Reporte de programa de cumplimiento
Reporte final — PdC F-044-2023 · UNIFRUTTI TRADERS TENO
Expediente: F-044-2023 →
Fecha resolución: 01-10-2025
Fecha término: 01-02-2026
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Anual
Tipo PdC: Guía PdC Residuos Líquidos
Unidad fiscalizable: UNIFRUTTI TRADERS TENO
Comuna / Región: Teno — Región del Maule
Acciones 13
N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Cargar en el SPDC el Programa de Cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente. Para dar cumplimiento a dicha carga, se empleará la clave de acceso para operar en los sistemas digitales de la Superintendencia, si ya estuviere en posesión de ella, o –en caso contrario– se enviará a la Oficina de Transparencia y Participación Ciudadana un correo electrónico a la dirección [email protected] solicitando la asignación de la correspondiente clave, adjuntando el poder del representante legal e indicando el RUT del representante. Todo lo anterior, conforme lo establecido en la Res. Ex. Nº 166/2018 de la Superintendencia.
Ver detalle →En relación a los indicadores de cumplimiento y medios de verificación asociados a esta acción, por su naturaleza, no requiere un reporte o medio de verificación específico. Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que el PdC fue cargado en el SPDC dentro de los plazos establecidos por la SMA, el 15 de octubre de 2025.
Ver detalle →2
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 166/2018 de la SMA.
Ver detalle →Esta acción no requiere un reporte o medio de verificación específico, ya que, una vez ingresado el reporte final, se conservará el comprobante electrónico generado por el sistema digital del SPDC. Sin embargo, se hace presente que el Reporte Final del PdC será subido al SPDC dentro de los plazos establecidos por la SMA.
Ver detalle →3
No superar los límites máximos establecidos en la norma de emisión y Programa de Monitoreo correspondiente.
Ver detalle →A través de la presente acción, se presentan los comprobantes del reporte de autocontrol al Sistema de Seguimiento de Residuos Líquidos, correspondientes a los periodos de octubre, noviembre y diciembre de 2025, dando cumplimiento a los medios de verificación solicitados por la autoridad en la Res. Ex N°4/2025, que aprobó el presente Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →4
Elaborar y ejecutar un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establezca: ? Calendarización de los monitoreos y reportes ? Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho período. ? Listado de parámetros comprometidos. ? Frecuencia de monitoreo de cada parámetro. ? Metodología de muestreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta). ? Máximos permitidos para cada parámetro. ? Máximo permitido de caudal. ? Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos. ? Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de riles. Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de riles y reporte del Programa de Monitoreo.
Ver detalle →Tal como fuera solicitado por la resolución de la SMA que aprueba el PdC, en el el presente reporte final se acompaña una copia del Protocolo de Manejo de RILES, firmado por los representantes legales del establecimiento y el personal encargado de efectuar los reportes. Este Protocolo fue elaborado el día 8 de octubre de 2025, dando cumplimiento al plazo establecido por la SMA.
Ver detalle →5
Capacitar al personal encargado del manejo del sistema de riles y/o del reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento.
Ver detalle →A través del siguiente reporte final, se adjuntan los medios de verificación comprometidos por el PdC aprobado por la SMA a través de la Res. Ex. N°4/2025, consistentes en la capacitación al personal encargado del manejo del sistema de riles y/o del reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento. En específico, se acompañan: - Registros de capacitación realizadas el 01.03.2024 y el 18.02.2025, fechadas y firmadas por los asistentes. - Fotografías de la realización de las capacitaciones los días 01.03.2024 y 18.02.2025. - PPT de la capacitación realizada.
Ver detalle →6
Realizar una mantención de las instalaciones del Sistema de Riles del establecimiento, conforme se establece en el Protocolo comprometido. La mantención del Sistema de Riles comprende una serie de trabajos mecánicos, como la revisión de sellos, cambios de rodamientos, chequeo de niveles de agua, circuito de succión y descarga, verificación de hidropack, inspección visual de cañerías exteriores de agua, revisión de bombas y fugas de uniones, inspección de nivel de estanque, adición de hipoclorito de socio al 10% al estanque de cloración, lavado del tanque y retiro de sólidos. Además, se contemplan trabajos eléctricos, como control de consumo de corriente y circuitos y mantención motor filtro. La frecuencia de las mantenciones depende del tipo de trabajo y se detalla en el Programa de Actividades de mantención.
Ver detalle →A través del presente reporte final, se presentan todos los medios de verificación comprometidos para esta acción, en virtud de lo establecido por la Res. Ex. N°4/2025, que aprueba el PdC de la Planta Teno.
Ver detalle →7
Realizar un monitoreo mensual adicional de los parámetros superados indicados en la Formulación durante la vigencia del Programa de Cumplimiento, los cuales deberán ser reportados en la ventanilla única (RETC). Si durante la vigencia del Programa del Cumplimiento no se efectuen descargas, se solicitará a la Superintendencia una ampliación de plazo que permita realizar a lo menos tres monitoreos mensuales adicionales. Finamente, si el establecimiento ya no efectúa descargas y no se haya optado por la vía de acción de solicitar la revocación del Programa de Monitoreo, se deberá acreditar técnicamente dicha circunstancia y se reportará mensualmente “no descarga” en la ventanilla única (RETC). El parámetro que será objeto de muestreo adicional corresponde a DBO5.
Ver detalle →A través de la presente acción, se presentan los comprobantes del reporte de autocontrol al Sistema de Seguimiento de Residuos Líquidos, correspondientes a los periodos de octubre, noviembre y diciembre de 2025, así como también las facturas asociadas a estas mediciones, dando cumplimiento a los medios de verificación solicitados por la autoridad en la Res. Ex N°4/2025, que aprobó el presente Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →8
No superar el límite máximo permitido de caudal en el Programa de Monitoreo correspondiente.
Ver detalle →A través de la presente acción, se presentan los comprobantes del reporte de autocontrol al Sistema de Seguimiento de Residuos Líquidos, correspondientes a los periodos de octubre, noviembre y diciembre de 2025, dando cumplimiento a los medios de verificación solicitados por la autoridad en la Res. Ex N°4/2025, que aprobó el presente Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →9
Elaborar y ejecutar un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establezca: ? Calendarización de los monitoreos y reportes: ? Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho período. ? Listado de parámetros comprometidos. ? Frecuencia de monitoreo de cada parámetro. ? Metodología de muestreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta). ? Máximos permitidos para cada parámetro. ? Máximo permitido de caudal. ? Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos. ? Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de riles. Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de riles y reporte del Programa de Monitoreo.
Ver detalle →Tal como fuera solicitado por la resolución de la SMA que aprueba el PdC, en el presente reporte final se acompaña una copia del Protocolo de Manejo de RILES, firmado por los representantes legales del establecimiento y el personal encargado de efectuar los reportes. Este Protocolo fue elaborado el día 8 de octubre de 2025, dando cumplimiento al plazo establecido por la SMA.
Ver detalle →10
Capacitar al personal encargado del manejo del sistema de riles y/o del reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento
Ver detalle →A través del siguiente reporte final, se adjuntan los medios de verificación comprometidos por el PdC aprobado por la SMA a través de la Res. Ex. N°4/2025, consistentes en la capacitación al personal encargado del manejo del sistema de riles y/o del reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento. En específico, se acompañan: - Registros de capacitación realizadas el 01.03.2024 y el 18.02.2025, fechadas y firmadas por los asistentes. - Fotografías de la realización de las capacitaciones los días 01.03.2024 y 18.02.2025. - PPT de la capacitación realizada.
Ver detalle →11
Realizar una mantención de las instalaciones del Sistema de Riles del establecimiento, conforme se establece en el Protocolo comprometido. La mantención del Sistema de Riles comprende una serie de trabajos mecánicos, como la revisión de sellos, cambios de rodamientos, chequeo de niveles de agua, circuito de succión y descarga, verificación de hidropack, inspección visual de cañerías exteriores de agua, revisión de bombas y fugas de uniones, inspección de nivel de estanque, adición de hipoclorito de socio al 10% al estanque de cloración, lavado del tanque y retiro de sólidos. Además, se contemplan trabajos eléctricos, como control de consumo de corriente y circuitos y mantención motor filtro. La frecuencia de las mantenciones depende del tipo de trabajo y se detalla en el Programa de Actividades de mantención.
Ver detalle →A través de esta acción, se presentan todas las acciones de mantención realizadas al Sistema de RILES durante el periodo asociado al procedimiento sancionatorio, dando cumplimiento a los medios de verificación solicitados por la autoridad en la Res. Ex N°4/2025, que aprobó el presente Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →12
Aumentar la frecuencia de monitoreo de caudal durante el período de ejecución del Programa de Cumplimiento en 4 días adicionales a los 4 ya establecidos en la RPM por cada mes.
Ver detalle →A través de la presente acción, se presentan los comprobantes del reporte de autocontrol al Sistema de Seguimiento de Residuos Líquidos, correspondientes a los periodos de octubre, noviembre y diciembre de 2025, dando cumplimiento a los medios de verificación solicitados por la autoridad en la Res. Ex N°4/2025, que aprobó el presente Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →13
Reemplazo de la tubería de descarga de agua e instalación de un medidor de caudal en la descarga, para monitorear en forma diaria el caudal y llevar registro.
Ver detalle →A través del presente reporte final, se acompañan todos los medios de verificación comprometidos en el PdC Refundido, aprobado a través de la Res. Ex. N°4, respecto del reemplazo de la tubería de descarga de agua e instalación de un medidor de caudal en la descarga, lo que fue realizado entre el 4 de octubre de 2023 y el 2 de noviembre de 2023. Los medios de verificación son los siguientes: -Informe técnico del reemplazo de tubería y explicación de como la medida evita la superación permanente del caudal. -Fotografías del reemplazo de tubería e instalación del medidor de caudal. -Boletas, facturas y órdenes de compra relativos al cambio de sistema de tubería.
Ver detalle →Reportes del PdC 1
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado Fuera de Plazo
02-02-2026
— actual
Sancionatorios asociados 1
Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle