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SEIA · Pertinencia

Pertinencia Centro KU5, SIEP 104289

Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Lagos.

ID PERTI-2020-7411
Proponente Roosebelt Juan Francisco Moràn Saldivia
Región Los Lagos
Comuna Quemchi
Tipo de proyecto Modificación con RCA
Estado Resuelta
Fecha de presentación 17-06-2020
Fecha de respuesta 13-08-2020
Encargado/a César Hugo Villarroel Cruzat
Evaluador/a César Hugo Villarroel Cruzat

Antecedentes Generales

Identificación de Proyecto
Tipo de proyectoModificación con RCA
EstadoResuelta
UbicaciónQuemchi, Los Lagos
Monto de inversión0,00
Tipología(s)Una producción anual igual o mayor a mil toneladas (1.000 t) y/o superficie de cultivo igual o superior a sesenta mil metros cuadrados (60.000 m2), tratándose de moluscos filtradores y otras especies filtradoras, a través de un sistema de producción extensivo, Una producción anual igual o mayor a mil toneladas (1.000 t) y/o superficie de cultivo igual o superior a sesenta mil metros cuadrados (60.000 m2), tratándose de moluscos filtradores y otras especies filtradoras, a través de un sistema de producción extensivo
Encargado/aCésar Hugo Villarroel Cruzat
Evaluador/aCésar Hugo Villarroel Cruzat
Descripción

Solicita pronunciamiento de pertinencia de ingreso al SEIA por modificación del Proyecto “Centro de Cultivo de Mitílidos en Sureste Punta Quechuco Canal Caucahue, N° 206103202” referida a la forma de operar y estructuras.

Objetivo de la Consulta de Pertinencia

1. Texto de la RCA: 3.6.2. Etapa de Operación. No se contempla instalaciones terrestres, ya que el apoyo de las faenas será mediante una embarcación tipo barcaza con baños y comedor. 1.1. Modificación, corresponde a la operación actual: Existe una base en tierra de carácter administrativo, bodegaje para insumos, combustible y RESPEL. La operación de realiza en mar sobre plataformas y barcazas. 1.2. Normativa: Antecedentes de la base: Inscripción en el CBR: Fs. 1227, Nº 1.125, R. 2.233 del 16-09-2008, CBR Ancud. Informe de Factibilidad para las Construcciones ajenas a la agricultura: Nº 862 del 12-07-2017. Recepción Municipal de Obras: Nº 24 del 01-06-2009. Resolución sanitaria de la bodega de RESPEL: Nº 2 del 30-01-2014. Resolución sanitaria de agua potable y tratamiento de aguas servidas: Nº 303 del 09-12-2016. Bodega de combustibles: Almacenamos pequeñas cantidades (inferiores a 10 toneladas) por lo cual no se requiere resolución sanitaria. “Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas” Art. Nº 5.: “Toda instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas sobre 10 toneladas (t) de sustancias inflamables o 30 t de otras clases de sustancias peligrosas requerirá de Autorización Sanitaria para su funcionamiento.” 2. Texto de la RCA: 4.1. D.S. Nº 977/1996 (MINSAL). Reglamento Sanitario de los Alimentos. Instalación y funcionamiento de lugares destinados al cultivo, engorda, y purificación de mariscos destinados al consumo humano, ubicados en lugares de aguas limpias y con monitoreo sanitario permanente a través de la fiscalización de la Autoridad Sanitaria y del cumplimiento voluntario de los programas sanitarios para la exportación (PSMB). 2.1. Modificación, corresponde a la operación actual: No se ha tramitado ninguna autorización o resolución ante el MINSAL asociada al DS. N° 977/1996 (Art. 335). En las bases no hay ningún tipo de manejo o acopio de Mitílidos, en ninguno de sus estados, todo el trabajo se realiza en el mar. 2.2. Normativa: El proyecto está sujeto al “Programa de Sanidad de Moluscos Bivalvos”, el cual es vigilado en conjunto por SERNAPESCA y la SEREMI de Salud. Se adjunta página del Listado de Áreas de Extracción (Código PSMB: 10419, Código SIEP de la Concesión: 104289). Fuente: http://www.sernapesca.cl/programas/programa-de-sanidad-de-moluscos-bivalvos-psmb 3. Texto de la RCA: 3.6.1. Etapa de construcción. Long-lines (sistema de cultivo): Corresponde un sistema compuesto por líneas (cabos de polipropileno de 25 mm de diámetro) de 200 m cada una sujeta a flotadores de polietileno de un volumen 250 l, considerando una distancia entre flotadores de 1,2 m. Cada sistema de líneas y flotadores están sujetos al fondo través de anclajes o muertos de 6.500 kg aproximadamente. Se utilizara una separación de 20 m entre líneas y líneas. 3.1. Modificación, corresponde a la operación actual: El Titular declara que las dimensiones, pesos, volumen y distancia propuestos en este punto pueden variar y dependen de decisiones de tipo estratégicas para la producción, siempre se tendrá como objetivo mejorar la seguridad del cultivo, tanto en su flotabilidad como en los fondeos. Ninguna de estas variables considera una modificación a los volúmenes de producción, siempre se cumplirá con lo presentado en el formulario de Proyecto Técnico el cual fue aprobado por la RCA. 3.2. Normativa: Decreto 34.419/1992, Reglamento Para el Control de la Contaminación Acuática. 4. Texto de la RCA: 3.6.1. Etapa de construcción. Embarcación. La actividad de acuicultura en evaluación, que incluye mantenimiento de los sistemas de cultivo, desdobles periódicos y cosecha, se realizará en embarcaciones destinadas para ello, las que tendrán grúa hidráulica para levantar los longline. Las cuerdas con mitílidos serán colocadas sobre la superficie de la embarcación para desgranar los ejemplares y depositarlos en bins isotérmicos con hielo para su posterior traslado a planta de proceso. 4.1. Modificación, corresponde a la operación actual:

Ubicación

Canal Caucahue, al Este de Pta. Quechuco.

Expediente de Análisis 2

Fecha
Documento
Remitido por
Destinado a
Anexos
17-06-2020
Consulta de Pertinencia
Roosebelt Juan Francisco Moràn Saldivia
Región de Los Lagos
13-08-2020
Resolución resuelve no ingreso modificación de proyecto
Región de Los Lagos
Titular

Anexos 2

Anexo
Documento padre
Formato
Archivo
Antecedentes de la base
Consulta de Pertinencia
Carta Pertinencia KU5-104289
Consulta de Pertinencia