Modificación Piscicultura Curarrehue IX Región
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región La Araucanía.
Antecedentes Generales
La modificación tiene relación con el peso promedio de salida de los peces de la piscicultura y la cantidad de peces, siempre manteniendo como limite, el tonelaje máximo de producción de 400 toneladas. De esta forma, el titular desea establecer un rango de peso dentro del cual podrán salir los peces, lo cual implica un mayor o menor en unidades de peces de salida de la piscicultura. Peso promedios: 30 a 60 grs. Producción máx. anual: 13.333.333 a 6.666.666 en función del peso de salida del pez.
El proyecto, calificado ambientalmente favorable mediante RCA Nº 220/2006, corresponde a una piscicultura de producción de la especie de Salmónidos en base a procesos de incubación, alevinaje y smoltificación. La Resolución de Calificación Ambiental establece que el “El programa de producción anual de la piscicultura consiste en Especies: Salmónidos, Peso promedio 40 gr con una producción máxima anual de 10.000.000 unidades. Luego de las modificaciones evaluadas en el proyecto Modificación Piscicultura Curarrehue al no implicar una modificación del programa de producción anual continuará ajustándose al siguiente programa de producción: • Especies Salmónidos • Peso Promedio: 40 gramos • Producción máxima anual de 10.000.000 unidades.” A su vez la RCA establece que “El programa de producción anual de la piscicultura incluye las especies de Salmónidos como Salmón Coho, Trucha Arcoiris y otros. La piscicultura tendrá una capacidad de Producción "Anual" de 10 millones de smolt, distribuidos en 2 ciclos anuales sucesivos de 5 millones de smolts cada uno, lo cual equivale a una producción máxima de 400 toneladas de smolts de salmónidos”. La presente modificación tiene relación con el peso promedio de salida de los peces de la piscicultura y consecuentemente las unidades (cantidad de peces), siempre manteniendo como límite, el tonelaje máximo de producción de 400 toneladas. Por lo anterior, según lo que se ha estado trabajando en los últimos meses, se ha ido reduciendo el peso promedio de los peces entre 30 y 35 gramos, independientemente que el rango de pesos individuales sea entre los 30 y 60 gramos aproximadamente. De esta forma, el titular desea establecer un rango de peso dentro del cual podrán salir los peces, lo cual implica un mayor o menor en unidades de peces de salida de la piscicultura. • Peso Promedios: 30 a 60 gramos. • Producción máxima anual: 13.333.333 a 6.666.666 en función del peso de salida del pez. Las mejoras presentadas en el marco de la presente carta, no generan cambios en los PAS N°, 90°, 91°, 101°, 102º y 106°, del Decreto Supremo N°95/2001 MINSEGPRES, el cual era el vigente al momento de la evaluación de dicho proyecto. Respecto al PAS 74, actualmente el PAS 116 del D.S. Nº 40/2012 MINSEGPRES, las cuales se detallan a continuación tampoco se generan variaciones, ya que la biomasa autorizada como producción se mantiene en las 400 toneladas anuales. El permiso para realizar actividades de acuicultura, será el establecido en el inciso 3º del artículo 87 del Decreto Supremo N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892, de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura. Los requisitos para su otorgamiento consisten en no generar efectos adversos en la vida acuática y prevenir el surgimiento de condiciones anaeróbicas en las áreas de la acuicultura. El contenido técnico y formal que debe presentarse para acreditar su cumplimiento corresponde a la caracterización preliminar del sitio (CPS) o información ambiental (INFA), según corresponda, de acuerdo a los contenidos y metodologías de elaboración establecidos en la Resolución Exenta N° 3.612, de 2009, de la Subsecretaría de Pesca, o aquella que la reemplace. Cabe señalar que la presente modificación no altera las condiciones originales con las cuales se evaluó el proyecto, considerando que no tiene relación con aspectos como la cantidad de emisiones a generar, manteniendo los caudales aprobados ambientalmente, como a su vez, dando cumplimiento al Decreto Supremo 90/00, el cual regula la descarga de la piscicultura.
La Piscicultura se localiza en el sector de Catripulli, a 3 Km. de la localidad de Catripulli, a 12 Km de Curarrehue, aledaño al curso de agua formado por el Estero La Máquina y el Estero Huililco, comuna de Curarrehue, provincia de Cautín, Región de La Araucanía.