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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte final — PdC D-146-2023 · UNIMARC PORTUS - SAN FELIPE

Expediente: D-146-2023 →
Fecha resolución: 13-10-2023
Fecha término: 16-01-2024
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Sin Reportes de Avance
Tipo PdC: Guía PdC Ruidos
Unidad fiscalizable: UNIMARC PORTUS - SAN FELIPE
Comuna / Región: San Felipe — Región de Valparaíso

Acciones 7

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Recubrimiento con material de aislación acústica de la sala de condensadores del establecimiento, por una extensión de 80 metros de largo.
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De acuerdo a lo que consta en el expediente sacionatorio D-146-2023 la acción N°1 se encuentra ejecutada y los medios de verificación que lo acreditan fueron presentados con fecha 17-07-2023. A mayor abundamiento, la Resolución Exenta N°2 que aprueba el programa de cumplimiento en el procedimiento sancionatorio en encomento contempla que la acción N°1 se encuentra ejecutada.
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2
Retiro y reemplazo de las unidades condensadoras.
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De acuerdo a lo que consta en el expediente sacionatorio D-146-2023 la acción N°2 se encuentra ejecutada y los medios de verificación que lo acreditan fueron presentados con fecha 17-07-2023. A mayor abundamiento, la Resolución Exenta N°2 que aprueba el programa de cumplimiento en el procedimiento sancionatorio en encomento contempla que la acción N°2 se encuentra ejecutada.
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3
Instalación de un controlador de capacidad y variador de frecuencia para los ventiladores de las unidades condensadoras.
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De acuerdo a lo que consta en el expediente sacionatorio D-146-2023 la acción N°3 se encuentra ejecutada y los medios de verificación que lo acreditan fueron presentados con fecha 17-07-2023. A mayor abundamiento, la Resolución Exenta N°2 que aprueba el programa de cumplimiento en el procedimiento sancionatorio en encomento contempla que la acción N°3 se encuentra ejecutada.
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4
Instalación de un silenciador tipo splitter en los extractores de aire de la azotea del establecimiento
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Se realizaron las instalaciones del silenciador tipo Splitter en las 4 salidas de aire ubicadas en la azotea del supermercado. Los silenciadores tipo Splitter consisten en celdas de acero galvanizado con material acustico absorbente en su interior y su instalación permite atenuar los niveles de ruido existentes de acuerdo a los resultados obtenidos en el informe de medición que se acompaña en el reporte de la acción N°5.
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5
Una vez ejecutadas todas las acciones de mitigación de ruido, se realizará una medición de ruido con el objetivo de acreditar el cumplimiento del D.S. N° 38/2011 del MMA. La medición de ruidos deberá realizarse por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA), debidamente autorizada por la Superintendencia, conforme a la metodología establecida en el D.S. N°38/2011 del MMA, desde el domicilio de los receptores sensibles de acuerdo a la formulación de cargos, en el mismo horario en que constó la infracción y mismas condiciones. En caso de no ser posible acceder a la ubicación de dichos receptores, la empresa ETFA realizará la medición en un punto equivalente a la ubicación del receptor, de acuerdo a los criterios establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA. En caso de no ajustarse a lo dispuesto a lo recién descrito la medición no será válida.
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Ejecutada estas otras acciones de mitigación de ruido se realizó, de acuerdo a lo comprometido, una medición de ruido por parte de una empresa acreditada por el Instituto Nacional de Normalización (INN). A partir de la mencionada medición se confecciona con fecha 05 de enero del 2024 un informe de medición el cual se acompaña a esta presentación como modo de verificación. Las mediciones fueron realizadas en un punto receptor sensible ubicado en las cercanías del supermercado “Unimarc Portus San Felipe”, las cuales se realizaron el miércoles 27 de diciembre del 2023 desde las 21:56 hasta las 22:30 horas en jornada nocturna y el jueves 28 de diciembre desde las 12:00 hasta las 12:35 horas en jornada diurna. Se concluye, a partir del informe acompañado, que los niveles de presión sonora corregidos obtenidos en las mediciones de las emisiones de ruido de la fuente, cumplen con los límites máximos permisibles, tanto para el horario diurno como para horario nocturno, según lo establecido en el D.S. N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente.
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6
Cargar en el SPDC el programa de cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente
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De acuerdo a lo estipulado en la Resolución Exenta N°2 de fecha 13 de octubre de 2023, en relación a los indicadores de cumplimiento y medios de verificación, esta acción no requiere un reporte o medio de verificación específico.
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7
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la SMA.
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De acuerdo a lo estipulado en la Resolución Exenta N°2 de fecha 13 de octubre de 2023, en relación a los indicadores de cumplimiento y medios de verificación, esta acción no requiere un reporte o medio de verificación específico.
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Reportes del PdC 1

Tipo de reporte: Final
Fecha de envío: 12-01-2024
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
12-01-2024
— actual

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-146-2023
13-06-2023
Terminado - PDC Satisfactorio
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