Reporte de programa de cumplimiento
Reporte final — PdC D-013-2019 · TERRZA ZENMORI (EX PUB BALMORI)
Expediente: D-013-2019 →
Fecha resolución: 05-09-2019
Fecha término: 06-12-2019
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Sin Reportes de Avance
Tipo PdC: Guía PdC Ruidos
Unidad fiscalizable: TERRZA ZENMORI (EX PUB BALMORI)
Comuna / Región: Antofagasta — Región de Antofagasta
Acciones 11
N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
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1
Retiro de 6 parlantes de un Total de 12, y la redistribución 4 de ellos en el sector de la terraza.
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2
Construcción de Pantalla Acústica sobre Terraza Superior “A”
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3
Construcción de una pantalla acústica sobre Terraza Inferior “C”.
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4
Instalación de un sistema compresor de sonido. Destinado a reducir la ganancia del sistema, cuando la señal supere los límites establecidos.
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5
Capacitación de las jefaturas del establecimiento en cuanto a operación de los equipos de sonido e instrucción respectó al manejo de clientes.
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6
Elaboración e implementación de un instructivo relativo a la utilización del equipo compresor, los parlantes y la administración de los espacios del local, contemplando que usos como celebraciones, despedidas y otros, deberán ser realizados en espacios cubiertos del local.
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7
Elevación de los extractores de gases instalados: El primero desde una altura inicial de 5 metros a una altura actual de 8,5 metros. El segundo extractor de gases de una altura inicial de 5 metros a la de 6,5 metros.
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8
Instalación de manta acústica en uno de los 2 ductos de extracción instalados, en razón a que debido a la potencia del equipo nos es aconsejable instalarlo a mayor altura que la de 6.5 metros.
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9
Una vez ejecutadas todas las acciones comprometidas, se realizará una medición de ruido con el objetivo de acreditar el cumplimiento del D.S. 38/2011. Dicha medición deberá realizarse por una ETFA, debidamente acreditada por la Super Intendencia, conforme a la metodología establecida en el D.S. 38/2011, desde el domicilio de los receptores sensibles de acuerdo a la formulación de cargos, en el mismo horario en que consto la infracción. En caso de no ser posible, la empresa ETFA realizara la medición en un punto equivalente la ubicación del receptor. En caso de que existiera algún problema con la ETFA y esta no pudiera ejecutar dicha medición, se podrá realizar con alguna empresa acreditada ante el INN y/o autorizada por algún organismo de la administración del estado. Dicho impedimento será acreditado e informado a la super intendencia. Más aún, si para realizar la mencionada medición no es posible contar con una ETFA o alguna empresa acreditada INN y/o autorizada por algún organismo de la administración del estado, se realizará la medición por una empresa con experiencia en la realización de dicha actividad, circunstancia que será acreditada e informada a Super Intendencia.
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10
Cargar en el Sistema de Seguimiento de Programas de Cumplimiento (SPDC) el programa de cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente. Para dar cumplimiento a dicha carga, se solicitará la clave para acceder al sistema, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que apruebe el Programa de Cumplimiento, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la Superintendencia.
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11
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el Programa de Cumplimiento, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la Superintendencia.
Ver detalle →Se realizó un estudio de ruido con el fin de evaluar las medidas acústicas que permitan cumplir con los niveles de ruido establecidos en el DS 38/11 MMA. Este informe recomienda la reducción a la mitad el número de parlantes y su reorientación. Además se recomienda la construcción de pantallas acústicas sobre las dos terrazas del local. El programa de cumplimiento aprobado por la SMA ademàs de las medidas mencionadas, incluye la instalación de un compresor de audio y una capacitación en el uso del sistema de sonido del local. Ademàs se realizó una medición de ruido a cargo de una ETFA, resultados que se adjuntan. Los documentos ingresados prueban el cumplimiento oportuno de estas medidas acùsticas.
Ver detalle →Reportes del PdC 1
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
06-12-2019
— actual
Sancionatorios asociados 1
Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle