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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte final — PdC D-080-2021 · ASTILLERO ARTESANAL AMBROSIO AGUILAR G.

Expediente: D-080-2021 →
Fecha resolución: 18-08-2021
Fecha término: 03-12-2021
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Sin Reportes de Avance
Tipo PdC: Guía PdC Ruidos
Comuna / Región: Quellón — Región de Los Lagos

Acciones 6

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Barrera acústica: Consiste en una barrera con un material cuya densidad debe ser superior a los 10 kg/m2, la cual se debe instalar lo más cerca posible de la fuente para ser efectiva. El titular indicó que instalaría barreras acústicas móviles o biombos. Ésta deberá consistir en barreras acústicas móviles en forma de "U" (tres caras), con seccionales laterales de 2,4 metros y altura de la misma dimensión, construida con material OSB de 12 milímetros y lana mineral o lana de vidrio de 50 milímetros. Asimismo, el titular deberá instalar un cierre superior (techo) de la barrera con los mismos materiales señalados previamente. Se agrega que la orientación de la parte abierta de la barrera deberá encontrarse en dirección opuesta a los receptores sensibles, y su emplazamiento deberá realizarse lo más alejada posible de las viviendas vecinas. Finalmente, la cantidad de biombos acústicos deben corresponderse con la cantidad de herramientas que se utilizan simultáneamente en el funcionamiento de la unidad fiscalizable.
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La construcción de barreras acústicas se encuentran finalizada con la abertura orientada en dirección opuesta a los receptores sensibles, alejados de las viviendas y biombos acústicos como se establece el PdC aprobado en la RES. EX. N°2 /ROL D-080-2021, de fecha 18 de agosto de 2021.
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2
Barrera acústica: barrera acústica o cierre perimetral, con altura de 3 metros y de tres caras. La materialidad deberá contemplar, en su cara exterior, placas de madera OSB de 12 milímetros y en su cara interior lana mineral o lana de vidrio de 50 milímetros, con una estructura principal compuesta por pilares de acero galvanizado.
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La construcción de la barrera acústica que consiste en el cierre perimetral de la concesión marítima donde se encuentra emplazado el astillero, se encuentra finalizada, tanto la cara exterior como la interior y respectivos pilares.
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3
Barrera acústica: barrera acústica para el cierre del galpón principal, consistente en un acondicionamiento acústico de paredes, techos y puertas del actual galpón existente, en base a placas de OSB de 12 milímetros y lana de vidrio de 50 milímetros, protegidos por una malla galvanizada.
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Se realizó el acondicionamiento acústico de paredes, techos y puertas del actual galpón existente, en base a placas de OSB de 12 milímetros y lana de vidrio de 50 milímetros, protegidos por planchas de zinc
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4
Una vez ejecutadas todas las acciones de mitigación de ruido, se realizará una medición de ruido con el objetivo de acreditar el cumplimiento del D.S. N° 38/2011 del MMA. La medición de ruidos deberá realizarse por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA), debidamente autorizada por la Superintendencia, conforme a la metodología establecida en el D.S. N°38/2011 del MMA, desde el domicilio de los receptores sensibles de acuerdo a la formulación de cargos, en el mismo horario en que constó la infracción y mismas condiciones. En caso de no ser posible acceder a la ubicación de dichos receptores, la empresa ETFA realizará la medición en un punto equivalente a la ubicación del receptor, de acuerdo a los criterios establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA. En caso de no ajustarse a lo dispuesto a lo recién descrito la medición no será válida.
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Se solicitó ampliación de plazo para esta acción.
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5
Cargar en el SPDC el Programa de Cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente.
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Se realizó el ingreso de PdC aprobado por SMA en la web del sistema de reporte de Programas de Cumplimiento,
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6
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la SMA.
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No se puede realizar el ingreso del reporte final, ya que el titular se encuentra a la espera de la medición de ruido con una ETFA y a la espera de la solicitud de ampliación de plazos realizada en noviembre del 2021, ya que no hemos recibo respuesta.
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Reportes del PdC 1

Tipo de reporte: Final
Fecha de envío: 04-01-2022
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado Fuera de Plazo
04-01-2022
— actual

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-080-2021
08-03-2021
Terminado - Sanción
1 elementos seleccionados