Consulta de Pertinencia RCA 708/2013 Proyecto Centro de engorda de salmones SIEP 100650
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Lagos.
Antecedentes Generales
Se somete a consulta de pertinencia modificaciones de estructuras y operatividad del centro de cultivo
El proyecto contempla la instalación y operación de un centro de engorda de salmones, el cual está constituido por 20 balsas jaulas de 30x30x16 metros para una producción máxima de 4.896 toneladas. Por lo antes expuesto, el proyecto indicado, fue ingresado mediante su respectiva Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de acuerdo con la tipología principal n). La RCA 708/2013 establece las siguientes estructuras para el centro de cultivo, las cuales serán modificadas: Redes: En el centro se manejarán tres tipos de redes: a) Cultivo: Estas irán variando su abertura de malla dependiendo del tamaño de los salmones. Sus dimensiones serán de 30m x 30m x 16m. b) Loberas: Estas evitarán pérdidas de salmones por ataques y roturas de red realizadas por lobos de mar u otros depredadores. Sus dimensiones serán de 35m x 35 m x 19 m, además tendrán una apertura de 10” para evitar el enmallen de depredadores. c) Pajareras: Estas tendrán doble propósito de proteger la superficie de la balsa-jaula de posibles escapes de salmones y ataques de pájaros. Sus dimensiones serán de 30x30 m Pontón: El centro de cultivo contará con un artefacto naval (pontón) de 280 toneladas, que posee habitabilidad para 35 personas, bodegas para el almacenamiento de insumos (240 ton de alimento) y combustibles (10 m3). Además contará con un sistema de tratamiento de aguas sucias. Pare el manejo de los residuos provenientes del uso de químicos la RCA indica “Los residuos sólidos serán retirados periódicamente del centro de cultivo por el proveedor del químico, los cuales acreditaran que son eliminados a vertederos autorizados. En caso de que el Titular considere pertinente el cierre del centro de cultivo, éste se compromete a cumplir con lo establecido en el Artículo 4, letra c) del D.S. Nº 320/2001 del Reglamento Ambiental para la Acuicultura (RAMA), en cuanto a retirar al término de su vida útil o a la cesación de actividades del centro, todo tipo de soportes no degradables o de degradación lenta que hubieren sido utilizados como sistema de anclaje al fondo, exceptuando las estructuras de concreto utilizadas para el anclaje. Esta tarea será ejecutada por personal de la empresa, con apoyo de embarcaciones.
Estero Quintupeu, comuna de Hualaihué, provincia de Palena, X Región de los Lagos