Consulta de pertinencia RCA 745_2012_Astilleros
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Lagos.
Antecedentes Generales
Se envía consulta pertinencia por modificación sistema de ensilaje
Descripción modificación propuesta A continuación, se describe el numeral y los alcances que modifican en un menor grado la RCA del proyecto: Numeral de la RCA: Considerando 3: Bodega de ensilaje de mortalidad “El centro contará con un sistema de ensilaje de mortalidad ubicado en una bodega flotante, independiente de las demás instalaciones del centro. El sistema de ensilaje estará compuesto por un estanque triturador de 700 L, una bomba de trituración, un dosificador de ácido, estanque IBC con pretil de contención, piping, bomba de recirculación, silo de 21 m3 (ubicado al interior de los compartimientos estancos del artefacto naval) y generador eléctrico. En caso de contingencia se utilizará una plataforma flotante de mortalidad de 8x15 m. y 15 toneladas de capacidad, provisto de un sistema de trincas instalados y bitas de amarre para estibar de forma segura los bins” La modificación en consulta corresponde a la necesidad de dar continuidad a la operación de extracción y tratamiento de mortalidad cuando la situación lo requiera, mantenido las buenas prácticas de manejo de mortalidad exigidas por la autoridad, a través de un sistema de apoyo al actual sistema de ensilaje que es de 27 ton/día, donde 15,6 ton/día (Anexo 7 de la Declaración de Impacto Ambiental respectiva) fueron evaluados y aprobados en las RCA N°745/2012 y 11,4 ton/día restantes fueron resueltos en la Res. Exenta N°202110101128/2021 como no ingreso obligatorio al SEIA. Por ende, este sistema de apoyo, que se encontrará instalado sobre una barcaza en el centro de cultivo (se adjunta ficha referencial del ensilaje en Anexo II), podrá operar de forma paralela o de forma individual, teniendo en consideración que, en el caso de funcionar de forma paralela o individual, no se sobrepasará la capacidad de 27 toneladas/día. Para acreditar lo antes mencionado se presenta en Anexo III, un certificado del proveedor donde se acredita la capacidad máxima de extracción de la mortalidad, siendo ésta el factor limitante del proceso, con una capacidad de retiro máxima de 25 ton/día, la que no se verá modificada por esta consulta de pertinencia. Al respecto, se declara que la modificación en consulta de pertinencia no se encuentra en ejecución, los archivos que se presentan como Anexo II y III, corresponden a los certificados que acreditan las capacidades de extracción, desnaturalización y almacenamiento en la operación actual del CES Astilleros. Esta acreditación da respuesta a lo indicado en el artículo 4° A del Decreto 320/2001, Subsecretaría de Pesca, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Región de Los Lagos, Sector Sur Estero Quintupeu, comuna de Hualaihué, provincia de Palena