Fundo Los Raulíes
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región La Araucanía.
Antecedentes Generales
Obtener certificado de no pertinencia por estudio de impacto ambiental.
- Proyecto privado de parcelación. - El camino de acceso desde el camino principal a la entrada de la parcelación, es aproximadamente 3 km de camino no pavimentado. El proyecto contempla servídumbres de acceso a cada lote, no contempla equipamiento adicional como zona de juegos o pavimentacion de calles. Contempla un bosque nativo, en común como un gran parque para los propietarios (sin intervención). - En imagen de google earth se aprecia una laguna, la cual ya no existe. - Desde el acceso a la parcelación aproximadamente el lago está a 300 mts. y no hay cursos de agua dentro del mismo. - Se adjunta en documentos reglamento interno de copropiedad, enfocado en temas de administración y cuidado y conservación del conjunto. Proyecto no pertenece a zona de conservación histórica, ni inmueble de conservación histórica, ni a humedales declarados sitios prioritarios para la conservación de biodiversidad. En atención a lo indicado en el reglamento del SEIA, Art. 3º - Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental son los siguientes: g) Proyectos de desarrollo urbano o turístico, en zonas no comprendidas en alguno de los planes evaluados estratégicamente de conformidad a lo establecido en el párrafo 1º bis del Título II de la Ley. Se entenderá por planes a los instrumentos de planificación territorial. g.1 Se entenderá por proyectos de desarrollo urbano aquellos que contemplen obras de edificación y/o urbanización cuyo destino sea habitacional, industrial y/o de equipamiento, de acuerdo a las siguientes especificaciones: g.1.1. Conjuntos habitacionales con una cantidad igual o superior a ochenta (80) viviendas o, tratándose de vivienda social, vivienda progresiva o infraestructura sanitaria, a ciento sesenta (160) viviendas. En respuesta a lo indicado en el Artículo 3º, letra g.1.1) del Reglamento SEIA, el proponente responde a lo siguiente: Conjuntos habitacionales con una cantidad igual o superior a ochenta (80) viviendas o, tratándose de vivienda social, vivienda progresiva o infraestructura sanitaria, a ciento sesenta (160) viviendas. El desarrollo contempla una urbanización privada de 16 lotes de 5.000 mts2 aprox cada uno, para lo que consideran 16 viviendas unifamiliares, claramente menor a las 80 viviendas indicadas en reglamento. Por otro lado se requiere analizar el artículo h.1.1 del reglamento: h.1.1. Que se emplacen en áreas de extensión urbana o en área rural, de acuerdo al instrumento de planificación correspondiente y requieran de sistemas propios de producción y distribución de agua potable y/o de recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas; El proyecto constará de un sistema particular de agua potable y alcantarillado, donde los residuos orgánicos se depositarán en una fosa séptica, la cual contempla retiro del material de forma periódica de tal modo no se considera vertimiento alguno. Cada lote tendrá su propia fosa (individual), cada uno será un contenedor de 1200 lts, consiste en capturar individualmente todas las aguas servidas y grises, las cuales serán retiradas por cada propietario.
Camino Villarrica a Pedregoso Km 25, ruta S-556