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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte final — PdC D-178-2022 · INTEGRAMÉDICA BARCELONA

Expediente: D-178-2022 →
Fecha resolución: 17-10-2022
Fecha término: 01-12-2022
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Sin Reportes de Avance
Tipo PdC: Guía PdC Ruidos
Unidad fiscalizable: INTEGRAMÉDICA BARCELONA
Comuna / Región: Providencia — Región Metropolitana

Acciones 5

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Otras medidas (indicar todas las otras medidas que usted considere necesarias y que se implementarán antes de la medición final de presión sonora): En noviembre de 2020, se procedió a instalar un compresor tipo SCROLL 5HP, modelo AL5 nuevo, que cuenta con gabinete acústico incorporado.
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El compresor tipo SCROLL 5HP, modelo AL5 nuevo, cuenta con gabinete acústico incorporado. Dicho compresor reemplazó otros equipos menos eficientes en el control de ruidos molestos, los cuales estaban operando al momento de ocurrir el hecho constitutivo de la infracción objeto del presente procedimiento sancionatorio. El nuevo compresor, que se encuentra operativo desde noviembre de 2020 cuenta con gabinete incorporado. Al tener esta característica, los decibeles que emiten son menores a los máximos permitidos. Mayor información en relación a la instalación de este compresor se encuentra disponible en el Informe Técnico que se acompaña a esta presentación en Anexo 1. En cuanto a los demás medios de verificación indicados : • En Anexo 2 se acompaña fotografías ilustrativas del antes y después de la ejecución de la acción. Éstas últimas se encuentran fechadas y georreferenciadas. • En Anexo 3 se acompaña OC 4500705947 y Cotización 59.064. Cabe hacer presente que esta acción se ejecutó con anterioridad al procedimiento sancionatorio en cuestión y el PdC correspondiente, por lo que los medios de verificación asociados fueron proporcionados en septiembre de 2022 junto con la presentación del PdC, correspondiendo el Anexo 1 de esta presentación al Anexo 4 de la presentación anterior, el Anexo 2 de esta presentación al Anexo 5 de la presentación anterior, y el Anexo 3 de esta presentación, al Anexo 6 de la presentación anterior. De igual modo, según lo comprometido, se adjuntan todos los medios de verificación en este Informe Final.
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2
Encierros acústicos: Considera la elaboración de una construcción que encierre la fuente, con murallas tipo sándwich con acero de 2 mm en ambas caras, material anticorrosivo alquídico, y núcleo de lana de vidrio de 50 mm de espesor y 32 Kg/m3 de densidad superficial. El panel de acero interior debe ser perforado en un 60%.
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En noviembre de 2020, se implementó un encierro acústico, consistente en el recubrimiento de toda la estructura (sala de compresores) con placa OSB. En el interior, se recubrió con espuma anti ruido de alta densidad, resistente al fuego. Mayor información al respecto se encuentra disponible en Informe Técnico que se acompaña a esta presentación en Anexo 1. Por su parte, en cuanto a los demás medios de verificación indicados: • En Anexo 2 se acompaña fotografías ilustrativas del antes y después de la ejecución de la acción. Éstas últimas se encuentran fechadas y georreferenciadas. • En Anexo 4 se acompaña OC 4500708835 y Cotización 59.202. Cabe hacer presente que esta acción se ejecutó con anterioridad al procedimiento sancionatorio en cuestión y el PdC correspondiente, por lo que los medios de verificación asociados fueron proporcionados en septiembre de 2022 junto con la presentación del PdC, correspondiendo el Anexo 2 de esta presentación al Anexo 5 de la presentación anterior, y el Anexo 4 de esta presentación, al Anexo 7 de la presentación anterior. De igual modo, según lo comprometido, se adjuntan todos los medios de verificación en este Informe Final.
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3
Una vez ejecutadas todas las acciones de mitigación de ruido, se realizará una medición de ruido con el objetivo de acreditar el cumplimiento del D.S. N° 38/2011 del MMA. La medición de ruidos deberá realizarse por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA), debidamente autorizada por la Superintendencia, conforme a la metodología establecida en el D.S. N°38/2011 del MMA, desde el domicilio de los receptores sensibles de acuerdo a la formulación de cargos, en el mismo horario en que constó la infracción y mismas condiciones. En caso de no ser posible acceder a la ubicación de dichos receptores, la empresa ETFA realizará la medición en un punto equivalente a la ubicación del receptor, de acuerdo a los criterios establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA. En caso de no ajustarse a lo dispuesto a lo recién descrito la medición no será válida.
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El día 10 de noviembre de 2022, dentro del plazo fijado por el PdC (un mes desde su aprobación, es decir, hasta el 17 de noviembre de 2022), la empresa “Asesorías, Proyectos y Servicios Acústicos Acustec Limitada” (“ACUSTEC”), autorizada para actuar como ETFA mediante Resolución Exenta N°953 de 5 de junio de 2020 de la SMA, llevó a cabo la medición de ruido comprometida en el PdC por Integramédica, emitiendo un reporte con fecha 16 de noviembre de 2023. Como medio de verificación, se adjunta el Reporte de Inspección Ambiental emitido por la ETFA (Anexo 5) y la factura de dicho servicio (Anexo 6). Adicionalmente, cabe tener presente que en Anexo N°8 de la presentación del PdC se acompañó el presupuesto N°097552022 elaborado por ACUSTEC para realizar el servicio mencionado, documento que se adjunta de todas formas nuevamente en el Anexo 7 de esta presentación.
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4
Cargar en el SPDC el Programa de Cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente. Para dar cumplimiento a dicha carga, se entregará la clave para acceder al sistema en la misma resolución que aprueba dicho programa. Debiendo cargar el programa en el plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que apruebe el Programa de Cumplimiento, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la SMA.
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El PdC aprobado fue cargado en el sistema SPDC con fecha 2 de febrero de 2023, como se puede apreciar en el Anexo 8 de esta presentación, “Comprobante Creación Electrónica Programa de Cumplimiento”, y fue validado por la SMA con fecha 7 de febrero de 2023.
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5
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la SMA.
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Con fecha de hoy, se carga en el portal SPDC el único reporte final comprometido.
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Reportes del PdC 1

Tipo de reporte: Final
Fecha de envío: 22-02-2023
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado Fuera de Plazo
22-02-2023
— actual

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-178-2022
24-08-2022
Terminado - PDC Satisfactorio
1 elementos seleccionados