Pertinencia Centro PP9-102030
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Lagos.
Antecedentes Generales
Solicita pronunciamiento de pertinencia de ingreso al SEIA por modificación del Proyecto “Centro de Cultivo de Mitílidos en Punta Pullao sector 2, N° 207103166” referida a la forma de operar y estructuras.
1. Texto de la RCA: 3. Etapa de Operación. No se contempla instalaciones terrestres, ya que el apoyo de las faenas será mediante una embarcación tipo barcaza con baños y comedor. 1.1. Modificación, corresponde a la operación actual: Existe una base en tierra de carácter administrativo, bodegaje para insumos, combustible y RESPEL. La operación se realiza en mar sobre plataformas y barcazas. 1.2. Normativa: Antecedentes de la base: 1.2.1. Inscripción en el CBR: Fs. 1.453, Nº 1.465, R. 3.003 del 18-10-2005, CBR Castro. 1.2.2. Cambio de uso de suelo: Nº 141 del 24-05-2007. 1.2.3. Recepción Municipal de Obras: Nº 94 del 10-08-2007, Nº 95 del 10-08-2007. 1.2.4. Resolución sanitaria de la bodega de RESPEL: Nº 4 del 30-01-2014. 1.2.5. Resolución sanitaria de agua potable y tratamiento de aguas servidas: Nº 161 del 29-02-2016. 1.2.6. Bodega de combustibles: Almacenamos pequeñas cantidades (inferiores a 10 toneladas) por lo cual no se requiere resolución sanitaria. “Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas” Art. Nº 5.: “Toda instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas sobre 10 toneladas (t) de sustancias inflamables o 30 t de otras clases de sustancias peligrosas requerirá de Autorización Sanitaria para su funcionamiento.” 2. Texto de la RCA: 13. Que el Titular del proyecto comunicará por carta a la COREMA Región de Los Lagos, la circunstancia de haber cumplido con la obligación de entregar la INFA a SERNAPESCA, adjuntado copia de la carta (excluyendo la INFA) de presentación de la misma. 2.1. Modificación, corresponde a la operación actual: En la actualidad SERNAPESCA es quien contrata los servicios para la ejecución de las INFA y es quien posteriormente entrega la INFA al Titular. 2.2. Normativa: Artículo 122 bis.; Decreto 430/1991; Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.892, de 1989 y sus Modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura. 3. Texto de la RCA: 3. Vida útil: 25 años 3.1. Modificación, corresponde a la operación actual: El Titular en la actualidad proyecta la vida útil del proyecto por un plazo indefinido, en el caso de tener que abandonar el proyecto se cumplirá con el plan de cierre y con toda la normativa aplicable. 3.2. Normativa: Letra a) a.2., Articulo 19, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto 40/2012. "Contenidos mínimos de las Declaraciones. a) Una descripción del proyecto o actividad que deberá contener lo siguiente: a.2. La vida útil del proyecto o actividad y de sus partes u obras, si corresponde."
Canal Hudson, Sector Estero Rilan, Comuna de Castro, Provincia de Chiloé.