Estimación de emisiones de MP en base a RE SMA 438/2013, Unidades 1 y 2 de Central Renca
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana.
Antecedentes Generales
Consiste en homologar la medición continua de Opacidad establecida en el Anexo 5 de la RE N° 007/1996, de la COREMA de la Región Metropolitana, que calificó favorablemente el proyecto “Central Termoeléctrica Renca y Nueva Renca”, con la estimación de emisiones MP en base a metodología alternativa elaborada por la US-EPA y aprobada por la SMA mediante RE N° 438/2013, que aprobó el "Anexo II: Monitoreos alternativos y monitoreos en fuentes comunes, bypass y múltiples chimeneas".
El Proyecto consiste en homologar el sistema de medición continua respecto del parámetro Opacidad, con la estimación de emisiones de MP en base a metodología alternativa elaborada por la US-EPA, específicamente por el uso de los factores AP-42 de dicha entidad. Cabe señalar que no existen límites de Opacidad en la normativa chilena que puedan ser aplicables a fuentes fijas, sino que en realidad constituye un principio de medición para efectos de evaluar el límite normativo aplicable de Material Particulado aplicado mediante la extinción de luz. Dado lo anterior, la instalación de un sistema de monitoreo continuo de Opacidad no tiene ninguna utilidad para demostrar el cumplimiento de ninguna normativa, incluida la RCA, en tanto que la tasa de emisión aprobada para el reporte de las emisiones trimestrales de MP es la metodología aprobada por la SMA para acreditar el cumplimiento del D.S. Nº13/2011. En efecto, la utilización de los factores AP-42 de la US-EPA se encuentra permitida en general en la Sección 11 de la RE N° 438/2013 de la SMA, que aprobó el "Anexo II: Monitoreos alternativos y monitoreos en fuentes comunes, bypass y múltiples chimeneas”. Además, se encuentra expresamente validada para la medición del parámetro MP en Central Renca, conforme se indica en la RE N°290/2016 de la SMA y corresponde a un método de cuantificación de emisiones de carácter continuo sobre la base del cálculo de consumo energético. Cabe señalar que la sección 1.3. del Capítulo 1 (fuentes estacionarias de combustión externa), volumen I de la quinta edición del AP-42, Tabla 1.3-1, se encuentran factores de emisión para material particulado en calderas a petróleo. Se considera el valor de factor de emisión de MP de 0,002 lb/gal. Este valor corresponde a material particulado filtrable emitido por una caldera de más de 100 MMBTU/h operando con petróleo destilado. Considerando el poder calorífico del diésel de 137.000 BTU/gal dado en el AP-42, se tiene que el valor del factor de emisión o tasa de emisión de MP aprobado a través de la RE 290/2016 de la SMA, para las unidades de generación Renca U1 y Renca U2 de la Central Renca, es de 0,0063 kg/MMBTU. Es pertinente agregar, además, que la homologación del sistema de medición continua respecto del parámetro Opacidad, con la estimación de emisiones de MP en base a metodología alternativa, permitirá que la Central cuente con una metodología única para la medición de los parámetros establecidos en el D.S. Nº 13/2011 y para las Resoluciones de Calificación Ambiental que regulan la operación de la misma. Por otra parte, es pertinente indicar que, puesto que a consecuencia de la implementación del Proyecto se considera realizar el monitoreo continuo de emisiones bajo la metodología alternativa aprobada por la SMA, en su carácter de “LME” y “Unidades a combustible de muy bajo contenido de azufre”, y remitir las emisiones cuantificadas bajo dicha metodología a la Superintendencia del Medio Ambiente de acuerdo al formato establecido en el D.S. N° 13/2011 del Ministerio del Medio Ambiente y las instrucciones generales aplicables a la materia, se mantendrá este registro en lugar del sistema de registro a que hace referencia el Anexo 5 de la RCA 7/1996.
El Proyecto se emplaza dentro de las dependencias del Complejo Termoeléctrico Renca, de propiedad de Sociedad Eléctrica de Santiago SpA, el cual se localiza en avenida Jorge Hirmas 2964 en la comuna de Renca, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Las coordenadas aproximadas UTM de localización de la chimenea son: N 6.301.621 y E 343.093 (Coordenadas WGS84, Huso 19H). En el Anexo N° 3 se presenta un plano general de emplazamiento del Complejo Renca.