Intervención canal artificial acceso playa grande Huasco
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Atacama.
Antecedentes Generales
Identificar si es necesario alguna nueva autorización para intervenir un canal artificial próximo a un humedal urbano.
El canal artificial ubicado en el ingreso a playa grande de la comuna de Huasco, cuenta con 3 obras permanente de atraviesos, 2 peatonales y una vehicular, que permiten que una parte de las aguas provenientes de las vegas del humedal desemboquen en el mar. Dicho canal fue embancado producto de las marejadas de diciembre del 2024 y hasta la fecha no se ha podido restaurar el canal por falta de autorizaciones. El plan de trabajo adjunto, describe en el punto C.2 problemática y justificación y en el punto D. plan de trabajo que consiste en: Limpieza del lecho del canal en toda su extensión aproximadamente 100 metros lineales, con una profundidad de 1 metro para retirar arena y piedras con el apoyo de maquinaria pesada, retroexcavadora. El material será trasladado a 50 metros en el sector de playa frente a casetas de salvavidas. Dicho canal se encuentra fuera del polígono identificado como área de resguardo para humedal urbano, no corresponde a la desembocadura principal del rio Huasco, ya que el agua proveniente de dicho canal refleja según la Junta de vigilancia del rio Huasco, desagüe de las vegas de humedal. La intervención del canal solo corresponde a la limpieza del lecho, no se establece necesidad de aumentar el ancho del canal, ni modificar su dirección. El objetivo refiere exclusivamente a encausar las aguas del desagüe de la vegas por el lugar previamente establecido antes de las marejadas. Se adjuntan los siguientes documentos: 1. Carta informática Huasco, primera carta a la DGA que informa situación marejadas y solicita autorización para limpieza del canal. 2. ORD 41, respuesta DGA que indica administración de la junta de vigilancia y a quien corresponde hacer la solicitud. 3. ORD 37, que informa solicitud de municipalidad para autorización en consideración a carta de junta vigilancia. 4. Carta comunidad de agua, indica no tener la administración de ese canal. 5. ORD 553, respuesta DGA que indica falta de jurisdicción por encontrarse en zona de playa 6. ORD 28, solicitud de municipio a la armada para autorización 7. ORD 12000/747, respuesta de armada indica que el sector se encuentra en una área de influencia del humedal urbano, y se requiere pronunciamiento de la seremi de medio ambiente. 8. ORD 02279, de la seremi de medio ambiente que estable proceso de declaratoria de humedal urbano 9. Folio N0924, con coordenadas y rectificación de limites del polígono de área protegida. 10. HU Desembocadura, kmz con delimitación de polígono de humedal urbano según folio 924
Acceso playa grande, canal artificial comuna de Huasco Zona 19J 283212.66 m E 6849608.02 m S