PLANTA PILOTO DE COMPOSTAJE DE RESIDUOS SOLIDOS ORGANICOS RELLENO SANITARIO SANTA MARTA
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana.
Antecedentes Generales
El Proyecto objeto de esta Consulta de Pertinencia (CdP), se denomina “Planta Piloto de Compostaje de Residuos Orgánicos”, en adelante Planta Piloto o el Proyecto, y tiene como finalidad implementar una planta piloto para el tratamiento de residuos orgánicos mediante un proceso de digestión aeróbica en un sector acotado que se ubicará sobre el área de disposición final de residuos del Relleno Sanitario Santa Marta (RSSM).
El lugar donde se proyecta la instalación de esta planta piloto de compostaje fue calificado ambientalmente favorable a través de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°433 de fecha 03 de agosto de 2001 y su modificación (RCA N°076/2012). Respecto de las partes y acciones que no han sido calificadas ambientalmente, es pertinente señalar que la Zona 1, Zona 2 y Zona 3 que se proyecta instalar para la operación de una planta piloto de compostaje que se detallan en esta CdP, no constituyen un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del Reglamento del SEIA. Por ello, todas sus partes, obras y acciones han sido calificadas ambientalmente y el presente criterio no le es aplicable. Para mayor detalle, es pertinente señalar que las modificaciones que se plantean a través de esta CdP no consideran la construcción de obras físicas, partes o acciones que constituyan cambios de consideración del proyecto y no ameritan que éste sea evaluado a través del SEIA. Para mayor detalle, el Proyecto consta de tres zonas, la primera de ellas (Zona 1), corresponderá al lugar donde se efectuará la recepción de residuos orgánicos, en una cantidad no superior a 29 ton/día. En este mismo lugar se realizará el acondicionamiento mecánico de los residuos y su respectivo triturado para la conformación de pilas de compost. Sobre los impactos ambientales que pudieran ocasionarse por esta acción, cabe señalar que de acuerdo con lo indicado en la modelación de olores que se acompaña a esta presentación, la actividad de planta piloto de compostaje no generará emisiones significativas de olores y por lo tanto, sus obras asociadas no generarán impactos ambientales que impliquen su tramitación a través del SEIA. Respecto de la Zona 2, corresponderá al lugar donde se efectuará la preparación y armado de las pilas para la formación de compost, y será el lugar donde se formará el compost propiamente tal. Al igual que en la Zona 1, de acuerdo con la modelación de emisiones de olores que se adjunta a esta presentación, no se generarán impactos ambientales significativos que ameriten de su evaluación a través del SEIA. Finalmente, la Zona 3, corresponderá al sector donde se realizará el cernido y ensacado del material previamente digerido y tratado, y no se proyecta que en dicho sector se generen emisiones de olores significativas.
Relleno Sanitario Santa Marta.