CONSULTA DE PERTINENCIA INGRESO AL SEIA DEL LOTEO PIMPINELA
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región O’Higgins.
Antecedentes Generales
El loteo que se somete a este análisis de Consulta de Pertinencia de Ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) corresponde a la subdivisión de 166 lotes con distintas superficies, siendo la superficie mínima de 5.000.- m2, ocupando un área de 90,21 hectáreas, en un terreno de 1.049,95 has. de superficie. El inmueble con fines agrícolas, se encuentra ubicado en el sector rural de la Comuna de Requínoa, para la continuación de desarrollo agropecuario del Inmueble.
Descripción del proyecto o actividad. La presente consulta de pertinencia de ingreso al SEIA, busca obtener el pronunciamiento de esta autoridad para constatar que no ingresa al SEIA, la subdivisión agrícola que consiste en la habilitación de 166 lotes de una superficie desde los 5.000 m2 cada uno aproximadamente, en una superficie de 90,21 has. de un predio de 1.049,95 has. en total que actualmente se encuentra siendo utilizado para actividades agrícolas en la comuna de Requínoa, ubicado en Camino Pimpinela, Lote A Reserva Cora Cerros P.P. San Rafael. Tal como se acredita mediante Plano de subdivisión del Servicio Agrícola y Ganaderos, archivado bajo el número 1666 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rengo del año 2021, parte del Lote A Reserva Cora Cerros P.P. San Rafael, fue subdividido en 166 lotes de una superficie desde los 5.000 m2 cada uno aproximadamente, en adelante “El Inmueble”. Cabe hacer presente que el Inmueble tiene características agropecuarias, específicamente se desarrolló la actividad agrícola. No se contempla la urbanización del loteo. El en su actualidad contempla el desarrollo agropecuario del Inmueble que tuvo y tiene en la actualidad, con la única salvedad de que existe una subdivisión del Inmueble en 166 lotes de una superficie desde los 5.000 m2 cada uno aproximadamente, y que el destino que deberán mantener los eventuales nuevos propietarios de cada uno de los lotes es y será agropecuario, tal como indica expresamente el D.L. 3.516 del año 1980. La subdivisión de los 166 lotes se realizó en una superficie de 90,21 has. de donde la zona a intervenir se desarrollará en un total de 1.049,95 has., es decir, un 8,6% de la superficie total del predio. En efecto, el loteo no es más que una continuación de desarrollo agropecuario del Inmueble, subdividiéndolo en 166 lotes de una superficie desde los 5.000 m2 cada uno aproximadamente, en donde anteriormente constaba una Viña Frutal como desarrollo agropecuario, y que, a la fecha, se quiere seguir desarrollando conforme a la aptitud agrícola del suelo donde se encuentra situado el inmueble. Para llevar a cabo lo anterior, el Proyecto sólo involucra un sistema de distribución de aguas que corresponden a los derechos de aprovechamiento de aguas, conforme se acompañan la inscripción de dominio, que serán transferidos proporcionalmente a cada lote, los que tendrán fines estrictamente de riego. En relación a la dotación de energía eléctrica, la potencia que posee la propiedad matriz, que es inferior a 2.000 KVA del literal k.1 del art. 3° del RSEIA, y será distribuida por las servidumbres de tránsito. Fase de construcción del proyecto: La fase de construcción del proyecto sólo involucra la mantención de los caminos interiores ya existentes dentro de los Inmuebles, que fueron ratificados por el plano de subdivisión SAG ya indicado, y que tienen como único objeto que los distintos propietarios de lotes puedan transitar y acceder a su propiedad, sistemas de distribución interna de agua riego de cada uno de sus lotes, y, además, de la instalación de un portón eléctrico de acceso a las distintas parcelas o lotes. Cabe hacer presente, que el proyecto no contempla a esta fecha la ejecución de obras necesarias para dotar de servicios básicos a cada lote , esto es: no se contempla la habilitación de energía eléctrica (individual), abastecimiento de agua potable ni soluciones sanitarias de alcantarillado. Fase de operación del proyecto: La fase de operación del proyecto se acota únicamente a la administración de la parcelación. Fase de cierre del proyecto: El proyecto, por la naturaleza que este tiene, no considera una fase de cierre.
-70.702022674617 -34.33491885156