AJUSTE TECNOLOGICO AL PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO TAMARICO
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Atacama.
Antecedentes Generales
Presentar antecedentes para demostrar que el ajuste propuesto en relación con la mejora tecnológica del panel solar no corresponden a cambios de consideración de la RCA 172/16, de acuerdo con los criterios definidos en el artículo 2 letra g) del D.S. N°40/12 del 323 MMA (RSEIA) y del Ord. N°131.456 del 12 de septiembre de 2013 y no modifican sustantivamente los impactos ambientales evaluados.
En términos generales, se consulta por el aumento de potencia unitaria de los paneles solares de 300MWp a 580 MWp, eliminando todo el Bloque I de paneles, disminuyendo de 496.512 a 283.968 paneles solares.
Vértice extremo sur de paneles (Bloque II) 326.599 E 6.852.025 S El Bloque I se elimina.