Pertinencia Centro de Cultivo Reñihué 3 102829
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Lagos.
Antecedentes Generales
Con el objeto de ajustar la concesión de acuicultura al plan productivo de la compañía se incorporará el cultivo de algas considerando las siguientes especies: 1.- Chondracanthus chamisoii 2.- Macrocystis pyrifera 3.- Agarophyton chilensis
De acuerdo a lo autorizado por RCA N° 640 de 2002 el proyecto cuenta con 20 balsas jaulas circulares de 25 metros de diámetro por 16 de profundidad y una producción máxima de 2.000 toneladas de salmónidos. La RCA N° 291 de 2012, autoriza la modificación del proyecto, cambiando las estructuras a 21 balsas jaulas circulares de 30 metros de diámetro por 20 de profundidad y aumentando la biomasa a 4.590 toneladas. Además, mediante Resolución Exenta N° 110 de 2018, por consulta de pertinencia, se autoriza la modificación de estructuras a 14 balsas jaulas cuadradas de 40 metros de lado por 15 de profundidad. Con el objeto de ajustar la concesión de acuicultura al plan productivo de la compañía se incorporará el cultivo de algas considerando las siguientes especies: 1.- Chondracanthus chamisoii 2.- Macrocystis pyrifera 3.- Agarophyton chilensis Se contempla una biomasa máxima a producir de 14 toneladas por especie, utilizando estructuras de cultivo correspondiente a 4 líneas o planza de 100 metros de longitud cada una. Estas estructuras se emplazarán dentro de la concesión de acuicultura, ocupando una superficie aproximada de 0,15 hás. Con el fin de mantener la biomasa máxima autorizada de 4.590 toneladas para la concesión, se disminuirá en 14 toneladas la biomasa de salmónidos, ya que se cultivará o cultivarán las especies de alga ya señaladas no superando en su conjunto las 14 toneladas por ciclo productivo, quedando entonces distribuida la biomasa máxima a producir de la siguiente forma: - Algas: 14 toneladas. - Salmónidos: 4.576 toneladas. - Biomasa máxima a producir: 4.590 toneladas. Por lo anterior, solicitamos a Ud. un pronunciamiento en orden a si esta modificación, incorporación de especie algas y sus estructuras de cultivo, constituyen una modificación de consideración del proyecto señalado, y que requiera de un nuevo pronunciamiento del Servicio de Evaluación Ambiental.
Rivera Sur de Estero Reñihué, Sector N° 3