Ejecución de las obras marítimas autorizadas por Decreto Supremo.
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Lagos.
Antecedentes Generales
El objeto de la concesión marítima, en los sectores otorgados, es amparar la instalación de un salmoducto, una cañería de descarga de agua de mar, una cañería aductora de agua de mar, 2 boyas de amarres para naves de hasta 1.000 TRG, y una plataforma flotante para la bomba aductora de agua de mar, que permita abastecer de agua de mar a la piscicultura de TRUSAL S.A., existente en terreno particular.
El objeto de la concesión marítima, en los sectores otorgados, es amparar la instalación de un salmoducto, una cañería de descarga de agua de mar, una cañería aductora de agua de mar, 2 boyas de amarres para naves de hasta 1.000 TRG (Toneladas de Registro Grueso), y una plataforma flotante para la bomba aductora de agua de mar, que permita abastecer de agua de mar a la piscicultura de TRUSAL S.A., existente en terreno particular. Cabe tener presente que, según documentación que se acompaña, las obras marítimas se encuentran autorizadas por Decreto Supremo N° 80 del 14 de marzo de 2024, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que le otorgó a mi representada concesión marítima menor.
Comuna de Puerto Varas, Sector de La Tablilla, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos.