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SEIA · Pertinencia

Modificación Considerandos Centro de Cultivo Pérez de Arce PERT N°207121169

Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Magallanes.

ID PERTI-2021-13625
Proponente Acuicultura BluRiver SpA
Región Magallanes
Comuna Río Verde
Tipo de proyecto Modificación con RCA
Estado Resuelta
Fecha de presentación 02-07-2021
Fecha de respuesta 13-09-2021
Encargado/a Carlos Antonio Ojeda Barría
Evaluador/a Carlos Antonio Ojeda Barría

Antecedentes Generales

Identificación de Proyecto
Tipo de proyectoModificación con RCA
EstadoResuelta
UbicaciónRío Verde, Magallanes
Monto de inversión1,00
Tipología(s)Una producción anual igual o superior a treinta y cinco toneladas (35 t) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo, Proyectos de explotación intensiva, cultivo, y plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos
Encargado/aCarlos Antonio Ojeda Barría
Evaluador/aCarlos Antonio Ojeda Barría
Descripción

Modificaciones del proyecto referentes a las características del artefacto naval, equipos electrógenos, origen del agua potable, características de las redes a utilizar, almacenamiento de combustibles, gestión de manejo de residuos, gestión de manejo de mortalidad y gestión de residuos peligrosos.

Objetivo de la Consulta de Pertinencia

3.1 Considerando 3.2.1.1. de la RCA N° 192/2013. Pontón Habitable. “A continuación se describe un pontón referencial de uso de la empresa, cuyas principales características son: a) 17 m de eslora, b) 11 m de manga c) 2.4 m de puntal de construcción, d) Capacidad de carga de 100 toneladas” Modificación en adjunto 3.2 Considerando 3.3.1. de la RCA N° 192/2013. Emisiones a la Atmósfera. “El centro de engorda contará con dos generadores, uno de 175 kVA y otro auxiliar de 45 kVA, los que serán una fuente fija de emisión constante. El generador de 175 kVA tendrá un consumo de combustible de 20 L/h y el de 45 kVA, 10 L/h. El combustible a utilizar en ambos generadores será Petróleo Diesel”. Modificación en adjunto 3.3 Punto 4.1 de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Agua potable. “El circuito de agua de bebida consiste en lo siguiente: - Una capacidad de acopio de 5m3 en estanque de acero prepintado y tratado con esquema de pintura, tanto interior como exterior. El estanque es abastecido por medios externos, generalmente asociados a barcazas. - Circuito de agua presurizado por medio de un hidropack dimensionado a los requerimientos del baño, de 220 Volts. - Sonda de nivel de llenado de estanque. - Cañerías y fittings según corresponda.” “Transporte de agua potable: El titular transportará el agua potable en una embarcación o barcaza según requerimiento. La norma vigente, exige que se dispongan de 100 L por persona en el lugar de trabajo, por lo que se necesitarán 1.400 L. diarios para todo el personal en periodo de máxima operación; sin embargo, como se trata de dos turnos de operación con 7 personas por cada turno, más tres visitas en promedio, se trata de un abastecimiento de 1.000 L/día. Almacenamiento del agua potable: El agua será almacenada en un estanque de acero de 5.0 m3 de capacidad de acopio.” Modificación en adjunto 3.4 Considerando 3.2.1.2.2. de la RCA N° 192/2013. Redes. “Las redes serán impregnadas con pintura antifouling antes de su ingreso al centro de cultivo y en ningún caso se utilizará anti-incrustantes que contengan como productos activos, elementos tóxicos no degradables o bioacumulables….” Modificación en adjunto 3.5 Considerando 3.2.2.6 de la RCA N° 192/2013. Manejo de Combustibles e Insumos. “A fin de proveer de combustible a las embarcaciones menores se pretende mantener una cantidad mínima de combustible (menor a 400 L) conservado en la bodega con su debida rotulación. Su abastecimiento dependerá de la actividad y demanda del centro. Tanto el uso como la mantención de los combustibles se hará de acuerdo a lo estipulado en la normativa asociada” Modificación en adjunto 3.6 Considerando 3.3.3. de la RCA N° 192/2013. Residuos Sólidos. “Estos residuos serán acumulados en contenedores, claramente identificados, con tapa hermética y en su interior con bolsas de plástico. Posteriormente, las bolsas con residuos en su interior son trasladadas en una embarcación de logística permanente del centro hacia un lugar de disposición autorizado. La frecuencia de retiro de estos residuos desde el centro de cultivo hasta el lugar autorizado será entre tres a cuatro días.” “La mortalidad generada se almacenará en el sistema de ensilaje descrito en esta DIA. Una vez ensilada se retirará una vez al mes o quincenal, según requerimiento, por vía marítima y terrestre hacia empresas reductoras autorizadas”. Modificación en adjunto 3.7 Punto 4.2 de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Hidrocarburos. “Los lubricantes serán almacenados en recipientes cerrados y debidamente identificados y etiquetados, tomándose todas las medidas necesarias para prevenir la inflamación o reacción de estos, según lo establece el artículo 4 a 9 del D.S. de MINSAL N° 148/03. Los residuos generados serán manejados según normativa vigente)”. Modificación en adjunto 3.8 Punto 3.3.3 de la RCA N°192/2013. Residuos Sólidos. “Se generarán 190 L/año, aproximadamente, de aceites lubricantes usados”. Modificación en adjunto

Ubicación

El proyecto se localiza en el sector de Estero Pérez de Arce, entre Punta Negra y Punta Enfilación, Isla Riesco, Comuna de Río Verde, Provincia de Punta Arenas, XII Región.

Expediente de Análisis 4

Fecha
Documento
Remitido por
Destinado a
Anexos
02-07-2021
Consulta de Pertinencia
Acuicultura BluRiver SpA
Región de Magallanes y Antártica Chilena
09-07-2021
Carta de solicitud de antecedentes adicionales de fondo
Región de Magallanes y Antártica Chilena
Titular
13-08-2021
Carta envía antecedentes adicionales de fondo del titular/proponente
Titular
Región de Magallanes y Antártica Chilena
13-09-2021
Resolución resuelve no ingreso modificación de proyecto
Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena
Proponente

Anexos 1

Anexo
Documento padre
Formato
Archivo
Carta Pertinencia_Pérez de Arce
Consulta de Pertinencia