Modificación sistema ensilaje Piscicultura Ignao
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Los Ríos.
Antecedentes Generales
El objetivo del proyecto es reemplazar el actual sistema de ensilaje en la piscicultura Ignao por uno nuevo, que se mantenga operando como equipo principal y permanente para el tratamiento de la mortalidad generada durante el proceso productivo de la piscicultura.
La modificación que se pretende realizar al proyecto evaluado favorable a través de la RCA N°43/2012, dice relación con la incorporación de un nuevo sistema de ensilaje que opere como equipo principal y de forma permanente para el tratamiento de la mortalidad generada en la piscicultura. Este reemplazaría al actual sistema de ensilaje, modificando específicamente: - Capacidad del estanque de trituración: de 0,77 a 1 m3 - Capacidad del estanque de acopio: de 5 a 20 m3 - Capacidad de contención del sistema de ensilaje: de 6 a 22 m3 - Superficie del área de ensilaje: de 12 a 30 m2 El nuevo sistema de ensilaje, corresponde a un equipo compuesto principalmente, por: - 1 Tanque triturador de acero inoxidable de 1 m3 - 1 Estanque de plástico de acopio vertical de 20 m3 - Bomba trituradora (capacidad de procesar 1.200 kg/hr) (Anexo 1) - Bomba recirculación y carga de camión - Sistema dosificación automática de químico - Piping en HDPE para permitir la molienda, recirculación y descarga del ensilado - Tablero de control - Pretil con un volumen de contención máximo de 22 m3 - Superficie de 30 m2 Este equipo estará ubicado en el mismo lugar donde se encuentra el actual sistema de ensilaje aprobado originalmente en la RCA N°42/2012, y estará protegido dentro de una estructura techada. Este proceso de ensilaje de mortalidad, generará un residuo sólido no peligroso, correspondiente a la mortalidad ensilada, la que se mantendrá con un pH menor a 4, cumpliendo la normativa de tratamiento de residuos orgánicos establecida por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) en su Res. Ex. N°4866/2014 y sus modificaciones. La cantidad de mortalidad ensilada al año corresponderá a la misma que ha sido aprobada en el proyecto original de la RCA N°43/2012 y modificada posteriormente según indica la respuesta a la consulta de pertinencia en la Carta N°220/2012, es decir, un máximo de 59,22 m3/año; esto significa que no se generarán ni se tratará diariamente más de 30 toneladas de mortalidad. El ensilaje tratado se acopiará temporalmente en un estanque hermético con capacidad total de 20 m3, cuyo llenado será solamente hasta el 80% de su máxima capacidad, es decir, se podrá almacenar hasta 16 m3 en dicho estanque. Debido a que este ensilaje se mantendrá recirculado y con un pH controlado menor a 4, será un residuo libre de malos olores, lo que sumado a su retiro frecuente hacia un lugar de disposición autorizado en plantas reductoras de harina y aceite, en transportes también debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria, permitirá mantener limpias las áreas de trabajo. Se destaca que las cantidades de residuos generados de ensilaje de mortalidad, quedarán registradas y serán declaradas regularmente en la plataforma del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) del Ministerio del Medio Ambiente (MMA). La operación del sistema de ensilaje generará como residuos no peligrosos, solamente la mortalidad ensilada y agua del lavado de los equipos, donde no se utilizarán productos químicos; y como residuos peligrosos solo se generarán los envases vacíos de ácido fórmico, los que se manejarán exclusivamente en la bodega de residuos peligrosos una vez que estén vacíos, y en la bodega de químicos previo a su utilización. Cabe mencionar, además, que para el nuevo sistema de ensilaje se gestionará la autorización sectorial respectiva (autorización sanitaria), la que estará disponible en la piscicultura en caso que sea requerida por la Autoridad. Cabe destacar que para la modificación consultada, por la incorporación de un nuevo sistema de ensilaje que opere como sistema para el tratamiento de la mortalidad, no cambia ninguno de los aspectos productivos de la piscicultura, en relación a la biomasa máxima de 175 ton/año, ni respecto al caudal del RIL efluente máximo de 900 l/s.
Ribera norte del río Ignao, al interior del Fundo Huacamalal de la localidad de Ignao, comuna de Lago Ranco, Provincia del Ranco, XIV Región de Los Ríos.