Modificaciones del Proyecto Central Hidroeléctrica Allipén
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región La Araucanía.
Antecedentes Generales
Evaluar y confirmar que las modificaciones del proyecto Central Hidroeléctrica Allipén, (2,67 MW) no requieren ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA)
Modificación 1: El aumento en la generación de energía eléctrica por parte de la central Hidroeléctrica Allipén, en relación a lo aprobado por la RCA N°31/2011, de 11,882.61 MWh a 23,453.28 MWh, se produce por la disposición de caudales de agua adicionales que al momento de presentar el proyecto al SEIA para su evaluación no fueron considerados. Los caudales adicionales corresponden a: a) Aguas adicionales que los regantes en forma privativa y libremente disponen para el uso de Hidroeléctrica entre los meses de noviembre y abril, especialmente al inicio y final de la temporada de riego, donde la demanda de agua para riego es menor, y por ende, los regantes la disponen para el uso de la Hidroeléctrica. Este acuerdo quedó estipulado en el Contrato de Uso de Aguas entre la Asociación de Canalistas del Canal Allipén e Hidroeléctrica Allipén S.A., contrato suscrito el año 2011, en fecha posterior a la obtención de la RCA del proyecto. b) Al uso de parte del Derecho de Aprovechamiento de Aguas No Consuntivo que Hidroeléctrica Allipén adquirió el año 2013, fecha posterior a la evaluación ambiental del proyecto, derecho inscrito en el 2do Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas 16 N°15 del año 2013 y posteriormente reducido en su caudal según consta en la inscripción a fojas 178 N°158 del año 2019 del mismo Conservador, y cuyo uso fue reconocido por la Dirección General de Aguas en la Resolución DGA N°867 de fecha 29 de abril de 2019 en el proceso de solicitud de Reducción de Patente por No Uso que se le cobra a Hidroeléctrica Allipén, caudales que permiten a la Hidroeléctrica generar durante todo el año y como consecuencia tener un mejor rendimiento de generación media anual. Modificación 2: Esta corresponde a la habilitación de un sistema particular de agua potable y dos sistemas de tratamiento de aguas servidas para sala de máquinas y oficina, los que no fueron considerados en la evaluación y aprobación del proyecto a través de la RCA N°31/2011. Estos sistemas corresponden a: -Sistema de extracción de agua desde pozo y su distribución; y -Un baño en la casa de operarios y un baño en la sala de máquinas, junto con sus sistemas de tratamiento, correspondiente a fosas sépticas y pozos de absorción.
La actividad se localiza en la Región de La Araucanía, en la provincia de Cautín, comuna de Cunco, específicamente, entre la ribera norte del río Allipén y el Canal de Regadío de la Asociación de Canalistas del Canal Allipén.