Reporte de programa de cumplimiento
Reporte final — PdC F-060-2021 · RILES AGROINDUSTRIA SAGRADA FAMILIA
Expediente: F-060-2021 →
Fecha resolución: 13-12-2021
Fecha término: 02-06-2022
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Sin Reportes de Avance
Tipo PdC: Guía PdC Residuos Líquidos
Unidad fiscalizable: RILES AGROINDUSTRIA SAGRADA FAMILIA
Comuna / Región: Sagrada Familia — Región del Maule
Acciones 27
N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Cargar en el SPDC el Programa de Cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente. Para dar cumplimiento a dicha carga, se transcribirá en la plataforma electrónica del “Sistema de Seguimiento de Programas de Cumplimiento” (SPDC) creada mediante la Resolución Exenta N° 166, de 8 de febrero de 2018, de la Superintendencia del Medio Ambiente, el Programa de Cumplimiento aprobado (incluyendo las correcciones de oficio realizadas en la respectiva resolución). Además, para acceder a dicha plataforma se dará cumplimiento a la Resolución Exenta N° 2.129, de 26 de octubre de 2020, mediante la cual se entregan instrucciones de registro de titulares y activación de clave única para el reporte electrónico de obligaciones y compromisos a la Superintendencia del Medio Ambiente”.
Ver detalle →En el marco de fiscalización y proceso sancionatorio por oficio de la SMA, se tomó la opción de generar un plan de cumplimiento que fue presentado y posteriormente aprobado por la Autoridad Ambiental, el cual se ha ido implementando el desarrollo de las acciones comprometidas con la SMA
Ver detalle →2
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 166/2018 de la SMA”
Ver detalle →- Respecto de esta acción, se realizó consulta a la Autoridad Ambiental quien nos confirmó que esta acción no requiere un reporte o medio de verificación específico, sin embargo, se informa que se ha efectuado el reporte de cada una de las acciones en los plazos establecidos y una vez enviado la totalidad de la información, se generará el reporte final para ésta acción. - Se conservará el comprobante electrónico generado por el sistema digital del Seguimiento del Plan de Cumplimiento
Ver detalle →3
Reportar el Programa de Monitoreo durante la vigencia del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →- Se asigna a laboratorio externo ANAM S.A., quienes cumplen con ser un organismo acreditado (ETFA), para realizar el muestreo mensual y análisis de parámetros a cumplir en la descarga final, mediante un monitoreo compuesto de 24 horas. - Se realiza reporte en RETC de los resultados del monitoreo realizado en el periodo establecido.
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Entregar a la Superintendencia copia de los Informes de Ensayo de los análisis que se hayan efectuado y no se hayan ingresado previamente, correspondientes a los períodos de incumplimiento constatados en el cargo.
Ver detalle →Se entrega a la Superintendencia copia de Informe de resultados de análisis efectuado y que no fue ingresado en periodo Julio 2019
Ver detalle →5
Elaborar y ejecutar un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establezca: -Calendarización de los monitoreos y reportes -Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho período. -Listado de parámetros comprometidos. -Frecuencia de monitoreo de cada parámetro. -Metodología de muestreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta). -Máximos permitidos para cada parámetro. -Máximo permitido de caudal. -Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos. -Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de riles. -Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de riles y reporte del Programa de Monitoreo.
Ver detalle →Se elaboró y ejecutó un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establece: -Calendarización de los monitoreos y reportes ; -Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho período; -Listado de parámetros comprometidos; -Frecuencia de monitoreo de cada parámetro; -Metodología de muestreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta); -Máximos permitidos para cada parámetro; -Máximo permitido de caudal; -Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos; -Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de riles; -Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de riles y reporte del Programa de Monitoreo.
Ver detalle →6
Capacitar al personal encargado del manejo del sistema de riles y/o del reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento.
Ver detalle →Se realiza la presentación para capacitar a los colaboradores a cargo de la operación del sistema de tratamiento de RILes. La temática abordada en la capacitación fue principalmente sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento.
Ver detalle →7
Reportar el Programa de Monitoreo durante la vigencia del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →- Se asigna a laboratorio externo ANAM S.A., quienes cumplen con ser un organismo acreditado (ETFA), para realizar el muestreo mensual y análisis de parámetros a cumplir en la descarga final, mediante un monitoreo compuesto de 24 horas. - Se realiza reporte en RETC de los resultados del monitoreo realizado en el periodo establecido.
Ver detalle →8
Entregar a la Superintendencia copia de los Informes de Ensayo de los análisis que se hayan efectuado y no se hayan ingresado previamente, correspondientes a los períodos de incumplimiento constatados en el cargo.
Ver detalle →- Se adjunta copia de Informes de resultados de análisis de pH y T° efectuado y que no fue ingresado correctamente en periodo febrero a diciembre 2019. - De esta manera se da cumplimiento a la acción 8 dentro del plazo establecido.
Ver detalle →9
Elaborar y ejecutar un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establezca: -Calendarización de los monitoreos y reportes -Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho período. -Listado de parámetros comprometidos. -Frecuencia de monitoreo de cada parámetro. -Metodología de muestreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta). -Máximos permitidos para cada parámetro. -Máximo permitido de caudal. -Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos. -Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de riles. -Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de riles y reporte del Programa de Monitoreo.
Ver detalle →Se elaboró y ejecutó un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establece: -Calendarización de los monitoreos y reportes ; -Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho período; -Listado de parámetros comprometidos; -Frecuencia de monitoreo de cada parámetro; -Metodología de muestreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta); -Máximos permitidos para cada parámetro; -Máximo permitido de caudal; -Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos; -Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de riles; -Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de riles y reporte del Programa de Monitoreo.
Ver detalle →10
Capacitar al personal encargado del manejo del sistema de riles y/o del reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento.
Ver detalle →Se realiza la presentación para capacitar a los colaboradores a cargo de la operación del sistema de tratamiento de RILes. La temática abordada en la capacitación fue principalmente sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento.
Ver detalle →11
No superar los límites máximos establecidos en la norma de emisión y Programa de Monitoreo correspondiente.
Ver detalle →- Se asigna a laboratorio externo ANAM S.A., quienes cumplen con ser un organismo acreditado (ETFA), para realizar el muestreo mensual y análisis de parámetros a cumplir en la descarga final, mediante un monitoreo compuesto de 24 horas. - Se realiza carga de análisis efectuados en RETC.
Ver detalle →12
Elaborar y ejecutar un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establezca: -Calendarización de los monitoreos y reportes -Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho período. -Listado de parámetros comprometidos. -Frecuencia de monitoreo de cada parámetro. -Metodología de muestreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta). -Máximos permitidos para cada parámetro. -Máximo permitido de caudal. -Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos. -Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de riles. -Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de riles y reporte del Programa de Monitoreo.
Ver detalle →Se Elaboro y ejecuto un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establece: -Calendarización de los monitoreos y reportes ; -Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho período; -Listado de parámetros comprometidos; -Frecuencia de monitoreo de cada parámetro; -Metodología de muestreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta); -Máximos permitidos para cada parámetro; -Máximo permitido de caudal; -Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos; -Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de riles; -Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de riles y reporte del Programa de Monitoreo.
Ver detalle →13
Capacitar al personal encargado del manejo del sistema de riles y/o del reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento
Ver detalle →Se realiza la presentación para capacitar a los colaboradores a cargo de la operación del sistema de tratamiento de RILes. La temática abordada en la capacitación fue principalmente sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento.
Ver detalle →14
Realizar una mantención de las instalaciones del Sistema de Riles del establecimiento, conforme se establece en el Protocolo comprometido.
Ver detalle →Se realiza una mantención de las instalaciones del Sistema de RILes del establecimiento, conforme se establece en el Protocolo comprometido. La mantencion consiste en: •Trabajos preventivos Eléctrica de tableros y canalizaciones. •Trabajos preventivos mecánicos en piping y bombas. •Revisión de equipos específicos del proceso.
Ver detalle →15
Realizar un monitoreo mensual adicional de los parámetros superados indicados en la Formulación durante la vigencia del Programa de Cumplimiento, los cuales deberán ser reportados en la ventanilla única (RETC). Si durante la vigencia del Programa del Cumplimiento no se efectuen descargas, se solicitará a la Superintendencia una ampliación de plazo que permita realizar a lo menos tres monitoreos mensuales adicionales. Finamente, si el establecimiento ya no efectúa descargas y no se haya optado por la vía de acción de solicitar la revocación del Programa de Monitoreo, se deberá acreditar técnicamente dicha circunstancias y se reportará mensualmente “no descarga” en la ventanilla única (RETC).
Ver detalle →- Se asigna a laboratorio externo ANAM S.A., quienes cumplen con ser un organismo acreditado (ETFA), para realizar el muestreo mensual y análisis de parámetros adicionales a cumplir en la descarga final, mediante un monitoreo compuesto de 24 horas. - Se realiza carga de los resultados de análisis adicionales efectuados en el RETC.
Ver detalle →16
Implementar sistema de respaldo de adición de hipoclorito de sodio con el objetivo de robustecer el sistema actual.
Ver detalle →Se implementó un Sistema de Respaldo de adición hipoclorito de sodio con el objetivo de robustecer el sistema actual, incorporando dos bombas de respaldo al sistema existente.
Ver detalle →17
Entrada en operación de proyecto que permita ajustar la dosificación de manera automática de los diferentes químicos. Estos son: - Coagulante - Floculante - Soda caustica Lo anterior con el objetivo de evitar la sobredosificación.
Ver detalle →Con el objetivo de evitar la sobredosificación en la etapa de tratamiento fisico-químico, se coordinó la implementación de la entrada en operación que ha permitido ajustar la dosificación de manera automática de los diferentes aditivos químicos: -Coagulante. -Floculante. -Soda caústica.
Ver detalle →18
No superar el límite máximo permitido en el Programa de Monitoreo correspondiente.
Ver detalle →Se asigna a laboratorio externo ANAM S.A., quienes cumplen con ser un organismo acreditado (ETFA), para realizar el muestreo mensual y análisis de parámetros a cumplir en la descarga final, mediante un monitoreo compuesto de 24 horas.
Ver detalle →19
Elaborar y ejecutar un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establezca: -Calendarización de los monitoreos y reportes: -Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho período. -Listado de parámetros comprometidos. -Frecuencia de monitoreo de cada parámetro. -Metodología de muestreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta). -Máximos permitidos para cada parámetro. -Máximo permitido de caudal. -Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos. -Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de riles. Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de riles y reporte del Programa de Monitoreo.
Ver detalle →Se elabora y ejecuta un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que establece: -Calendarización de los monitoreos y reportes ; -Obligación de reportar aun cuando no se haya ejecutado descarga o infiltración en dicho período; -Listado de parámetros comprometidos; -Frecuencia de monitoreo de cada parámetro; -Metodología de muestreo que corresponda y el tipo de muestra que establece la RPM para cada parámetro (puntual o compuesta); -Máximos permitidos para cada parámetro; -Máximo permitido de caudal; -Procedimiento de remuestreo, que contemple los plazos de ejecución y reporte de los mismos; -Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de riles; -Responsabilidades y responsables del personal a cargo del manejo del sistema de riles y reporte del Programa de Monitoreo.
Ver detalle →20
Capacitar al personal encargado del manejo del sistema de riles y/o del reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento.
Ver detalle →Se realiza la presentación para capacitar a los colaboradores a cargo de la operación del sistema de tratamiento de RILes. La temática abordada en la capacitación fue principalmente sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento.
Ver detalle →21
Realizar una mantención de las instalaciones del Sistema de Riles del establecimiento, conforme se establece en el Protocolo comprometido.
Ver detalle →Se realiza una mantención de las instalaciones del Sistema de RILes del establecimiento, conforme se establece en el Protocolo comprometido. La mantención consiste en: •Trabajos preventivos Eléctrica de tableros y canalizaciones. •Trabajos preventivos mecánicos en piping y bombas. •Revisión de equipos específicos del proceso.
Ver detalle →22
Aumentar la frecuencia de monitoreo de caudal durante el período de ejecución del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →Se asigna a laboratorio externo ANAM S.A., quienes cumplen con ser un organismo acreditado (ETFA), para realizar el muestreo mensual y análisis de parámetros a cumplir en la descarga final, mediante un monitoreo compuesto de 24 horas.
Ver detalle →23
Instalar una torre de enfriamiento para la recirculación del agua de enfriamiento de los extrusores. Con esta acción se logrará una disminución estimada en la generación de riles de 150 m3/día.
Ver detalle →Se Instala sistema de Torre Enfriamiento para la Recirculación del Agua de Enfriamiento de los Extrusores. Con esta acción se logró una disminución estimada en la generación de Riles de 150 m3/día.
Ver detalle →24
Implementar un sistema de recirculación del agua de enfriamiento del autoclave de pasteurización de pouches de productos húmedos. Con esta acción se logrará una disminución estimada en la generación de riles en 50 m3/día.
Ver detalle →Se implementó un Sistema de Recirculación de agua utilizada en proceso de autoclave de pasteurización de pouches de productos húmedos, para ser reutilizada como agua de alimentación de las calderas.
Ver detalle →25
Implementar un sistema de tanques para el almacenamiento de ril tratado de una capacidad de 80 m3 (2 estanques de 40 m3 c/u).Estos estanques serán utilizados en caso de cualquier emergencia que pueda ocurrir y de este modo evitar sobrepasar la descarga de efluentes sobre los 250 m3/día. En caso de que se sobrepase la capacidad de los tanques de almacenamiento de riles se gestionará el retiro de los mismos por terceros autorizados.
Ver detalle →Se Implementó un Sistema de Tanques para el Almacenamiento de RIL tratado de una capacidad de 80 m3 (2 estanqures de 40 m3 c/u). Estos estanques serán utilizados en caso de cualquier emergencia que pueda ocurrir y de este modo evitar sobrepasar la descarga de efluentes sobre los 250 m3/día. En caso que se sobrepase la capacidad de los tanques de almacenamiento de RILes se gestionará el retiro de los mismos por terceros autorizados
Ver detalle →26
Realizar una evaluación por terceros para ponderar la necesidad de realizar una modificación de RPM respecto al volumen máximo autorizado, debido a las condiciones productivas actuales.
Ver detalle →Se realizó una evaluación por consultora externa Greening, para ponderar la necesidad de realizar una modificación del RPM respecto al volumen máximo autorizado
Ver detalle →27
En caso de que el informe concluya que la mejor vía es la modificación, presentar ante la SMA una solicitud de modificación que cumpla con las condiciones establecidas en el siguiente link: https://portal.sma.gob.cl/index.php/portal-regulados/instructivos-y-guias/normas-de-emision/solicitar-modificación-o-revocación-de-un-programa-de-monitoreo-ante-la-sma/
Ver detalle →Se realizó evaluación y verificación por consultora externa Greening, concluyendo que el Volumen Máximo de Aguas Residuales en las condiciones productivas actuales de la Planta de Alimento de Mascotas y evaluadas en la auditoría realizada, considerando el Balance Hídrico y las Medidas Implementadas, no supera el caudal máximo autorizado a descargar (250 m3/día) por lo que no aplica modificar el Programa de Monitoreo aprobado.
Ver detalle →Reportes del PdC 1
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1
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02-06-2022
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