Reporte de programa de cumplimiento
Reporte final — PdC D-195-2023 · EDIFICIO MODO
Expediente: D-195-2023 →
Fecha resolución: 11-12-2023
Fecha término: 16-05-2024
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Sin Reportes de Avance
Tipo PdC: Guía PdC Ruidos
Unidad fiscalizable: EDIFICIO MODO
Comuna / Región: Las Condes — Región Metropolitana
Acciones 6
N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Instalación de pantallas acústicas en el piso donde se realizan cortes de fierro
Ver detalle →Se compro material para elaboración de panel rígido con densidad mínima de 10 kg/m2 de acuerdo a lo señalado en PdC, este panel permaneció durante toda la obra gruesa para que el personal que trabajaba en el banco de enfierradura pudiera cortar los fierros sin perjudicar a los vecinos con el ruido generado
Ver detalle →2
Instalación de paneles acústicos en sector Sur del primer piso al costado de la bomba de hormigón
Ver detalle →Tal como se menciona en PdC las medidas de cumplimiento fueron en paralelo mientras se presentaba el PDc y era aprobado
Ver detalle →3
Instalación de mantas acústicas para los trabajos de equipamiento al interior del edificio
Ver detalle →Se gestionó la mantas flex noise, pero no llegaron a obra por lo tanto se optó por cubrir las zonas de ventanas al norte y oriente mientas se realizaban trabajos, estas pantallas móviles identicas a las utilizadas en la zona de corte de fierro permitia tapar las zonas donde se debía instalar las ventanas
Ver detalle →4
Una vez ejecutadas todas las acciones de mitigación de ruido, se realizará una medición de ruido con el objetivo de acreditar el cumplimiento del D.S. N° 38/2011 del MMA. La medición de ruidos deberá realizarse por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA), debidamente autorizada por la Superintendencia, conforme a la metodología establecida en el D.S. N°38/2011 del MMA, desde el domicilio de los receptores sensibles de acuerdo a la formulación de cargos, en el mismo horario en que constó la infracción y mismas condiciones. En caso de no ser posible acceder a la ubicación de dichos receptores, la empresa ETFA realizará la medición en un punto equivalente a la ubicación del receptor, de acuerdo a los criterios establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA. En caso de no ajustarse a lo dispuesto a lo recién descrito la medición no será válida.
Ver detalle →Se contactó a una ETFA para realizar medición de ruido una vez implementadas las acciones de PdC
Ver detalle →5
Cargar en el SPDC el programa de cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente
Ver detalle →Progrma no pudo ser cargado enviando correo informativo
Ver detalle →6
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la SMA.
Ver detalle →Se realizaron las acciones detalladas en el PdC aprobado por esta entidad de manera inmediata, con el fin de mitigar los ruidos generados por la construcción de Edificio Modo, entendiendose que las molestias ocasionadas a los vecinos deben ser atendidos a la brevedad. Se utilizaron todos los medios para dar cumplimiento al PdC.
Ver detalle →Reportes del PdC 1
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado Fuera de Plazo
08-07-2025
— actual
Sancionatorios asociados 1
Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle