Camang 119-2020_Pontones y PTAS Pilpilehue
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Lagos.
Antecedentes Generales
Implementación de dos artefactos navales o pontones en reemplazo de los pontones marca Detroit indicados en RCA anterior. Estos artefactos navales o pontones,integrarán cada uno de ellos: i) habitabilidad, almacenamiento y suministro de alimento para salmónidos, insumos, materiales, ii) ensilaje, iii) suministro de oxígeno, iv) suministro de gas, v) bodegas para sustancias peligrosas o químicos (SUSPEL), y vi) almacenamiento transitorio de residuos sólidos propios de la operación del centro
La RCA N° 693/2007 indica que “el centro estará implementado con dos artefactos navales, consistentes en pontones de alimentación, de estructura metálica, marca Detroit”. Adicionalmente, la RCA N° 474/2011 menciona que “el establecimiento contará con un sistema de ensilaje que será instalado en un pontón especialmente diseñado para ello”. Con la finalidad de optimizar el uso de la concesión evaluada ambientalmente mediante las RCAs antes señaladas, cuya extensión es de 123,59 hectáreas de acuerdo a lo indicado en la Resolución Exenta SEA N° 693/2007, se contempla la implementación de dos artefactos navales o pontones en reemplazo de los pontones marca Detroit indicados en el párrafo anterior. Estos artefactos navales o pontones, integrarán cada uno de ellos: i) habitabilidad, almacenamiento y suministro de alimento para salmónidos, insumos, materiales, ii) ensilaje, iii) suministro de oxígeno, iv) suministro de gas, v) bodegas para sustancias peligrosas o químicos (SUSPEL), y vi) almacenamiento transitorio de residuos sólidos propios de la operación del centro de cultivo. Las características técnicas de cada artefacto naval o pontón son las siguientes: - Capacidad de almacenamiento de alimento de 240 ton. - 1 generador C220 D5 de 220 KVA. - 1 generador C90 D5 de 90 KVA. - 2 estanques de petróleo de 10.000 L cada uno. - 1 estanque de agua de 12.000 L. - 1 estanque de oxígeno para suministro de salmónidos en cultivo con capacidad de 17.500 L. - 1 estanque de gas licuado petróleo (GLP) de 4 m3 para suministro de motores fuera de borda. - 1 Ensilaje con capacidad de procesamiento y almacenamiento de mortalidad de 40 m3. - 1 Planta de tratamiento de aguas servidas marca MARINER OMNIPURE modelo M5508 7,3 m3/día. Cabe destacar, que se prevé una modificación al sistema de tratamiento de mortalidad descrito en la RCA N° 474/2011, donde se indica un sistema de ensilaje ubicado en un pontón especialmente diseñado para ello. En tal sentido, la modificación contempla la implementación de un sistema de ensilaje en cada pontón o artefacto naval, el cual contará con una capacidad de procesamiento y almacenamiento de mortalidad de 40 m3 cada uno. De este modo, se modifica el tipo de pontón o artefacto naval indicado en la RCA N° 693/2007, y se aumenta la capacidad de tratamiento y almacenamiento transitorio de la mortalidad ensilada respecto a lo señalado en la RCA N° 474/2011. La disposición final de este residuo no se modifica respecto de lo señalado en la RCA N° 693/2007 por cuanto se dispondrá en una planta reductora u otra empresa autorizada para su recepción final. Adicional a lo señalado, considerar que cada pontón o artefacto naval contará con una Planta de tratamiento de aguas servidas marca MARINER OMNIPURE modelo M5508 7,3 m3/día. Al respecto, la RCA N° 693/2007 señala que el centro Pilpilehue cuenta con instalaciones de apoyo en tierra, “y que no contempla; construcción, modificación, ni ampliación de las instalaciones en tierra” por cuanto el proyecto no consideró la vinculación del PAS 91. Por otro lado, la RCA N° 474/2011 señala que “el proyecto no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales (PAS) contemplados en el título VIII, artículos 68 al 106 del D.S. N°95/01 MINSEGPRES, por cuanto el centro de cultivo Pilpilehue no cuenta con el PAS asociado a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas generadas en un artefacto naval o pontón. Respecto al almacenamiento transitorio de residuos peligrosos, la RCA N° 693/2007 señala que “el manejo de residuos se efectuará cumpliendo lo señalado en el presente D.S. 148/2003”. Sin embargo, resulta pertinente señalar, que el centro Pilpilehue acopia sus residuos peligrosos (RESPEL) en la bodega de RESPEL ubicada en la Base Terao, la cual cuenta con autorización sanitaria para el almacenamiento transitorio de residuos peligrosos, otorgada mediante Resolución N°C-R/1324-2018.
Ensenada Ahoni, Sur-Este Punta Terao.