AUMENTO DE CAPACIDAD DE GUARDA DE BODEGA DE VINOS CHIMBARONGO DE VIÑA CONO SUR
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región O’Higgins.
Antecedentes Generales
Aumentar la capacidad de almacenamiento de Vino con el fin de disminuir los viajes de producto. Las modificaciones planteadas no involucran aumento en la capacidad productiva.
3 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ACTUAL DE AUMENTO DE CAPACIDAD DE GUARDA QUE SE SOMETE A CONSULTA MEDIANTE LA PRESENTE CARTA. A continuación, se entrega un paralelo entre el Proyecto actualmente aprobado mediante la RCA VI Región Nº 127/2015 y la Res. Ex. 83/2016, con el Aumento de Capacidad de Guarda que se propone mediante esta presentación, considerando los aspectos de mayor relevancia que deberán ser analizados por la autoridad. 3.1 PROYECTO El proyecto consiste en el aumento de 4 millones de litros de vino para Guarda, lo que implica un aumento máximo posible de superficie para dichos efectos de 0,53 ha. Adicionalmente, lo anterior ha conllevado a mejorar el camino de acceso a la bodega no pavimentado, mediante la aplicación de supresor de polvo. 3.2 UBICACIÓN La ubicación se muestra en la siguiente Figura: Figura 2 Ubicación del Proyecto 3.3 SUPERFICIE La ampliación contempla aumentar su superficie construida de la Bodega de Vinos en un máximo posible de 0,53 ha, como se muestra en la Tabla 6. Comparación de Superficie de Proyecto aprobado Ampliación Propuesta. Tabla 6. Comparación de Superficie de Proyecto aprobado RCA 127/2015, Ampliación aprobada RE 83/2016, y Ampliación Propuesta Proyecto Aprobado RCA 127 Ampliación Aprobada RE 83 Ampliación Propuesta 2,24 ha totales construidas 2,45 ha totales Construidas 0,53 ha Considerando 3.5 Considerando 1 letra a) - En la Figura 3. Croquis de Caracterización de Instalaciones Nuevas, y Figura 4 Plano de Aumento de Capacidad de Guarda, se muestra la caracterización referencial de las instalaciones que se localizarán en el área a ampliar de la Bodega de Vinos, siendo la letra e) la que representa las nuevas instalaciones objeto de la presente Consulta de Pertinencia. Figura 3. Croquis de Caracterización de Instalaciones Nuevas Figura 4 Zona de Aumento de Capacidad de Guarda 3.4 PRODUCCIÓN No hay cambios respecto de lo ya informado y aprobado en RCA N° 127 y REx. 83. 3.5 POTENCIA INSTALADA No hay cambios respecto de lo ya informado y aprobado en RCA N° 127 y REx. 83. 3.6 RESIDUOS ORGÁNICOS No hay cambios respecto de lo ya informado y aprobado en RCA N° 127 y REx. 83. 3.7 RESIDUOS LÍQUIDOS No hay cambios respecto de lo ya informado y aprobado en RCA N° 127 y REx. 83. 3.8 EMISIONES ATMOSFÉRICAS. Dado que el presente Proyecto considera no sólo el aumento de capacidad de guarda, que implica una reducción de 146 viajes que actualmente se realizan para despachar vino para guarda a otras Bodegas de Vino, sino que también la mejora del camino de acceso no pavimentado, mediante la aplicación de supresor de polvo, se ha vuelto necesario realizar una nueva estimación de emisiones atmosféricas acuciosa y detallada. Lo anterior, ha llevado de manera adicional, a reevaluar las emisiones atmosféricas de la planta, una vez que el proyecto que mediante la presente carta se somete a evaluación entre en operación. Así las cosas, se adjunta en Anexo N° 2 el Informe de Emisiones Atmosféricas del Proyecto Aumento de Capacidad de Guarda, Bodega de Vinos Chimbarongo, Viña Cono Sur. Del mencionado informe, se desprende que: Tabla 8 Resumen Emisiones Totales del Proyecto Contaminante Emisiones (ton/año) Construcción Operación Total MP10 0,03 1,60 1,63 MP2,5 0,01 0,19 0,20 CO 0,03 0,54 0,56 NOx 0,13 2,50 2,63 SOx 0,00 0,17 0,17 Figura 5 Comparación y Disminución de emisiones de MP10 entre la situación actual (sin descontar situación base) y la operación con proyecto sometido a Consulta 3.9.1. Análisis de Aplicabilidad de un Plan de Compensación de Emisiones. El proyecto se emplaza en zona declarada como saturada, sobre la cual se encuentra vigente el del Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) para el Valle Central de la VI Región, establecido en el D.S. 15/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Figura 6 Ubicación del Proyecto y Zona de PDA El PDA indica las condiciones sobre las cuales un proyecto o modificación de proyecto debe compensar sus emisiones. Sobre esto el Artícul
Av. Pisagua, S/N, Chimbarongo