REEMPLAZO DE CALDERA A CARBONCILLO POR CALDERA GLP EN PLANTA SKRETTING PARGUA
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Lagos.
Antecedentes Generales
El proyecto busca reemplazar la caldera existente de combustible carbón bituminoso, por una caldera de combustible mixto (GLP o Diésel), para la generación de vapor en Planta Skretting. No se modifica la potencia de calderas, la que se mantiene en 12.000 kg/h de vapor.
Se considera el reemplazo de la caldera de vapor existente, marca Vapor Industrial, modelo Escocesa VISA 2-37, de combustible carbón bituminoso, por una caldera marca Bosch UL-S de combustible GLP, con sus respectivos quemadores. La caldera por instalar es del tipo pirotubular, que presenta un intercambiador térmico que asegura la rápida transformación del calor generado por la combustión del GLP en vapor rápidamente. El proyecto requiere de instalar una losa de hormigón de 17 x 12 mt (204 m2) y cierre perimetral para la instalación de tres estanques de superficie para el almacenamiento de 90 m3 de GLP (3 x 30 m3), y los vaporizadores respectivos (5) de 2.760 Mcal/h cada uno, para el abastecimiento de gas a la caldera que serán instalada en reemplazo de la caldera de vapor existentes. También se habilita una losa de hormigón de 3,2 x 3,2 mt (10,24 m2) con pretil de contención, para la instalación de un estanque de 15 m3 para el almacenamiento de Diesel y un estanque de 2 m3 (Gravitank) como suministro a la caldera de generación de vapor. El estanque Gravitank es un estanque de HDPE de alta resistencia química y estructural instalado al interior de una piscina de contención de 110% de volumen de estanque de suministro. Los estanques serán instalados en una superficie disponible al interior del predio intervenido por Planta Skretting, a unos <200 metros del emplazamiento de la caldera de vapor. NOTA: Existe pertinencia resuelta por ORD 940/04 CONAMA que señala que el cambio de la caldera a petróleo indicada en las evaluación ambiental de la RCA 159/00 PROYECTO BALLENA, por una caldera a carbón bituminoso, indicándose que: “Las modificaciones solicitada al proyecto no significan cambios de consideración, no requiriendo ser modificada la Resolución de Calificación Ambiental N° 159 del 27 de abril de 2000 que aceptó el estudio de impacto Ambiental de la actividad anteriormente mencionada”. Esta no está disponible en el listado de búsqueda de pertinencias (2010-2015).
No habrá cambios al actual proyecto en ejecución. Los equipos se instalan al interior del predio no afectando la superficie ya intervenida por la Planta, en un punto identificado con la coordenada UTM (m) 5.372.810 Norte y 629.038 Este (Datum WGS84 H18).