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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC A-011-2023 · CES OBSTRUCCIÓN (RNA 120147)

Expediente: A-011-2023 →
Fecha resolución: 21-02-2025
Fecha término: 24-07-2028
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Unidad fiscalizable: CES OBSTRUCCIÓN (RNA 120147)
Comuna / Región: Natales — Región de Magallanes y la Antártica Chilena

Acciones 5

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Elaboración, aprobación e implementación de un “Procedimiento de Aseguramiento de Cumplimiento Límite de Producción en CES” para asegurar el cumplimiento del límite de producción autorizado ambientalmente.
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La presente acción se encuentra en ejecución. Como se señaló en el reporte inicial, el “Procedimiento de Aseguramiento de Cumplimiento de Límite de Producción en CES” comenzó a ser elaborado en marzo de 2023, obteniendo el texto definitivo en septiembre del mismo año. El procedimiento tiene por objeto asegurar que la producción máxima del CES Obstrucción ajuste a su autorización ambiental, considerando en general cualquier otra limitación administrativa y/o restricción reglamentaria asociada a la normativa ambiental y sectorial aplicable al CES. En cuanto a la implementación, según la forma de implementación de esta acción, el Procedimiento se aplicará en el CES Obstrucción desde la notificación de la resolución que aprueba el PDC hasta el fin de su vigencia, en la medida que el CES opere con peces. De esta forma, respecto de la implementación del procedimiento de control de biomasa en el CES Obstrucción, se hace presente que el CES comenzó su operación el 16 de enero de 2025, de esta forma, al momento de la aprobación del PdC, el CES se encontraba operando. Asimismo, se precisa que durante la duración del PdC aprobado por la SMA y en la periodicidad comprometida para los reportes de avance, se irá presentando la información que informará la implementación de todas las medidas de control establecidas en el Procedimiento. En este sentido, de acuerdo con la Resolución de aprobación del PDC del CES Obstrucción, la SMA requirió que el medio de verificación de los respectivos reportes de avance consistiera en "Reportes trimestrales de evaluaciones periódicas respecto a la biomasa obtenida conforme al procedimiento" mediante una corrección de oficio. En consecuencia, en este reporte de avance y en los sucesivos que se presentarán en el marco de este PdC, se adjuntará un reporte trimestral de evaluaciones periódicas de la biomasa obtenida conforme al procedimiento, en reemplazo de los medios de verificación "Registro carga y traslado de peces, en caso de aplicar", "Resumen carga y traslado de peces, en caso de aplicar" y "Planilla de muestreos y bioestimadores, en caso de aplicar", planteados en el último PDC Refundido presentado por el Titular. Bajo este contexto, en este reporte de avance se presenta el informe "Reporte Trimestral Procedimiento Aseguramiento de Cumplimiento Límite de Producción en CES", del CES Obstrucción. Por tanto, el procedimiento de control de biomasa se continuará implementando durante la próxima operación con peces del CES Obstrucción.
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2
Hacerse cargo de la totalidad de la sobreproducción constatada en el ciclo productivo ocurrido entre 12 de marzo de 2019 y 19 de enero de 2021.
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La presente acción se encuentra en ejecución Con el fin de hacerse cargo de la totalidad de la sobreproducción de 2.821 toneladas del CES Obstrucción en el ciclo productivo ocurrido entre 12 de marzo de 2019 y 19 de enero de 2021, se propuso reducir la producción en una cantidad equivalente a la sobreproducción considerando una producción autorizada de 7.500 ton, mediante la RCA N° 20211200125/2021 1. En el ciclo productivo desarrollado entre el 30 de abril de 2022 y el 10 de septiembre de 2023 redujeron 1.281 toneladas de producción, considerando una cosecha de 6.028 ton y una moralidad asociada de 191 ton. Considerando que este ciclo productivo se encuentra concluido, se acompañan a este reporte la declaración de intención de siembra, PRS y las declaraciones juradas de siembra y cosecha del ciclo. 2. En el ciclo productivo en curso, que inició en enero de 2025 se consideró la reducción de producción de 1.200 ton. Al respecto, se acompañan a este reporte la declaración de intención de siembra, PRS y la declaración jurada de siembra. Se hace presente que el recién pasado 5 de junio de 2025, el Tercer Tribunal Ambiental dictó sentencia definitiva en la causa Rol R-37-2023, de reclamación en contra de la Resolución Extenta N°20211200125/2021 que calificó favorablemente el Proyecto de “Modificación Proyecto Técnico Centro de Engorda Salmonídeas Península Barros Arana Al Este De Punta Obstrucción”, que considera una modificación del centro de cultivo de salmónidos Obstrucción, ampliando la producción máxima del CES, de las 5.140,8 ton autorizadas mediante la RCA N° 010/2012 a 7.500 toneladas. En dicha sentencia definitiva el Tercer Tribunal Ambiental resolvió, entre otros aspectos: “III. Dejar sin efecto la calificación ambiental del Proyecto, contenida en resolución exenta Nº20211200125 de 19 de octubre de 2021 de la COEVA de la Región de Magallanes de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena.”. Al respecto, hacemos presente que dicha sentencia fue notificada al titular el 6 de junio de 2025 y posteriormente, fue objeto de un Recurso de Casación que se encuentra actualmente en relación ante la Corte Suprema (ROL Corte Suprema: 27217 – 2025). por tanto, la sentencia que acogió la reclamación no se encuentra firme ni ejecutoriada, circunstancia que se mantiene a la fecha de este reporte. Para acreditar que el CES se encontraba en condiciones de operar se acompañan las INFAs Oficiales Aeróbicas del CES Obstrucción, informadas mediante los ORD. N° DN 152857/2020 (vigente para el ciclo 2022-2023) y DN -05843/2024 (vigente para el ciclo 2025-2026)
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3
Implementar capacitaciones vinculadas al “Procedimiento de Aseguramiento de Cumplimiento Límite de Producción en CES”.
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La presente acción se encuentra en ejecución. 1.- En primer lugar, se capacitó a los profesionales y personal responsable de la aplicación del "Procedimiento de Aseguramiento de Límite de Producción en CES”, comprendiendo todas las personas que al momento de la ejecución de esta acción detenten los cargos singularizados en el Procedimiento (excluyendo el personal del CES al cual le correspondía una capacitación posterior) Se hace presente que, si bien en el Plan de Acciones y Metas, se señaló que la capacitación se ejecutaría dentro del plazo de dos meses desde la aprobación del PDC, esta capacitación se efectuó de forma anticipada al personal y profesionales encargados de la aplicación del procedimiento, con fecha 14 de junio y 17 de julio de 2024. Lo anterior, teniendo en cuenta que, salvo el personal propio de cada CES, el personal a capacitar es el mismo. En ese sentido, a la fecha de aprobación del PDC el personal ya se encontraba capacitado al efecto. Igualmente, se mantuvo un registro del personal y profesionales a capacitar, el cual se revisó mensualmente para que, en el caso de incorporación de un nuevo trabajador a un cargo que requiera ser instruido en virtud de lo señalado en el Procedimiento, este pudiera ser capacitado también. Para acreditar esto, en el Anexo 3.1. se acompaña la “Nómina actualizada de profesionales y personal que tenga relación directa con el control de producción, para el periodo reportado.” en el cual se indica si la persona permaneció en sus funciones, para determinar si era necesario capacitar a personal nuevo que se incorporara en dichas funciones. La capacitación se realizó el día 14-06-2024, donde asistieron al personal y profesionales encargados de la aplicación del procedimiento (como consta en las fotografías fechadas y georreferenciadas acompañadas en el anexo 3.4. y los registros de asistencia acompañados en el anexo 3.3. del reporte anterior). Posteriormente el 17-07-2024, se capacitó telemáticamente a otra persona encargada de la aplicación del procedimiento (Encargado de bioestimadores), junto al equipo de Agua Dulce que indirectamente se relaciona con el procedimiento. De esta forma, las capacitaciones incluyeron a los siguientes responsables de aplicación del procedimiento: -Gerente de Producción Agua Dulce* -Subgerente de Producción Agua Dulce -Gerente de Producción Agua Mar* -Subgerentes de Producción Agua Mar -Subgerente de Alimentación y Nutrición -Gerente Comercial y Procesamiento -Subgerente de planificación comercial -Gerente de logística -Subgerente de Logística -Subgerente de Control de Gestión -Gerente de Asunto Regulatorios (ex Subgerente) -Encargado de bioestimadores -Asistente Abastecimiento Planta *Corresponden a la misma persona (Cristián Sauterel). Se hace presente que, respecto del Gerente General, no se requirió su asistencia en la capacitación, porque participó directamente en la elaboración y validación del "Procedimiento de Aseguramiento de Límite de Producción en CES”, teniendo pleno conocimiento de su contenido. Asimismo, las capacitaciones incluyeron a personal adicional que tiene relación indirecta con la aplicación del procedimiento, como los Jefes de Alimentación, Jefes de Pisciculturas, Jefes de Área de Producción Agua Mar, Área de Salud de peces, Área de Regulación, soportes del Área de Planificación y Control de Producción, entre otros. 2.- En segundo lugar, se realizó otra ronda de capacitaciones al personal de la compañía encargado de la aplicación del procedimiento de control de biomasa, durante el mes de febrero del presente año, considerando especialmente al personal de Centros de Cultivo de la compañía. Las capacitaciones asociadas se realizaron los días 14 y 18 de febrero de 2025. Dado que al momento de aprobarse el PDC el CES se encontraba sin operación (circunstancia que actualmente se mantiene), no había personal del CES para capacitar. 3. En tercer lugar, se siguieron realizando capacitaciones los días 26-03-2025, 10-04-2025, 25-04-2025 y 12-05-2025 a distinto personal de la compañía relacionado con el control de producción, tanto personal de los CES, Pisciculturas y administrativos, entre ellos, personal del CES Obstrucción. 44. En cuarto lugar, los días 02-09-2025, 09-09-2025, 06-10-2025, 16-10-2025 y 21-11-2025 se continuó con la realización de las capacitaciones a distinto personal de la compañía relacionado con el control de producción, tanto personal de los CES, Pisciculturas y administrativos el CES, entre ellos, el CES Obstrucción. Estos registros se acompañan en los anexos 3.3. y 3.4. respectivamente. Como consta en la presentación en formato PPT utilizada en dichas capacitaciones, que se acompañó en el Anexo 3. 5 del reporte anterior, dichas capacitaciones fueron realizadas por personal interno de la empresa a cargo del control de producción y tuvieron el siguiente contenido: - Planificación de siembra - Control de siembra - Control de biomasa - Planificación de cosecha - Acciones de ajuste de biomasa - Eventos sobrevinientes de contingencia - Responsables de la aplicación del procedimiento y roles Por último, en el anexo 3.2. se acompaña el correo electrónico que da cuenta de la difusión del procedimiento, que posteriormente fue actualizado conforme a la versión refundida presentada a la SMA.
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4
Implementar Programa de Monitoreo de seguimiento de parámetros ambientales en el CES Obstrucción.
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El Programa de Monitoreos de Parámetros Ambientales comprenden la caracterización físico-química de la columna de agua, caracterización físico-química de los sedimentos submareales y monitoreo de comunidades biológicas, entre ellas: comunidades bentónicas submareales de fondos blandos, comunidades fitoplanctónicas y zooplanctónicas, y monitoreo de avifauna y mamíferos marinos. En cuanto a la oportunidad para implementar los monitoreos, el PdC aprobado señala que se deben realizar en los ciclos productivos que transcurran desde la notificación del PdC. En este caso, al momento de aprobación del PDC, el CES ya se encontraba con un ciclo productivo en curso. No obstante – de igual forma- se realizó el monitoreo inicial. De esta forma, en cuanto a la implementación del Programa de Monitoreo de Parámetros Ambientales en el CES Obstrucción, se puede señalar lo siguiente: - Al momento de la aprobación del PdC, el CES ya había iniciado su operación- por lo que el monitoreo inicial se realizó según la cronología del Programa de Monitoreos de Parámetros ambientales: 1°. Monitoreo inicial: entre el 27 de febrero y el 02 de marzo de 2025. La realización de dichos monitoreos estuvo a cargo de la ETFA Ecotecnos, la cual cuenta con los alcances requeridos para la realización de los muestreos comprometidos. Respecto del monitoreo basal de máxima biomasa, aún no corresponde su realización.
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5
Informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprometidas en el PdC a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC.
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Esta acción no requiere un reporte o medio de verificación específico, y una vez ingresados los reportes y/o medios de verificación para las restantes acciones, se conservará el comprobante electrónico generado por el sistema digital en el que se implemente el SPDC.
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Reportes del PdC 4

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 10-12-2025
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
10-06-2025
2
Enviado
10-09-2025
3
Enviado
10-12-2025
— actual
4
Enviado
10-03-2026

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
A-011-2023
10-04-2023
Programa de Cumplimiento en ejecución
1 elementos seleccionados