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SEIA · Pertinencia

Pertinencia Centro PP8, SIEP 103788

Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Lagos.

ID PERTI-2020-7590
Proponente Roosebelt Juan Francisco Moràn Saldivia
Región Los Lagos
Comuna Castro
Tipo de proyecto Modificación con RCA
Estado Resuelta
Fecha de presentación 19-06-2020
Fecha de respuesta 25-08-2020
Encargado/a César Hugo Villarroel Cruzat
Evaluador/a César Hugo Villarroel Cruzat

Antecedentes Generales

Identificación de Proyecto
Tipo de proyectoModificación con RCA
EstadoResuelta
UbicaciónCastro, Los Lagos
Monto de inversión0,00
Tipología(s)Una producción anual igual o mayor a mil toneladas (1.000 t) y/o superficie de cultivo igual o superior a sesenta mil metros cuadrados (60.000 m2), tratándose de moluscos filtradores y otras especies filtradoras, a través de un sistema de producción extensivo, Una producción anual igual o mayor a mil toneladas (1.000 t) y/o superficie de cultivo igual o superior a sesenta mil metros cuadrados (60.000 m2), tratándose de moluscos filtradores y otras especies filtradoras, a través de un sistema de producción extensivo
Encargado/aCésar Hugo Villarroel Cruzat
Evaluador/aCésar Hugo Villarroel Cruzat
Descripción

Solicita pronunciamiento de pertinencia de ingreso al SEIA por modificación del Proyecto “Centro cultivo mitílidos Pullao, golfo de Ancud, Comuna de Castro. Nº 98103167” referida a la forma de operar y estructuras.

Objetivo de la Consulta de Pertinencia

1. Texto de la RCA: 3. No existirán instalaciones en tierra. 1.1. Modificación, corresponde a la operación actual: Existe una base en tierra de carácter administrativo, bodegaje para insumos, combustible y RESPEL. La operación de realiza en mar sobre plataformas y barcazas. 1.2. Normativa: Antecedentes de la base: Inscripción en el CBR: Fs. 1.453, Nº 1.465, R. 3.003 del 18-10-2005, CBR Castro. Cambio de uso de suelo: Nº 141 del 24-05-2007. Recepción Municipal de Obras: Nº 94 del 10-08-2007, Nº 95 del 10-08-2007. Resolución sanitaria de la bodega de RESPEL: Nº 4 del 30-01-2014. Resolución sanitaria de agua potable y tratamiento de aguas servidas: Nº 161 del 29-02-2016. Bodega de combustibles: Almacenamos pequeñas cantidades (inferiores a 10 toneladas) por lo cual no se requiere resolución sanitaria. “Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas” Art. Nº 5.: “Toda instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas sobre 10 toneladas (t) de sustancias inflamables o 30 t de otras clases de sustancias peligrosas requerirá de Autorización Sanitaria para su funcionamiento.” 2. Texto de la RCA: 3. Etapa de operación: Siembra: Tanto para el proceso de siembra como para el de cosecha se utilizará una plataforma flotante. 2.1. Modificación, corresponde a la operación actual: El Titular igualmente cuenta con barcazas. Estas labores pueden ser realizadas en plataformas flotantes, barcazas u otro tipo de nave que pueda presentar mejores condiciones para realizar los trabajos. El Titular señala que los artefactos navales y naves que utilice independiente de las dimensiones y materiales siempre cumplirán con la Ley de Navegación y sus respectivos Reglamentos. 2.2. Normativa: Decreto Ley 2.222/1978, Ley de Navegación. 3. Texto de la RCA: 3. Acciones a implementar en situaciones de riesgo o accidentes. En caso de desprendimientos o mortalidades masivas, se recurrirá a buzos, los cuales se encargarán de recuperar la mayor cantidad de individuos que sea posible. 3.1. Modificación, corresponde a la operación actual: El Titular declara que no cuenta con equipos o teams de buceo por cuenta del mismo, ya que para la actividad cotidiana del cultivo no se requieren, los planes implementados por el Titular cumplen con la legislación vigente. 3.2. Normativa: Artículo 5, Decreto 320/2001, Reglamento Ambiental Para la Acuicultura 4. Texto de la RCA: 9. Antes de iniciar la etapa de operación el proyecto deberá contar con Autorización Sanitaria otorgada por Autoridad Sanitaria en virtud de lo señalado en el D.S. 977/1996 del MINSALUD Reglamento Sanitario de Los Alimentos. 4.1. Modificación, corresponde a la operación actual: No se ha tramitado ninguna autorización o resolución ante el MINSAL asociada al DS. N° 977/1996. En las bases no hay ningún tipo de manejo o acopio de Mitílidos, en ninguno de sus estados, todo el trabajo se realiza en el mar. 4.2. Normativa: El proyecto está sujeto al “Programa de Sanidad de Moluscos Bivalvos”, el cual es vigilado en conjunto por SERNAPESCA y la SEREMI de Salud. Se adjunta página del Listado de Áreas de Extracción (Código PSMB: 10206, Código SIEP de la Concesión: 103788). Fuente: http://www.sernapesca.cl/programas/programa-de-sanidad-de-moluscos-bivalvos-psmb

Ubicación

Oeste de Estero Rilan

Expediente de Análisis 2

Fecha
Documento
Remitido por
Destinado a
Anexos
19-06-2020
Consulta de Pertinencia
Roosebelt Juan Francisco Moràn Saldivia
Región de Los Lagos
25-08-2020
Resolución resuelve no ingreso modificación de proyecto
Región de Los Lagos
Titular

Anexos 2

Anexo
Documento padre
Formato
Archivo
Carta Pertinencia PP8-103788
Consulta de Pertinencia
Antecedentes de la Base
Consulta de Pertinencia