Modificación de proyecto RCA N°92/2020 cambio ubicación de la IFF Hacienda las Quemas
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Lagos.
Antecedentes Generales
La presente consulta de pertinencia evalúa modificaciones al proyecto de ampliación aprobado mediante RCA N°92/2020, al considerar una reubicación de la IFF con todas sus partes a excepción de las bodegas de almacenamiento de sustancias peligrosas, de residuos peligrosos y patio de acopio de residuos no peligrosos, manteniendo las mismas características técnicas, funciones y equipamiento, con el objetivo de disminuir el tiempo de desplazamiento de los trabajadores dentro de la obra
Fase de construcción: El proyecto aprobado cuenta con instalación de faena según las condiciones indicadas en el D.S.594/1999 del MINSAL, que aprueba el Reglamento de Condiciones Básicas Sanitarias y Ambientales en lugares de trabajo. Se contemplan las actividades de traslado de las obras de la instalación de faenas mediante el uso de un camión pluma, un camión rampa para contenedores y una retroexcavadora al interior del área de emplazamiento del proyecto. El proyecto cuenta con certificado de factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado otorgado por la empresa ESSAL S.A., y factibilidad eléctrica otorgada por la empresa SAESA S.A. según lo presentado en la RCA N°92/2020. Por otra parte, las sustancias peligrosas, residuos sólidos no peligrosos y RESPEL no suponen alteraciones en la cantidad, ni en la ubicación ya evaluadas y calificadas en RCA N°92/2020. El proyecto contempla utilizar la misma cantidad de mano de obra para la sub-fases del proyecto de la RCA N°92/2020. Fase de operación: El proyecto no introduce modificaciones en la fase de operación, ya que se mantienen las mismas actividades descritas y aprobadas en la RCA N°92/2020. Las obras descritas en la presente Consulta de Pertinencia no modificarán de manera alguna la fase de operación del proyecto. Fase de cierre: El proyecto en sí mismo y su concepción no contempla fase de cierre, ya que, por sus características asociadas a un proyecto inmobiliario, consta de una vida útil indefinida. Para el caso de la IF, se considera el desmantelamiento de esta una vez terminada la fase de construcción. Al respecto, el Titular velará por mantener las condiciones iniciales del terreno.
La modificación propuesta será en la Comuna de Osorno, Región de los Lagos