tabla N° 4, se presentan la ubicación y coordenadas UTM de las ¿Bodegas I y II¿ en PVSA (Puerto Ventanas S.A), y su implementación.