Futuras edificaciones que forman parte de proyecto aprobado en el SEIA
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana.
Antecedentes Generales
Consulta de Pertinencia para confirmar que futuras edificaciones aprobadas por RCA522/99 no requieren ser sometidas al SEIA.
Al solicitar la aprobación de loteo para una parte del predio donde se emplaza el Proyecto "Pan de Azúcar" aprobado por la RCA522/99 (en específico, Loteo El Pedregal), la DOM de Colina emitió la respectiva Resolución de Aprobación de Loteo, la cual indicó, en lo que importa a la presente, lo siguiente: “Será requisito para la aprobación de recepción definitiva de las futuras edificaciones, contar con pronunciamiento del SEIA, debido a que su proyecto en particular requiere DIA, al provenir de un terreno superior a 7 Ha”. Sin embargo, el referido Loteo y proyecto en particular a que se refiere la DOM se encuentra ubicado dentro del área en la que se desarrolla el Proyecto aprobado por la RCA522, formando además parte de las obras y acciones aprobadas por esta RCA. En consecuencia, las futuras edificaciones que se realicen en sus lotes se encuentran ya sujetas a la DIA tramitada y aprobada favorablemente. La DOM, aun estando en conocimiento de esta situación, igualmente estableció la mencionada nota número 4 de la resolución de aprobación de loteo, en tanto era necesario obtener un pronunciamiento del SEA. Como consecuencia de lo expuesto, se requiere un pronunciamiento en el sentido que ratifique que las aprobaciones de las diversas recepciones definitivas de las futuras edificaciones que se ejecuten no están condicionadas a la aprobación de una nueva Declaración de Impacto Ambiental, atendido que dichas viviendas o futuras edificaciones se encuentran en el marco de la DIA ya aprobada mediante Resolución Exenta N°522/99 de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región Metropolitana, cuyo proyecto se encuentra en ejecución. En este sentido, como se ha indicado, la presente consulta de pertinencia se refiere a la ejecución de una etapa de un proyecto en ejecución que ya fue evaluado ambientalmente, y que en consecuencia, no deben someterse obligatoriamente al SEIA, puesto que sus efectos ambientales ya fueron evaluados, y lo que se pretende seguir ejecutando ahora es aquello que ya fue evaluado por dicha resolución. En tal sentido, la presente consulta de pertinencia no se refiere a un proyecto nuevo ni a cambio alguno al Proyecto aprobado por la RCA522, sino que a cumplir con el requerimiento indicado por la DOM. De este modo, en particular, la presente consulta de pertinencia consiste en solicitar la confirmación de que las futuras edificaciones, en la medida que se enmarquen en lo aprobado en la RCA522, no tienen la obligación de evaluarse ambientalmente; ello, por cuanto ellas forman parte del Proyecto “Pan de Azúcar”, al amparo de la RCA522, el cual ya cuenta con calificación ambiental favorable.
La situación planteada se ubica al interior del Proyecto “Pan de Azúcar”, comuna de Colina, Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana de Santiago.