actualizacion de las RCAs 14/2001 y 400/2008
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana.
Antecedentes Generales
como parte de un compromiso con un Plan de Cumplimiento, se solicita modificar Considerandos de las RCA 14/2001 y 400/2008
1. Como parte del proceso de autorización de la Planta de Compostaje de la Agrícola Santa Marta de Liray, por parte de la SEREMI de Salud R.M., se autorizó la instalación de un sistema de extracción y lavado de gases, con un sistema compuesto por 3 ductos extractores de aproximadamente 32 metros de altura, con el fin de reducir la concentración de gases en el entorno de la planta y el impacto hacia el vecindario; dando cumplimiento al considerando 5.2.2. de la RCA 400/2008, que indica: “en caso de presentarse eventos de olores molestos, se implementará un plan de monitoreo y control de olores, orientado específicamente a minimizar y eliminar este impacto hacia el entorno inmediato”. De acuerdo a lo expresado en la definición de las partes, acciones y obras físicas del Proyecto, específicamente en el Considerando 3.3.1, este sistema no estaba considerado en el proyecto inicial y por lo tanto no fue evaluado ambientalmente. Se consulta al SEA, si la instalación y funcionamiento de este sistema de extracción y lavado de gases requiere ingresar al SEIA para su evaluación. 2. La RCA 14/2001, estipulaba en su considerando 5.4.1 que respecto a los impactos ocasionados por la proliferación de vectores, se procederá a: “aplicar al alimento de las gallinas de postura, un larvicida a base de Ciromazina como ingrediente activo”. Esta situación se refuerza en el considerando 5.9.2 de la RCA 400/2008, donde dice: “aplicar al alimento de las gallinas de postura, un larvicida a base de Ciromazina como ingrediente activo”. Por consultas al Instituto de Salud Pública, se demostró que el producto Ciromazina para aplicar al alimento de las gallinas no se encuentra autorizado para el mercado chileno, por lo que no fue posible realizar lo comprometido. En la Resolución Sanitaria 55622 de la Seremi de Salud RM. del 28 de Octubre del 2010, se exige en el considerando N° 4, que se debe elaborar un programa de Manejo Integrado de plagas para el control de vectores de interés sanitario. Se consulta al SEA, si el cambio en la manera de controlar los vectores de interés sanitario requiere ingresar al SEIA para su evaluación.
panamericana norte , Kilometro 24 1/2