Reporte de programa de cumplimiento
Reporte final — PdC D-302-2025 · COMPLEJO ARQVIVA PEÑALOLÉN
Expediente: D-302-2025 →
Fecha resolución: 16-03-2026
Fecha término: 06-05-2026
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Sin Reportes de Avance
Tipo PdC: Guía PdC Ruidos
Unidad fiscalizable: COMPLEJO ARQVIVA PEÑALOLÉN
Comuna / Región: Peñalolén — Región Metropolitana
Acciones 3
N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Eliminación del horario nocturno de funcionamiento del establecimiento, pasando a operar únicamente en horario diurno: de lunes a viernes entre las 08:00 y 21:00 horas, y los días sábado y domingo entre las 09:00 y 21:00 horas, ajustándose al período diurno establecido en el D.S. N° 38/2011.
Ver detalle →La Corporación de Deportes de Peñalolén, con el propósito de dar cumplimiento a lo solicitado por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y conforme a las medidas comprometidas en el Programa de Cumplimiento, ha eliminado de manera permanente el funcionamiento en horario nocturno (21:00 a 07:00 horas) del recinto Aqviva, ubicado en El Valle N° 7983, comuna de Peñalolén. Para acreditar la implementación de esta medida, se ha elaborado una carta de compromiso suscrita por la Directora Ejecutiva y actual Representante Legal de la CORDEP, en la cual se formaliza la eliminación definitiva del horario nocturno en el recinto. Asimismo, se acompañan registros fotográficos fechados y georreferenciados, obtenidos mediante dispositivos móviles en distintos días, con el objetivo de evidenciar el cumplimiento efectivo de la medida comprometida. Adicionalmente, se adjunta el contrato de prestación de servicios del trabajador a honorarios Sr. Iván Montes, cuyo horario de funciones se desarrolla entre las 15:00 y 22:00 horas. Cabe señalar que las labores asociadas a la supervisión y operación de juegos finalizan a las 21:00 horas, mientras que el tramo comprendido entre las 21:00 y 22:00 horas corresponde exclusivamente a actividades de cierre, orden y limpieza del recinto, sin funcionamiento de las instalaciones recreativas ni atención de público, además, de adjuntar el horario del ultimo arriendo que aparece en la pagina web oficial de la CORDEP (20:00 pm).
Ver detalle →2
Cargar en el SPDC el programa de cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente.
Ver detalle →Se adjunta el Programa de Cumplimiento ingresado a través de la Oficina de Partes de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), así como su posterior carga en la plataforma oficial correspondiente.
Ver detalle →3
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el programa, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 166/2018 de la SMA.
Ver detalle →Se adjunta el reporte final que consolida todas las acciones y medidas implementadas por la Corporación de Deportes de Peñalolén (CORDEP), en cumplimiento de lo comprometido en el Programa de Cumplimiento presentado ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
Ver detalle →Reportes del PdC 1
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado Fuera de Plazo
20-05-2026
— actual
Sancionatorios asociados 1
Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle