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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC D-187-2021 · HUEVOS AGRICOVIAL S.A. - SAN BERNARDO

Expediente: D-187-2021 →
Fecha resolución: 23-12-2022
Fecha término: 28-01-2025
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Bimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Comuna / Región: San Bernardo — Región Metropolitana

Acciones 10

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
2
Presentación de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) ante el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) del proyecto "Mejoramiento Tecnológico Operacional", que comprenda las modificaciones realizadas a la planta agroindustrial actualmente en operación, y obtención de una RCA favorable.
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Se presentó DIA ante el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) del proyecto "Mejoramiento Tecnológico Operacional", que comprenda las modificaciones realizadas a la planta agroindustrial actualmente en operación, y se obtuvo RCA favorable Nº 202213001679/2022
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3
Implementación de un nuevo sistema de estabilización del guano en la zona de Lo Herrera, permitiendo reducir el tiempo de secado, mitigar los olores y vectores generados.
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Se implementó un equipo volteador-fuerza tractor en la zona de estabilización. Este sistema se encuentra incorporado en la DIA que fue presentada al tratarse de una actividad de optimización del manejo y residuo del guano. Las características y funcionamiento de este sistema, así como otros antecedentes, se explican en el Anexo 4 y 9 del PDC. Las medidas de control de olores fueron presentadas en el Plan de Gestión de Olor (PGO) detallados en la acción 8. Este equipo igualmente fue aprobado en la RCA Nº 202213001679/2022 acompañada en la acción 2.
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4
Implementación de un nuevo sistema de estabilización del guano en la zona de El Romeral mediante la utilización de un equipo volteador marca Kohshin, permitiendo reducir el tiempo de secado, mitigar los olores y vectores generados. Con una capacidad de procesar menor a 30 ton/día. Se incorpora un sistema con producto controlador de olores, que permite mitigar las emisiones odorantes.
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La presente acción no ha podido ser ejecutada, ya que el la resolución que otorgó el IFC (Res. Ex. Nº 1050/2022 rectificada por Ord. Nº 509/2023) impuso la condición de que las parcelas 10 y 11 (donde se emplaza la kohshin) debían fusionarse previo al otorgamiento del permiso de edificación (ver Cº 7 de la resolución). En atención a lo anterior, se rechazó el permiso de edificación mediante Acta de Obs. Nº 473/2023, de fecha noviembre de 2023 (ver obs. Nº 13), señalando que debían fusionarse las aludidas parcelas previo otorgamiento del permiso de edificación. A raíz de lo anterior, durante el año 2024 se tuvieron que levantar las hipotecas que gravaban las parcelas (con el consentimiento de los bancos), previa escritura pública de fusión y su inscripción en el CBR y la obtención del rol de avaluó en el SII del nuevo lote (aún en tramitación). Dado que aún no se obtiene nuevo rol de avalúo no se ha podido reingresar el permiso de edificación y menos aún obtener la recepción definitiva del galpón donde se emplazarán la maquina Kohshin.
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5
Implementación de un Sistema de Control de Plagas
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Se ha implementado un sistema de control de plagas el cual implica: • Llevar un control mediante un Programa Integrado de Control de Plagas, utilizando conjuntamente medidas preventivas de control pasivo, para evitar la entrada y el desarrollo de plagas en las instalaciones, y medidas preventivas de control activo, para controlar directamente la población de las plagas al interior de las instalaciones. • La desratización, sanitización y desinsectación se realizará diariamente, completando un ciclo de un mes por área. • Monitoreo mensual de vectores (roedores y moscas). • En caso de detectarse un aumento en las poblaciones normales, se lleva a cabo un Plan de Contingencia, con el objetivo de volver su actividad bajo control.
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6
Cargar el PdC e informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC.
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No aplica ser reportada conforme PDC (basta la carga)
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7
Control de olores en los camiones que transportan guano hacia la zona de estabilizado.
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Se estableció un sistema de control de olores en los camiones que transportan guano hacia la zona de estabilizado. Para tales efectos se establecieron las siguientes medidas: • Se incorporó un sistema de estanqueidad consistente en el encarpado hermético de camiones en cada viaje realizado, utilizando lonas de vinilo impermeables, cuerdas y ganchos de amarre, abarcando todos los bordes de la carga, lo que permitirá evitar la carga de líquido o carga del vehículo. Esto da cumplimiento a los Acuerdos de producción Limpia (APL) N°2 de la asociación gremial de Chilehuevos en conjunto con la agencia de sustentabilidad y cambio climático, y demás organismos adscritos. Esta acción es de carácter permanente durante toda la ejecución del Programa. • Se incluyó un sistema de control de correcto encarpado de camión al salir de la planta (sea este camión propio o externo). • Se efectúo el lavado de rueda de los camiones de transporte de guano. Estas acciones se implementaron hasta 12 meses después de la aprobación de la RCA según indica el PDC. Sin embargo, cabe recalcar que la mayoría de estas acciones igualmente están recogidas en la propia RCA.
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8
Disminución paulatina de un porcentaje del plantel de postura y crianza (aves).
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Conforme la formulación de cargos, considerando 20º "durante los años 2002 y 2018, lo que significado un aumento en la capacidad de alojamiento de aves de 740.000 aves, superando el límite de 60.000 aves estipulado en el literal l.4.2.) del RSEIA". Una vez aprobado el PDC coetáneamente se aprobó la RCA Nº 202113001142/2022, la cual autorizó al plantel a operar con una capacidad adicional (a la preexistente al año 1997) de 735.000 regularizando por tanto la capacidad de aves del plantel (ver Tabla 4.1). Así las cosas, el plantel quedó autorizado a operar con una capacidad de 1.620.000 (sumando la capacidad anterior a 1997 y la nueva autorizada), siendo una capacidad a la cantidad efectiva de gallinas existentes. Sin perjuicio de ello, igualmente se informó que la empresa, previo a la aprobación del PDC y de la RCA, en forma diligente y anticipada había reducido la cantidad de gallinas, siendo al día la cantidad de gallinas alojadas la suma de 1.344.085 (a la fecha del primer reporte de la acción Nº 8, esto es, al 28 de junio de 2023), según da cuenta el documento Informe de Gallineros Día 25-05-2023 - Agricovial y, por ende, igualmente cumplió el cronograma de reducción hasta la fecha de aprobación de la RCA.,
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9
Implementación de un Plan de Gestión de Olor (PGO).
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Se ha implementado un Plan de Gestión de Olor (PGO), el cual contempla las siguientes medidas conforme el PDC: •Informe con los procedimientos que definen los manejos de buenas prácticas ambientales y productivas que se deberán realizar en las instalaciones de la empresa, con el fin de lograr el control o la reducción de los impactos ambientales asociados a los aspectos de emisión de olores, y el cual quedará plasmado en un plan o programa. • Medición Olfatométrica en las fuentes ante eventos de olor según los requisitos que se cumplan determinados en el PGO. Cabe indicar que igualmente el PDC forma parte de la RCA aprobada el año 2022, por lo que seguirá su implementación posterior al término del PDC.
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10
Compromiso y control de utilización de la ruta por calle Volcán Llullaillaco y la calle las Torres, por parte de los camiones que transportan guano entre el sector de El Romeral y Lo Herrera.
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La presente acción conforme indica el PDC debía ser implementada hasta la obtención de la RCA, la que se obtuvo coetáneamente a la implementación del PDC. Se acompaña RCA Nº 202213001679/2022, de fecha 20 de diciembre de 2022 (23 de diciembre de 2022 se dicta resolución que aprueba el PDC). Las rutas a ser utilizadas, por lo mismo, quedaron fijadas en la RCA.
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11
Instalación de pantallas de ruido en pabellones cercanos a receptores.
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La presente acción no se ha podido implementar desde que no se ha iniciado la ejecución de las referidas obras constructivas a la medida (chimeneas de ventilación de los pabellones). Si bien la RCA fue aprobada en 2022, ella posteriormente tuvo que ser rectificada conforme consta en Res. 202413001329 de fecha 09 de agosto de 2024. La referida rectificación, en parte, recaí sobre la compensación de emisiones que debía realizar el proyecto y que, por tanto, era condición previa para la ejecución del proyecto conforme consta en Tablas 4.4.5.1 y 7.1.1 de la RCA. Así las cosas, no habiéndose iniciado la construcción de las chimeneas, ni estando a 1 mes de la construcción de estas, no corresponde aplicar la medida. Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que la medida igualmente forma parte de las obligaciones de la RCA conforme consta en Tabla 7.1.8 de la RCA e Informe de Ruido y Vibraciones que se acompaña, instalándose barreras acústicas en los pabellones más cercanos a los receptores más sensibles conforme modelaciones.
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Reportes del PdC 6

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 28-01-2025
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
20-01-2023
2
Enviado
28-05-2023
3
Enviado
28-07-2023
4
Enviado Fuera de Plazo
29-02-2024
5
Enviado
26-09-2024
6
Enviado
28-01-2025
— actual

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-187-2021
06-09-2021
Programa de Cumplimiento en ejecución
1 elementos seleccionados