proyecto de Diseño de Construcción de Servicio Sanitario Rural Las Cabras, Comuna de Coihueco
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Ñuble.
Antecedentes Generales
El proyecto consiste en el uso de un Sondaje existente en recinto del SSR, el cual tiene 120m de profundidad y posee un caudal de gasto constante de 25 l/s. Se proyecta una Planta de Agua Potable en el recinto del sondaje, que tendrá un comodato a nombre del Comité, en este terreno se construirá la habilitación del sondaje, caseta de tratamiento, generador y un nuevo estanque de hormigón armado del tipo semienterrado con un volumen de 500m3, desde este estanque se dará servicio al sector med
Junto con saludar, me permito informar que nuestra Consultora “AGUAS NUEVAS S.A.” se encuentra desarrollando el " Diseño Construcción SSR Las Cabras, Comuna de Coihueco”, por mandato del Gobierno Regional y la Dirección de Obras Hidráulicas (Región de Ñuble), a través de su Unidad Técnica ESSBIO S.A. El proyecto consiste en el uso de un Sondaje existente en recinto del SSR, el cual tiene 120m de profundidad y posee un caudal de gasto constante de 25 l/s. Se proyecta una Planta de Agua Potable en el recinto del sondaje, que tendrá un comodato a nombre del Comité, en este terreno se construirá la habilitación del sondaje, caseta de tratamiento, generador y un nuevo estanque de hormigón armado del tipo semienterrado con un volumen de 500m3, desde este estanque se dará servicio al sector mediante un sistema de presurización instalado en el mismo recinto; se consideran un total de 45,86 km de redes de distribución. Este proyecto favorecerá a una cantidad de 3.434 personas al presente año, cuya proyección a 20 años de vida útil del proyecto entrega una cantidad de 5.415 personas beneficiadas. Dado que el proyecto descrito anteriormente consiste en el diseño de una red de agua potable el cual se enmarca en la letra o) del artículo 10 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, cuyo texto señala Artículo 10: Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental son los siguientes: o) Proyectos de Saneamiento Ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de aguas o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos. Así como lo indicado en el Decreto Nº9S/2001, que modifica el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y que en su letra o.3 señala: o.3 Sistemas de agua potable que comprendan obras que capten y conduzcan agua, desde el lugar de captación hasta su entrega en el inmueble del usuario, considerando los procesos intermedios, y que atiendan a una población igual o mayor a diez mil (10.000) habitantes; p) Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualquier otra área colocada bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita. Solicito a usted, dado que el proyecto no cumple con los requisitos establecidos en la letra o) y p), ratificar que no requiere someterse al SEA de proyectos, ya que su actividad, dada la envergadura que presenta, no afecta el medio ambiente.
Las Cabras, Comuna de Coihueco