PERTINENCIA DE INGRESO AL SEIA CONSIDERACIONES GENERALES
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región La Araucanía.
Antecedentes Generales
- Aclarar caudal de diseño considerado en Evaluación Ambiental Modificado en RCA 77/2014 y texto refundido 132/2014 - Adecuación dispositivo de caudal ecológico para caudal determinado para el proyecto
El objetivo de la presente Consulta de Pertinencia es establecer de forma clara la distribución de caudales que resulta de la modificación original del Proyecto, en específico respecto de los antecedentes sobre el caudal de diseño de Malalcahuello considerados en la RCA 145/2008, en la Carta 109/2013 (que resolvió Consulta de Pertinencia presentada el 15 de marzo de 2013) y en la RCA 132/2014, de lo anterior, para la modificación del proyecto original donde se aumenta la potencia de la central, se modifica el punto de captación y se considera la unificación de los caudales (incluyendo caudales adicionales), se pierde en el proceso la implicancia del aumento del caudal que permite junto con un incremento de altura en el salto, aumentar la potencia instalada, no quedando expresamente establecido en la correspondiente RCA 77/2014, ni en el texto refundido RCA 132/2014. Cabe destacar que las acciones o condiciones expuestas en la presente pertinencia, NO tienen por objeto cambios de proceso que involucren aumentos de potencia instalada, cambios en el trazado del proyecto, aumentos de superficies consideradas en la evaluación del proyecto, implementación de unidades o partes, u otra acción significativa que pudiesen causar impacto o efectos en el medioambiente, informados y considerados en los proceso de evaluación ambiental del proyecto original y sus modificaciones, o que implique por sí, efectos no considerados en el proyecto original y sus modificaciones. Resumiendo, el aumento de potencia de la Central Malalcahuello de 6,4 MW a 9,2 MW, evaluado ambientalmente en 2014, se basó tanto en el desplazamiento de la bocatoma aguas arriba del río, así como de un aumento en el caudal de diseño de 2,37 m3/s a 3,1 m3/s (con la incorporación de los derechos de agua otorgados por la autoridad competente). Sin embargo, el aumento en el caudal de diseño no quedó expresado en la RCA 77/2014, ni en el texto refundido RCA 132/2014. Por otra parte, un segundo objetivo de la presente consulta de pertinencia es solicitar un pronunciamiento respecto de un cambio en los dispositivos de caudal ecológico existentes, únicamente con el objetivo de mejorar la condición y asegurar una operación eficiente respecto del dispositivo de caudal ecológico, entregando los caudales que se establecen para el proyecto de acuerdo con lo instruido por DGA y los valores de caudal considerados por el traslado de puntos de captación del proyecto. Y por último rectificar la coordenada de captación del proyecto en Malalacahuello de acuerdo a lo tramitado ante DGA sectorialmente.
El proyecto se ubica contiguo a los ríos Carilafquén y Malalcahuello a unos 15km al sureste de Melipeuco Punto representativo del proyecto -38,891003051585756 -71,49192043170272