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SEIA · Pertinencia

Valorización a través del reciclaje de cenizas de Unidades 3 y 4 de Complejo Termoeléctrico Ventanas

Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Valparaíso.

ID PERTI-2020-16491
Proponente Empresa Eléctrica Ventanas S.A
Región Valparaíso
Comuna Puchuncaví
Tipo de proyecto Modificación con RCA
Estado Resuelta
Fecha de presentación 28-10-2020
Fecha de respuesta 25-02-2021
Encargado/a Fanny Soledad Arias Lira
Evaluador/a Fanny Soledad Arias Lira

Antecedentes Generales

Identificación de Proyecto
Tipo de proyectoModificación con RCA
EstadoResuelta
UbicaciónPuchuncaví, Valparaíso
Monto de inversión0,00
Tipología(s)Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW, Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW
Encargado/aFanny Soledad Arias Lira
Evaluador/aFanny Soledad Arias Lira
Descripción

Ampliar las alternativas del destino final de la ceniza generada como residuo no peligroso en las Unidades de generación eléctrica 3 y 4 del Complejo Termoeléctrico Ventanas, para su valorización a través del reciclaje como insumos o materias primas en procesos productivos. Estas actividades se presentan como una alternativa a la disposición final en el depósito de residuos de combustión El Pangue, ubicado adyacente al camino que une Puchuncaví con Valle Alegre.

Objetivo de la Consulta de Pertinencia

Empresa Eléctrica Ventanas S.p.A (en adelante e indistintamente, “el Titular” o “Ventanas S.p.A. ”), somete a consulta de pertinencia de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental el Proyecto “Valorización a través del reciclaje de cenizas de las Unidades 3 y 4 del Complejo Termoeléctrico Ventanas” (en adelante, el “Proyecto”) que consiste en ampliar las alternativas del destino final de la ceniza generada como residuo no peligroso en las Unidades de generación eléctrica 3 y 4 del Complejo Termoeléctrico Ventanas, mediante su utilización como insumos o materias primas en procesos productivos. Actualmente, dicha ceniza tiene como destino final autorizado el Depósito de cenizas de El Pangue, ubicado específicamente al interior del fundo del mismo nombre, el cual se encuentra adyacente al camino que une Puchuncaví con Valle Alegre. Lo anterior se enmarca en lo señalado en la ley N° 20.920 que “Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje”, y lo señalado en la “Guía de aspectos ambientales relevantes para centrales Termoeléctricas” de la Superintendencia del Medio Ambiente. Sumado a esto, se tienen las recién publicadas normas chilenas, NCH 3521/2020 “Áridos livianos y áridos porosos para hormigones”; y, NCh 3520/2020; “Cenizas Volantes para Hormigón”, ambas del Instituto Nacional de Normalización (INN). Las actividades proyectadas se relacionan con actividades aprobadas en el marco de las siguientes RCAs: 1) RCA N°1124/2006, proyecto “Central Termoeléctrica Nueva Ventanas”. Considerando 4.4.4.3. Etapa de Operación. Actividades de mantenimiento. Programa de mantención del precipitador electrostático. Considerando 4.6.2.3. Emisiones y Descargas al Ambiente. Etapa de Operación. Residuos sólidos. 2) RCA N°1632/2006, proyecto “Cambio de Combustible de la Central Termoeléctrica Nueva Ventanas”. Considerando 3.4.3 Residuos Sólidos. 3) RCA N°275/2010, proyecto “Central Termoeléctrica Campiche”. Considerando 4.4.2. Descripción de la operación de la Central. Considerando 4.4.3.10. Insumos. Vialidad. Considerando 4.6.2.3. Emisiones y descargas al ambiente. Etapa de Operación. Residuos sólidos. Considerando 10.1.3. Efectos, características o circunstancias señaladas en la letra a) del artículo 11 de la ley N°19.300. Residuos sólidos. En particular, se trata de las siguientes actividades asociadas al cambio proyectado: a) Se contempla que la ceniza generada como residuo en las Unidades 3 y 4 de generación eléctrica, sea entregada a terceros para su reciclaje como insumo o materia prima en procesos productivos, como alternativa a su actual disposición final en el depósito. b) La ceniza reciclada será retirada por terceros desde los silos de almacenamiento temporal existentes, mientras que los excedentes que no sea posible retirar continuarán siendo enviados al depósito existente. Cabe señalar que para la entrega de cenizas a terceros se aplicarán en planta los mismos estándares ya establecidos en el carguío, limpieza de carrocería y lavado de ruedas. c) El transporte de la ceniza desde las instalaciones del Complejo Termoeléctrico Ventanas hasta su destino final no forma parte del presente proyecto, ya que será responsabilidad del destinatario contar con las autorizaciones ambientales y/o sectoriales de dicha actividad y ejecutarlo con empresas autorizadas para tales fines.

Ubicación

Las unidades 3 y 4 son parte del Complejo Termoeléctrico Ventanas que se encuentra emplazado en la zona industrial de Puchuncaví, Región de Valparaíso.

Expediente de Análisis 5

Fecha
Documento
Remitido por
Destinado a
Anexos
28-10-2020
Consulta de Pertinencia
Empresa Eléctrica Ventanas S.A
Región de Valparaíso
28-10-2020
Documento de apoyo
Titular
Región de Valparaíso
24-12-2020
Carta de solicitud de antecedentes adicionales de fondo
Región de Valparaíso
Titular
29-01-2021
Carta envía antecedentes adicionales de fondo del titular/proponente
Titular
Región de Valparaíso
25-02-2021
Resolución resuelve no ingreso modificación de proyecto
Región de Valparaíso
Titular

Anexos 5

Anexo
Documento padre
Formato
Archivo
Pertinencia Valorizacion de Cenizas Empresa Eléctrica Ventanas Unidades 3 y 4 -28 oct
Consulta de Pertinencia
Anexo 2.1
Consulta de Pertinencia
Anexo 2.2
Consulta de Pertinencia
Anexo 2.3
Consulta de Pertinencia
Anexo 1 Antecedentes Legales
Consulta de Pertinencia