Piscicultura Río Petrohué, cultivo acuapónico o hidropónico de hortalizas con posibilidad de consumo
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Lagos.
Antecedentes Generales
Habiendo sido posible el crecimiento y cosecha de hortalizas como resultado del cultivo acuapónico o hidropónico, se propone avanzar a una siguiente fase o etapa, pasando de la destrucción de las hortalizas a su consumo.
En la Resolución Exenta N° 361/2017 se obtuvo pronunciamiento de este Servicio en el sentido de que las obras, acciones y medidas relativas a la ejecución en fase experimental de cultivo acuapónico o hidropónico de hortalizas al interior del predio en que se emplaza la piscicultura no constituye una modificación a los proyectos aprobados por Resolución Exenta N° 376/2001, 444/2005, 493/2006, 472/2007 y 390/2007. La modificación propuesta consideró la ejecución en fase experimental de cultivo acuapónico o hidropónico de hortalizas mediante el uso de agua tratada del sistema de tratamiento de RILEs, proveniente del lombrifiltro existente en la piscicultura. Las hortalizas una vez cosechadas serían destruidas. Es del caso señalar que habiendo sido posible el crecimiento y cosecha de hortalizas como resultado del cultivo acuapónico o hidropónico, se propone avanzar a una siguiente fase o etapa, pasando de la destrucción de las hortalizas a su consumo.
Camino a Ralún, Km 62 de la ruta V-69