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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte final — PdC D-164-2022 · PROYECTO INMOBILIARIO HACIENDA EL TEJAR

Expediente: D-164-2022 →
Fecha resolución: 09-05-2023
Fecha término: 13-07-2023
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Sin Reportes de Avance
Tipo PdC: Guía PdC Ruidos
Comuna / Región: La Serena — Región de Coquimbo

Acciones 8

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Barrera acústica: Consiste en una barrera con un material cuya densidad debe ser superior a los 10 Kg/m2, la cual se debe instalar lo más cerca posible de la fuente para ser efectiva.
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Con fecha 21 de enero de 2022, Constructora FG envió a la SMA un correo electrónico en que se detallaban las medidas de control que se implementaron luego de haberse constatado la excedencia de la norma de emisión de ruido con fecha 19 de enero de 2022. Estas medidas de control consistieron en la instalación de barreras acústicas flexibles y cierre de los vanos de los departamentos de los edificios del proyecto para el control de ruido durante el avance de la etapa de construcción de la obra gruesa del proyecto.
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2
Reubicación de equipos o maquinaria generadora de ruido: Realizar la reubicación de los equipos o maquinaria, desplazando el instrumento emisor de ruido a un sector donde no genere superaciones al D.S. N°38/2011 en receptores cercanos.
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Constructora FG implementó dos lugares de detención para los camiones mixer. El primero de ellos, se emplazó en el sector de estacionamiento norte del complejo inmobiliario, mientras que el segundo, se habilitó en el sector de estacionamientos noreste del mismo complejo. Ambos sectores se ubicaron a una distancia aproximada -medida en línea recta- de 70 metros de los receptores sensibles, logrando con ello el objetivo principal de la acción consistente en alejar las fuentes de ruido móviles (en este caso los camiones mixer) de dichos receptores, de manera de prevenir cualquier molestia durante la descarga del concreto que fue utilizado en las obras de urbanización. Cada lugar de detención se demarcó y señaló mediante la instalación de un biombo en forma de "L", el cual fue construido con planchas de OSB y recubierto en su interior con malla raschel. Por último, es importante considerar que a la fecha de aprobación de este PdC, Constructora FG había implementado íntegramente la acción comprometida.
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3
Cambio en la actividad: Realizar el cambio de la actividad productiva, por otra que no genere emisión de ruidos molestos.
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Tal como fue comprometido en el Programa de cumplimiento, Constructora FG reemplazó la bomba de impulsión de concreto por la utilización de un minicargador y un manitou para trasladar el concreto desde los lugares de detención de los camiones mixer mencionados en la descripción de la acción 2, hasta los sectores en que se realizaron las obras de urbanización (calles y veredas). Por último, es importante considerar que a la fecha de aprobación de este PdC, Constructora FG había implementado íntegramente la acción comprometida.
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4
Cierre de vanos de sala multi uso, quincho y portería. (Únicas edificaciones del proyecto que no cuentan con dicho cierre)
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Conforme a lo comprometido, Constructora FG realizó el cierre de vanos en sala multiuso y portería de manera de controlar las emisiones de ruido durante las actividades de terminaciones. Por último, es importante considerar que a la fecha de aprobación de este PdC, Constructora FG había implementado íntegramente la acción comprometida.
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5
Encapsulamiento de un total de 8 andamios colgantes con los que se realizarán los trabajos de altura en las fachadas de la Torre C del proyecto Sentrum Park que se encuentran próxima a los receptores sensibles.
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De acuerdo con lo comprometido, Constructora FG realizó el apantallamiento de andamios móviles que se utilizaron durante las labores de picado de muro en las fachadas de la Torre C del proyecto. Se hace presente que los materiales que fueron utilizados para el apantallamiento fueron adquiridos por la empresa con anterioridad al inicio del presente procedimiento sancionatorio y se encontraban guardados en los lugares de almacenamiento de materiales de construcción del proyecto. En razón de ello, se adjunta una orden de compra de dichos materiales de fecha 6 de septiembre de 2021. Por último, es importante considerar que a la fecha de aprobación de este PdC, Constructora FG había implementado íntegramente la acción comprometida.
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6
Cambio en la actividad: Realizar el cambio de la actividad productiva, por otra que no genere emisión de ruidos molestos.
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Mediante la construcción de una caseta móvil de apantallamiento, Constructora FG pudo ejecutar las obras de urbanización en los estacionamientos del proyecto inmobiliario dando cumplimiento a la norma de emisión de ruido. En razón de lo anterior, no fue necesario utilizar la placa compactadora en reemplazo del rodillo compactador tal como se previó inicialmente. Se hace presente que el cumplimiento de la norma de emisión de ruido fue constatado por el ETFA Vibroacústica, cuyo informe de monitoreo se adjunta en la acción 7 de este programa de cumplimiento. Se informa que los materiales que fueron utilizados para construir la caseta móvil de apantallamiento fueron adquiridos por la empresa con anterioridad al inicio de este procedimiento sancionatorio. Estos materiales se encontraban disponibles en la obra al momento de ejecutar la acción. Por último, es importante considerar que a la fecha de aprobación de este PdC, Constructora FG había implementado íntegramente la acción comprometida.
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7
Una vez ejecutadas todas las acciones de mitigación de ruido, se realizará una medición de ruido con el objetivo de acreditar el cumplimiento del D.S. N° 38/2011 del MMA. La medición de ruidos deberá realizarse por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA), debidamente autorizada por la Superintendencia, conforme a la metodología establecida en el D.S. N°38/2011 del MMA, desde el domicilio de los receptores sensibles de acuerdo a la formulación de cargos, en el mismo horario en que constó la infracción y mismas condiciones. En caso de no ser posible acceder a la ubicación de dichos receptores, la empresa ETFA realizará la medición en un punto equivalente a la ubicación del receptor, de acuerdo con los criterios establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA. En caso de no ajustarse a lo dispuesto a lo recién descrito la medición no será válida.
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De acuerdo con lo comprometido en el programa de cumplimiento, se adjunta informe elaborado por la empresa ETFA Vibroacústica en que se muestran los resultados de las mediciones realizadas el 16 de febrero de 2023 (antes de la aprobación de este PdC) para verificar el cumplimiento de la norma de emisión de ruido luego de haber implementado las acciones de control comprometidas. Por último, es importante considerar que a la fecha de aprobación de este PdC, Constructora FG había implementado íntegramente la acción comprometida.
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8
Cargar en el SPDC el Programa de Cumplimiento aprobado por la SMA. Para dar cumplimiento a dicha carga, se entregará la clave para acceder al sistema en la misma resolución que aprueba dicho programa. Debiendo cargar el programa en el plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que apruebe el Programa de Cumplimiento, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la SMA.
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Con fecha 15 de junio de 2023 fue creado y subido a la plataforma de la SMA el programa de cumplimiento.
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Reportes del PdC 1

Tipo de reporte: Final
Fecha de envío: 12-07-2023
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
12-07-2023
— actual

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-164-2022
29-08-2022
Terminado - PDC Satisfactorio
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