Pertinencia Centro CQ1, SIEP 103774
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Lagos.
Antecedentes Generales
Solicita pronunciamiento de pertinencia de ingreso al SEIA por modificación del Proyecto “Cultivos Marinos Isla Quehui. Nª PERT: 203103169” referida a la forma de operar y estructuras.
1. Texto de la RCA: 3. a.- El Proyecto no contempla estructuras de apoyo en tierra, contará con dos plataformas para el desarrollo de las actividades propias del proyecto. 1.1. Modificación, corresponde a la operación actual: Existe una base en tierra en el Sector de Matao de carácter administrativo, bodegaje para insumos y RESPEL. En el sector de Palqui existe una bodega que igualmente presta atención al proyecto. La operación de realiza en mar sobre plataformas y barcazas. 1.2. Normativa: Antecedentes de la base: Inscripción en el CBR: Chequian: Fs. 86, Nº 75 del 21-11-2006, CBR Achao. Palqui: Fs. 253, Nº 224 del 13-12-2006, CBR Achao. Cambio de uso de suelo: Chequian: Nº 66 del 01-04-2004. Palqui: Nº 293 del 15-11-2006. Recepción Municipal de Obras: Chequian: Nº 37 del 30-12-2004. Palqui: Nº 4 del 22-02-2007. Resolución sanitaria de la bodega de RESPEL: Chequian: Nº 3 del 30-01-2014. Resolución sanitaria de agua potable: Chequian: Nº 750 del 11-09-2017. Palqui: Nº 228 del 05-06-2017. Tratamiento de aguas servidas: Chequian: Nº 751 del 11-09-2017. Palqui: Nº 221 del 05-02-2007. 2. Texto de la RCA: 3. e.2. Etapa de Operación. e.2.1. Manejo del Cultivos. Cosecha. La cosecha de Choritos se realiza en forma manual, y se extiende durante todo el año, siendo más intensa en los períodos de abril-junio y septiembre-noviembre. 2.1. Modificación, corresponde a la operación actual: Las cosechas de realizan con apoyo de equipos hidráulicos, el Titular declara que siempre buscara implementar mejoras tecnológicas en sus procesos, siempre se cumplirá con la normativa vigente en lo relacionado a salud ocupacional y legislación medio ambiental. 2.2. Normativa: Cumplimiento del Decreto 594/2000, Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Decreto 34.419/1992, Reglamento Para el Control de la Contaminación Acuática. 3. Texto de la RCA: 3. e.2. Etapa de Operación. e.2.3. Condiciones Sanitarias: El titular facilitará un bidón de agua potable de 300 litros. El bidón será cerrado con dispensador y estará ubicado en la plataforma de trabajo; será renovada todos los días de la red de agua potable. El titular otorgará las condiciones necesarias para que los trabajadores accedan a sus respectivos hogares y satisfagan las necesidades básicas de higiene y alimentación, de acuerdo a los requerimientos sectoriales y según lo establezca la respectiva normativa. 3.1. Modificación, corresponde a la operación actual: Las barcazas del Titular cuentan con las condiciones Sanitarias básicas, tanto en lo referente al agua potable y servicios sanitarios, cuando se realizan faenas en plataformas igualmente se asegura el abastecimiento de agua potable, para acceder al servicio sanitario el Titular provee un bote de acercamiento a la barcaza más cercana o a la base en tierra, por lo cual no existe la necesidad que los trabajadores acudan a sus hogares para acceder a un servicio sanitario. Para todas las faenas que realizan los trabajadores siempre se cumplirá con la legislación asociada. 3.2. Normativa: Cumplimiento del Decreto 594/2000, Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Decreto 34.419/1992, Reglamento Para el Control de la Contaminación Acuática. 4. Texto de la RCA: 3. e.2. Etapa de Operación. e.2.4. Plan de Contingencias y Medidas de prevención propuestas por el titular. e.2.4.2. En caso de daño estructural: Los módulos serán revisados diariamente, lo que permitirá tomar rápidamente una medida correctiva, como enviar a un buzo a recoger material o equipo suelto, y devolver las unidades de cultivo a sus lugares iniciales. 4.1. Modificación, corresponde a la operación actual: El Titular declara que no cuenta con equipos o teams de buceo por cuenta del mismo, ya que para la actividad cotidiana del cultivo no se requieren, los planes implementados por el Titular cumplen con la legislación vigente. El Titular igualmente declar
Noreste de Punta Machaco, Isla Quehui