Modificación de trazado LTE Angol - Epuleufu
Consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Resuelta ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Interregional.
Antecedentes Generales
La presente Consulta de Pertinencia tiene por objeto someter al análisis del Servicio de Evaluación Ambiental una modificación al Proyecto Original, que dice relación con el cambio de trazado para la Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) en 66 kV entre la nueva subestación Epuleufu y la subestación existente Angol, principalmente en tres tramos.
Las actividades generales asociadas a la modificación que en esta Consulta de Pertinencia se propone, respecto al Proyecto Original y en específico, a su fase de Construcción, no difieren de lo ya aprobado ambientalmente, las cuales son: 1) Instalación de Faenas temporales. 2) Habilitación del terreno. 3) Construcción de la Subestación Eléctrica Epuleufu. 4) Construcción Seccionamiento Línea 220 kV Santa Fé-Celulosa Pacífico y Seccionamiento Línea 66 kV Los Ángeles-Angol. 5) Construcción Línea de Transmisión Angol-Epuleufu (postes Línea 1x66 kV Angol-Epuleufu). 6) Pruebas y puesta en servicio. 7) Desmantelamiento de Obras Temporales. Las actividades asociadas a la modificación que en esta Consulta de Pertinencia se propone, respecto al Proyecto Original y en específico, a su fase de operación, no difieren de lo ya aprobado ambientalmente en la RCA N°20233300144, las cuales son: 1) Transmisión de energía y operación de la SE, seccionamientos y LTE 2) Mantenimiento preventivo básico 3) Mantenimiento correctivo básico 4) Mantenimiento contra falla 5) Mantenimiento del roce de la faja de seguridad del seccionamiento En resumen, es importante mencionar que no se modificarán las actividades a realizar durante la fase de operación del Proyecto Original, ya que la operación mantendrá su objetivo de transmisión de energía y los mantenimientos se deberán realizar según su planificación o según sean necesarios. Las actividades asociadas a la modificación que en esta Consulta de Pertinencia se propone, respecto al Proyecto Original y en específico, a su fase de cierre, no difieren de lo ya aprobado ambientalmente mediante RCA N°20233300144, las cuales son: 1) Habilitación de instalación de faenas 2) Corte de energía de las instalaciones Desconexión de líneas y equipos 3) Desmantelamiento de equipos y estructuras 4) Retiro de residuos hacia lugares autorizados 5) Retiro de instalación de faenas 6) Cierre de terreno y señalizaciones 7) Actividades, obras y acciones para restaurar componentes ambientales afectados (geoformas, morfología, vegetación, etc.) En resumen, es importante mencionar que no se modificarán las actividades a realizar durante la fase de cierre del Proyecto Original.
La modificación objeto de la presente consulta, se emplazará solo en las comunas de Renaico y Angol, ambas de la provincia de Malleco, Región de La Araucanía.