Alternativa de uso del agua proveniente de la actividad industrial
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Antofagasta.
Antecedentes Generales
Mejorar la gestión del recurso hídrico generado por el proyecto, hoy considerado un residuo, revalorizándolo como insumo para terceros que realicen actividades u obras en cumplimiento de la normativa legal vigente.
El agua proveniente de la actividad industrial del proyecto “Planta Solar Cerro Dominador” cuya Calificación Ambiental es la RCA N° 231, de fecha 22 de abril de 2014, corresponde a efluentes provenientes de la planta de osmosis y la purga de la torre de enfriamiento, los que actualmente son conducidos hacia balsas de evaporación, como fue indicado en la evaluación ambiental. Un análisis de la calidad de estas aguas se adjunta en Anexo 2. La modificación que se presenta consiste en adicionar la alternativa de entregar el agua a un tercero para los fines que estime conveniente, mientras estos se encuentren en cumplimiento de la normativa legal vigente y en la medida que la calidad del agua le sea útil, de esta manera se aprovecha la disponibilidad del recurso hídrico, revalorizándolo al pasar de ser considerado un residuo a un insumo. Es un hecho conocido en el sector que el proyecto considera el almacenamiento de agua en las balsas de evaporación, la cual resulta ser un insumo preciado para empresas mineras y de construcción de caminos en especial por las propiedades químicas de cloruros y sulfatos. En esta ocasión se considera la posibilidad de entregar el agua a la empresa Salva-21 para el uso en la faena minera denominada Planta ex Callejas Zamora, recientemente adquirida por la empresa Salva-21 SpA., ubicada en la comuna de Sierra Gorda, a aproximadamente 15 km al noroeste de la localidad de Sierra Gorda, y a la empresa Desert Room para su utilización en el proyecto de Ruta del Loa, especialmente para la construcción de terraplenes en el Sector Acceso Sur a Sierra Gorda (km 35 al 45). Actualmente, la empresa Salva-21 obtiene el agua para sus procesos mineros desde fuentes autorizadas en las ciudades de Calama y Antofagasta; por su parte la empresa Desert Room provee de agua a las faenas del Sector Acceso Sur a Sierra Gorda (km 35 al 45) del proyecto de Ruta del Loa, desde la PTAS Tratacal de Calama, ubicada a una distancia aproximada de 65 km de la obra. El traslado del agua desde las balsas de evaporación hasta cada cliente estará a cargo de cada empresa interesada, con un máximo de 4 retiros por día. El Titular del proyecto mantendrá un registro que contendrá al menos la siguiente información sobre la empresa que retira: nombre de la empresa responsable del retiro, nombre del conductor, patente del vehículo, hora y fecha.
La presente modificación no altera el lugar de ejecución del proyecto evaluado ambientalmente. El agua se extraerá desde las balsas de evaporación existentes, al interior del mismo terreno evaluado ambientalmente, esto es en la comuna de Maria Elena, provincia de Tocopilla, Región de Antofagasta. La materialización de la modificación no considera programas o actividades en áreas colocadas bajo protección oficial, en los términos que indica el artículo 3° letra p) del Reglamento del SEIA y el oficio Ord. N° 130844113, de 22 de mayo de 2013.