Pertinencia 3: Modificación Proyecto Conejo (disminución de capacidad instalada)
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Antofagasta.
Antecedentes Generales
La modificación que se somete a esta consulta, consiste en la no ejecución del aumento de la capacidad instalada contemplado para la Etapa 2 del Proyecto Solar Conejo, la que quedará acotada exclusivamente a la capacidad instalada de la Etapa 1, correspondiente 104 MW ac de potencia. Dicha capacidad se encuentra construida y actualmente en operación comercial, y se emplaza en un total de 411 ha (las que incluyen la planta solar de 321 ha.
La Etapa 1 del Proyecto Conejo, inició su fase de operación comercial con fecha 08 de septiembre del año 2016 y, desde esa fecha, ha generado más de 1,2 GWh de energía renovable, equivalente a la reducción de más de 500.000 toneladas de CO2. Desde su inicio el Proyecto fue planteado como un proyecto de gran escala a ejecutarse en distintas etapas, para poder adaptarse a la capacidad de transmisión disponible en el sistema eléctrico al que se conectaba, respetando todas las características técnicas y requerimientos de operación y seguridad del sistema. Sin embargo, debido a que las restricciones en la capacidad de transmisión del Sistema Eléctrico Nacional (anteriormente SIC) que imponían los requerimientos de operación de la línea Diego de Almagro, y que motivaron la presentación de la Consulta de Pertinencia 1, se mantuvieron, es que la Etapa 2 no pudo ejecutarse según lo planificado inicialmente. En vista de lo anterior y dada la inviabilidad de ejecutar la Etapa 2 tal y como se había planificado, la presente consulta tiene por objeto modificar el Proyecto en el sentido de no ejecutar el aumento de la capacidad instalada contemplado para la Etapa 2, quedando el Proyecto exclusivamente limitado a su tamaño y capacidad actual, sin que queden etapas pendientes por ejecutar. Además, debido a la disminución de capacidad correspondiente a la Etapa 2 del Proyecto, se disminuirá el área de caminos internos del mismo. Se hace presente que las demás partes y obras del Proyecto se mantienen de acuerdo a lo aprobado por la RCA 0005/14 y las Consultas de Pertinencia 1 y 2. Dentro del área de Conejo (Etapa 1) se mantendrá la infraestructura considerada para la conexión de la Etapa 2 y que a futuro permitiría que se conecte un nuevo proyecto independiente similar a la segunda fase que se había proyectado inicialmente, esto significa que se mantiene en la subestación elevadora existente, el espacio definido para la instalación del trasformador elevador que se consideraba para la Etapa dos, pues este podrá ser instalado, ya sea como repuesto y reserva del trasformador de la Etapa 1 o eventualmente para permitir la conexión de un proyecto independiente aprovechando ese paño de conexión existente. Así mismo se mantienen en Etapa 1, la parte del camino perimetral y zanjas en paralelo a los caminos existentes que servían para la conexión de lo que sería la Etapa 2 y que eventualmente permitirían la conexión de un proyecto independiente a la subestación existente. Por último, se observa la posibilidad de mantener equipos de repuesto tales cómo: transformadores, en las área ya evaluadas y descritas en la correspondientes a la Etapa 1, considerando obviamente todas las precauciones requeridas y comprometidas, tales como estanque antiderrame, implementos y procedimientos para el manejo de residuos.
Ruta 5 norte Km 1104.9 (poniente)