Modificación del proyecto "Parque Solar Esmeralda II" - Bodega RESPEL
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Ñuble.
Antecedentes Generales
El objetivo de este documento es confirmar con el SEA que, dada las características de la modificación planteada al Proyecto, ésta no constituye un cambio de consideración sobre el mismo, de acuerdo a lo indicado en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA. Se actualiza la superficie de la bodega de RESPEL, la cual fue omitida en la última consulta de pertinencia
1. Reducción de la duración total de la fase de construcción de 12 meses a 6 meses. 2. Solo se hará uso de baños químicos para esta fase, descartando el requerimiento de una fosa séptica en fase de construcción. Mientras, para la fase de operación se mantiene el uso de una fosa séptica. Cabe señalar que las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos en los frentes de trabajo y las instalaciones de faena serán retiradas periódicamente por una empresa especializada la cual estará debidamente autorizada para estas labores por la Autoridad Sanitaria. Mientras que para la fase de operación se proyecta una fosa séptica la cual estará debidamente autorizada para estas labores por la Autoridad Sanitaria. 3. Los residuos peligrosos serán almacenados en una bodega con una superficie de 2,5 m2, por un periodo no superior a 6 meses, posterior a este periodo estos serán retirados y transportados por una empresa autorizada, y trasladados hasta un centro de eliminación de residuos peligrosos autorizados por la autoridad sanitaria, dándose cumplimiento a lo establecido en D.S. N°148/04 del Ministerio de Salud
La modificación se realizará en el mismo predio aprobado, es decir, se implementará en el Proyecto a ejecutar en un predio ubicado en la Comuna de Yungay, Provincia de Diguillín, Región del Ñuble