Reposicionamiento de aerogeneradores AE-08 y AE-12 de Parque Eólico Mesamávida
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Biobío.
Antecedentes Generales
Reposicionar los aerogeneradores AE-08 y AE-12 contemplados en la Res. Ex. N° 21/2019 que se pronunció respecto de la CP 1 denominada “Actualización Parque Eólico Mesamávida", por motivos de eficiencia en el método constructivo.
Como bien se indicó, el ajuste que se pretende incorporar mediante la presente consulta de pertinencia, en primer término, tiene por objeto reposicionar los aerogeneradores AE-08 y AE-12 contemplados en la Res. Ex. N° 21/2019 que se pronunció respecto de la CP 1 denominada “Actualización Parque Eólico Mesamávida”. En dicho sentido, el aerogenerador AE-08, se pretende reposicionar a 100 metros hacia el oeste de la ubicación originalmente aprobada por la RCA 12/2015 para el aerogenerador AE-34, mientras que el aerogenerador AE-12 se reposicionará a 150 metros hacia el este respecto de la ubicación originalmente aprobada en la RCA 12/2015 para el aerogenerador AE-43. Lo anterior, específicamente en los puntos de coordenadas UTM, Datum WGS 84, Huso 18 S antes indicados en la Tabla N° 3 de la presente CP 3. Mientras que, en lo que respecta a la incorporación de los caminos internos de acceso a los aerogeneradores AE-08 y AE-12 en la ubicación propuesta, estos en conjunto tendrán una longitud de 2.238 metros y los volúmenes de escarpe y material de excavación corresponderán a 5.564 m3 y 3.951 m3 respectivamente, el trazado de los caminos en comento, consideran 1.273 metros y 965 metros para los aerogeneradores AE-08 y el AE-12, respectivamente. Las canalizaciones subterráneas para los conductores eléctricos que se requerirán habilitar para la ubicación propuesta de los aerogeneradores AE-08 y AE-12, estas consideran una longitud de 570 metros y 1.195 metros, respectivamente. En tanto, la longitud total de las nuevas canalizaciones corresponde a 1.765 metros, mientras que se estima la remoción de 1.368 m3 de material de excavación. Finalmente, en atención a que el camino interno proyectado para acceder a la ubicación propuesta para el aerogenerador AE-12, cruzará el estero Paillihue, se contempla una obra de cruce.
Los ajustes propuestos en la presente CP 3 se pretenden incorporar en el Parque Eólico Mesamávida, el cual se localiza en la comuna de Los Ángeles, provincia del Biobío, Región del Biobío, específicamente en el sector denominado Mesamávida, a 10 kilómetros al suroeste del límite urbano de la ciudad de Los Ángeles.