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SEIA · Pertinencia

Pertinencia Centro PT4, SIEP 103873

Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Lagos.

ID PERTI-2020-9356
Proponente Roosebelt Juan Francisco Moràn Saldivia
Región Los Lagos
Comuna Curaco de Vélez
Tipo de proyecto Modificación con RCA
Estado Resuelta
Fecha de presentación 13-07-2020
Fecha de respuesta 14-09-2020
Encargado/a César Hugo Villarroel Cruzat
Evaluador/a César Hugo Villarroel Cruzat

Antecedentes Generales

Identificación de Proyecto
Tipo de proyectoModificación con RCA
EstadoResuelta
UbicaciónCuraco de Vélez, Los Lagos
Monto de inversión0,00
Tipología(s)Una producción anual igual o mayor a mil toneladas (1.000 t) y/o superficie de cultivo igual o superior a sesenta mil metros cuadrados (60.000 m2), tratándose de moluscos filtradores y otras especies filtradoras, a través de un sistema de producción extensivo, Una producción anual igual o mayor a mil toneladas (1.000 t) y/o superficie de cultivo igual o superior a sesenta mil metros cuadrados (60.000 m2), tratándose de moluscos filtradores y otras especies filtradoras, a través de un sistema de producción extensivo
Encargado/aCésar Hugo Villarroel Cruzat
Evaluador/aCésar Hugo Villarroel Cruzat
Descripción

Solicita pronunciamiento de pertinencia de ingreso al SEIA por modificación del Proyecto “Cultivo de mitílidos y ostreídos en sector, Punta Tanecuhe, Curaco de Vélez (Nº SOL.200103061)” referida a la forma de operar y estructuras.

Objetivo de la Consulta de Pertinencia

1. Texto de la RCA: 3. b) El proyecto no contempla la implementación de infraestructura de apoyo en tierra. 1.1. Modificación, corresponde a la operación actual: Existe una base en tierra de carácter administrativo, bodegaje para insumos, combustible y RESPEL. La operación de realiza en mar sobre plataformas y barcazas. 1.2. Normativa: Antecedentes de la base: Inscripción en el CBR: Fs. 1.453, Nº 1.465, R. 3.003 del 18-10-2005, CBR Castro. Cambio de uso de suelo: Nº 141 del 24-05-2007. Recepción Municipal de Obras: Nº 94 del 10-08-2007, Nº 95 del 10-08-2007. Resolución sanitaria de la bodega de RESPEL: Nº 4 del 30-01-2014. Resolución sanitaria de agua potable y tratamiento de aguas servidas: Nº 161 del 29-02-2016. Bodega de combustibles: Almacenamos pequeñas cantidades (inferiores a 10 toneladas) por lo cual no se requiere resolución sanitaria. “Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas” Art. Nº 5.: “Toda instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas sobre 10 toneladas (t) de sustancias inflamables o 30 t de otras clases de sustancias peligrosas requerirá de Autorización Sanitaria para su funcionamiento.” 2. Texto de la RCA: 5.1.c. Antes de iniciar la etapa de operación el proyecto, éste deberá contar con Autorización Sanitaria otorgada por el Servicio de Salud, en virtud de lo señalado en el D.S. N° 977/1996 del MINSALUD, Reglamento Sanitario de Los Alimentos. 2.1. Modificación, corresponde a la operación actual: No se ha tramitado ninguna autorización o resolución ante el MINSAL asociada al DS. N° 977/1996. En las bases no hay ningún tipo de manejo o acopio de Mitílidos, en ninguno de sus estados, todo el trabajo se realiza en el mar. 2.2. Normativa: El proyecto está sujeto al “Programa de Sanidad de Moluscos Bivalvos”, el cual es vigilado en conjunto por SERNAPESCA y la SEREMI de Salud. Se adjunta página del Listado de Áreas de Extracción (Código PSMB: 10422, Código SIEP de la Concesión: 103873). Fuente: http://www.sernapesca.cl/programas/programa-de-sanidad-de-moluscos-bivalvos-psmb 3. Texto de la RCA: 3.1.2. Etapa de Operación: d) Proceso de Cosecha de Mitílidos. Esta actividad será realizada por las embarcaciones que el titular dispondrá para la cosecha, las cuales cuentan con una grúa hidráulica para levantar los long-line, las cuerdas de los Mitílidos colocadas sobre la superficie del catamarán donde se procederá a desprender, desgranar los choritos, y depositarlos en un contenedor plástico tipo "bins". Este bins se descarga de la barcaza a través de un tractor y éste lo sube arriba de un camión para transporte a la planta. 3.1. Modificación, corresponde a la operación actual: El Titular señala que las actividades de cosecha no solo se pueden realizar en un Catamarán, pudiéndose utilizar igualmente una barcaza o plataforma flotante, siempre se cumplirá con la normativa vigente en lo relacionado a la navegación. Actualmente el Titular no utiliza bins para la cosecha, ni para el traslado de esta a la Planta de Procesos, pero tampoco cierra la opción a utilizarlos en el futuro, los contenedores utilizados para la cosecha y el traslado de esta cumplirán siempre con la legislación vigente. 3.2. Normativa: Manual de Inocuidad y Certificación, Parte II: Sección I, Control en Origen, 4.2 Condiciones Para los Centros de Cosecha y Medios de Transporte (Marítimos y Terrestres), Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. Decreto Ley 2.222/1978, Ley de Navegación. 4. Texto de la RCA: 3. b) Para el apoyo de las actividades del centro se implementará una plataforma de trabajo de madera de 42 m2. 4.1. Modificación, corresponde a la operación actual: Las plataformas que utiliza el Titular en la actualidad son de metal y presentan otras dimensiones, igualmente se cuenta con barcazas. El Titular señala que los artefactos navales y naves que utilice independiente de las dimensiones y materiales siempre cumplirán con la Ley de Navegación y sus respectivos Reglamentos. 4.2. Normativa: Decreto Ley 2.222/1978, L

Ubicación

Canal Hudson, entre Punta Tanecuhe y Punta Coñao, Isla Quinchao

Expediente de Análisis 2

Fecha
Documento
Remitido por
Destinado a
Anexos
13-07-2020
Consulta de Pertinencia
Roosebelt Juan Francisco Moràn Saldivia
Región de Los Lagos
14-09-2020
Resolución resuelve no ingreso modificación de proyecto
Región de Los Lagos
Titular

Anexos 2

Anexo
Documento padre
Formato
Archivo
Carta Pertinencia PT4-103873
Consulta de Pertinencia
Antecedentes de la Base
Consulta de Pertinencia