Modificación Combustible Caldera durante el periodo de puesta en marcha e Inicio de Operación
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana.
Antecedentes Generales
Informar la modificación transitoria del combustible a utilizar por las Calderas durante la puesta en marcha y para los primeros 8 meses de Operación de la Planta. Para ello, se contempla utilizar combustible tipo Diésel y no Gas Natural como se señalaba en el proyecto original (RCA N°280/2016), con el objetivo de superar la contingencia presentada relacionado a dificultades técnicas de ejecución de la acometida por parte del proveedor de Gas Natural.
Obras temporales: Instalación de faena; Para la ejecución del Proyecto abordado en el presente documento, se utilizarán las instalaciones de faena del proyecto original ubicadas al interior de la Planta en construcción, de acuerdo con lo indicado en el acápite 4.3.1 Fase de Construcción de su RCA. Obras Permanentes; Las obras a ejecutar y por las cuales se presenta este documento, se enmarcan en la construcción y desarrollo de la Planta Embotelladora CCU, específicamente en lo que respecta a la puesta en marcha y operación de la Caldera. Durante la etapa inicial del proyecto se implementará una de las seis calderas señaladas en su evaluación ambiental, no obstante, esta contará con un sistema de consumo dual de combustible, permitiendo tanto el uso de Diésel como de Gas Natural. El Diesel será utilizado durante el periodo de puesta en marcha y en los primeros meses de Operación (máximo 8 meses), mientras que el Gas Natural se utilizará una vez que se cuente con disponibilidad de suministro. Cabe reiterar que la imposibilidad de suministro se debe a factores técnicos atribuibles al proveedor, motivo por el cual se adjunta en Anexo 04 carta del proveedor documentando dicha situación Las demás Calderas serán implementadas posteriormente, según la necesidad térmica que requiera el proyecto. La modificación indicada en el presente documento será efectiva sólo durante la puesta en marcha y primeros meses de operación, en un periodo máximo de 8 meses. Una vez se habilite la acometida de Gas Natural, las modificaciones realizadas serán restauradas acorde a lo establecido en el proyecto original, inhabilitando la red de distribución y equipamientos implementadas para estos efectos. El Diesel utilizado durante la puesta en marcha y primeros meses, será abastecido desde el estanque de 20 m3 consignado inicialmente para los grupos electrógenos. Tanto el estanque de Diesel, como la acometida hacia los grupos electrógenos fueron presentados y aprobados en la DIA original. No habrá nuevas instalaciones de almacenamiento, sólo se construirá una derivación de un tramo de acometida de Diesel de los generadores, hacia la Caldera, con una prolongación de 6 m en cañería de acero carbono de 1 1/2”. El tramo de tubería será construido de forma superficial, por lo que no reviste la ejecución de nuevas excavaciones ni Obras Civiles.
Avenida El Retiro, Fundo El Retiro (HJ y 3), en el Lote 9-A fusionado, en la comuna de Renca, Provincia de Santiago, Región Metropolitana.