Modificación Considerandos Centro de Cultivo Córdova 1 PERT N°211121045
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Magallanes.
Antecedentes Generales
Modificaciones del proyecto referentes a las características del artefacto naval, estanques de almacenamiento de combustible, equipos electrógenos, origen del agua potable, características de las redes a utilizar, sistema de extracción de mortalidad y gestión de manejo de residuos.
3.1 Punto 5.1.3 de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Plataforma Flotante. “La plataforma flotante a utilizar, está bajo Jurisdicción de la Armada, y cumplirá con la normativa sectorial aplicable, previa a la instalación de la plataforma en el centro. Asimismo, mencionada plataforma flotante estará diseñada para el cumplimiento de funciones de habitabilidad, oficina y bodega de insumos (Anexo III, letra b). 5.1.3.1 Dimensiones y Características • Eslora total 28,8m. • Manga total 15 m. • Puntal de construcción: 3,6 m. • Carga total: 280 toneladas • Estanque de combustible: 10 m3 • Estanque para agua dulce: 10 m3. • Habitabilidad para 35 personas” Modificación en adjunto 3.2 Punto 6.8.1 de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Gases “Los gases emitidos en el presente proyecto, tendrán origen por tres generadores, uno de los generadores de 220 KVA, con fuente fija de emisión; el segundo de 150 KVA, cuya fuente de emisión es fija, ambos generadores emiten durante 16 horas; el tercer generador del 40 KVA y en caso que exista fotoperiodo las 24 horas si lo requiera.” Modificación en adjunto 3.3 Punto 6.5.1 de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Agua potable. “La fuente de abastecimiento de agua potable provendrá de la red pública desde el centro urbano más próximo. El titular se compromete a abastecer el centro con la cantidad necesaria para cumplir con el requerimiento de 100 litros/persona/día, según lo indicado en el D.S. Nº 594/99 sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. En caso de utilizar para el suministro de agua dulce la alternativa de un Sistema de Agua Potable Rural, el titular presentará, previo a su utilización, la autorización del comité respectivo, previo Informe Técnico del Ministerio de Obras Públicas. El titular transportará el agua potable en una embarcación o barcaza según requerimiento.” Modificación en adjunto 3.4 Punto 5.1.2 de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Redes. “Se dispondrá impregnar las redes en talleres autorizados por las autoridades competentes y que posean todos sus permisos ambientales vigentes. En este caso las redes se cambiarán para limpiarlas, lavarlas, repararlas e impregnarlas con pintura anti-incrustante con una frecuencia aproximadamente de 6 meses y/o según sea requerido de manera de asegurar una adecuada circulación de agua hacia los peces en cultivo”. Modificación en adjunto 3.5 Punto 6.1.7 de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Manejo de Mortalidad. “ La disposición de las mortalidades generadas en el centro de cultivo, respecto del manejo, de mortalidad en el centro, el Titular indica que este se realizará en atención al siguiente procedimiento: • La mortalidad generada en las unidades de cultivo será extraída con una frecuencia diaria. Además, se informará semanalmente al Servicio Nacional de Pesca la cantidad de mortalidad debidamente clasificada según su causa. • El buzo, luego cumplir con el protocolo de desinfección del centro, procede a sumergirse en la unidad de cultivo, colectando la mortalidad del fondo, los peces orillados y revisa la malla pecera. • El asistente de buzo recibe la mortalidad en la superficie de la unidad de cultivo y procede a disponer los peces en contenedores de mortalidad desinfectados.” Modificación en adjunto 3.6 Punto 6.9.1.3 de la Declaración de Impacto Ambiental. Residuos domiciliarios. “…Asimismo el titular se compromete a llevar un control, mediante el sistema de doble guía, de estas disposiciones y retirar mencionados residuos cada 7 días con el objeto de prevenir la formación de focos de insalubridad…” Modificación en adjunto
El proyecto se localiza en el sector Ribera Noroeste de Estero Córdova, Isla Desolación, Comuna de Punta Arenas, Provincia de Magallanes, XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.