Modificación Proyecto "Planta PV Cerro Dominador"
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Antofagasta.
Antecedentes Generales
Durante el año 2015 se presentó, al SEIA, el proyecto ¿Planta PV Cerro Dominador¿ el cual fue calificado favorablemente mediante RCA N°15 del 19 de enero de 2016. Actualmente, el proyecto se encuentra en su etapa de construcción y dado el avance alcanzado es factible comenzar a inyectar energía al SING antes de lo presupuestado. En este contexto, es de nuestro interés someter la descripción de la modificación planteada, a fin de discernir si ésta actividad requiere ser ingresada al SEIA.
a) Emisiones atmosféricas Dadas las características de la modificación, no hay cambios en las emisiones por fase, no obstante, por adelantarse parcialmente la fase de operación, se producirá un traslape de las emisiones de la fase de construcción y operación durante un periodo de 6 meses, aproximadamente. En estos meses, las emisiones se suman pero dado el bajo aporte de la fase de operación, los incrementos son inferiores al 0,5% para los contaminantes principales (MP10 y NOx). De acuerdo a lo anterior, es posible determinar que no hay modificaciones sustantivas en la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales del Proyecto o actividad original. Por último cabe reiterar que el proyecto se encuentra fuera del área comprendida como zona declarada latente o saturada. b) Ruido De acuerdo a las características de las modificaciones, no se generará un aumento en los niveles de ruido indicados en la DIA, lo anterior dado que el proyecto cumple con holgura las normas de ruido durante todas sus fases, debido principalmente en el distanciamiento del mismo a los receptores más cercanos. c) Residuos Sólidos Al igual que lo señalado para las emisiones atmosféricas, los volumen de residuos sólidos no se modifican por efecto del cambio planteado, solo existirá un traslape al sumar los residuos generados en la fase de construcción y operación por algunos meses. Esta situación no producirá ningún efecto significativo dado los bajos volúmenes de la fase de operación y el manejo de ellos de acuerdo a lo indicado en la DIA, esto último considera lo siguiente: - Almacenamiento temporal en contenedores herméticos al interior de bolsas plásticas en sectores autorizados por la SEREMI de Salud. - Retiro con una frecuencia de dos veces por semana - Transporte y disposición final de los residuos a través de empresas autorizadas. También se mantendrán las instalaciones aseadas y ordenada en todo momento, para evitar la aparición de vectores sanitarios. d) Residuos Líquidos La presente modificación no aporta volúmenes adicionales a los indicados en la DIA. Los residuos líquidos serán tratados mediante la planta de aguas servidas perteneciente al proyecto Planta Solar cerro Dominador. Dicha planta se encuentra operativa y cuenta con sus respectivas autorizaciones sanitarias. Cabe precisar que la fase de operación solo aporta un volumen marginal (1,35 m3 /día) y como serán tratados en planta de tratamiento de agua servidas, esto no generará ningún tipo de impacto adicional. e) Uso de Suelo Las modificaciones no contemplan incorporar superficies mayores a las autorizadas en la DIA. Por lo tanto, no hay ningún efecto sobre esta componente ambiental. f) Arqueología y paleontología Dado que la modificación planteada no considera cambio en las obras proyectadas ni instalaciones adicionales, no existirán efectos sobre las componentes de arqueología y paleontología. g) Flora y fauna Dado que la modificación planteada no considera cambio en las obras proyectadas ni instalaciones adicionales, no existirán efectos sobre las componentes de flora y fauna. Sin perjuicio de lo anterior, se mantendrá lo indicado en el Plan de contingencia para fauna silvestre adjunto en el anexo 3 de la Adenda 1. Conclusión: Por lo anteriormente expuesto, es posible establecer que la modificación del Proyecto ¿Planta PV Cerro Dominador¿ no modifica sustantivamente la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales de la actividad.
La modificación planteada solo corresponde a un cambio de las fechas de las fases del Proyecto y no involucra cambios en el emplazamiento. Debido a lo anterior se mantiene la ubicación señalada en el proceso de evaluación ambiental y que corresponde a un terreno rural ubicado en la comuna de María Elena, provincia de Tocopilla, II Región de Antofagasta, a unos 60 km de la Ciudad de Calama