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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC D-095-2021 · MINERA FLORIDA

Expediente: D-095-2021 →
Fecha resolución: 30-07-2024
Fecha término: 30-07-2026
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Unidad fiscalizable: MINERA FLORIDA
Comuna / Región: Coquimbo — Región de Coquimbo

Acciones 13

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
No superar el nivel de producción autorizado mediante el considerando 4.1 de la RCA N°32/2016, correspondiente a 3.000 toneladas por día.
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1) Seguimiento diario del nivel de producción. 2) Reporte trimestral del nivel de producción de Mina Florida. 3) Reporte de la declaración de producción mensual de Mina Florida que corresponde al formulario E-300 del SERNAGEOMIN.
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2
Implementar la medida de compensación referida a la humectación y bischofitado de caminos públicos, por una extensión total de 12,5 km, en las cercanías de Faena Tambillos, durante un periodo de 2 años.
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Ejecutar un programa de humectación de 12,5 km de caminos públicos cercanos a faena Tambillos, que considere lo siguiente: - En caso de ser necesario, previa evaluación en terreno, se realizará nivelación y compactación de los caminos en los tramos que se requiera. - Humectación de 6,5 km de caminos públicos con frecuencia de 4 veces/día mediante camión aljibe. . - Bischofitado de 6 km de caminos públicos con mantención anual.
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3
1) Implementar la medida de control de ruido establecida en la RCA N º 80/2017, considerando 7.2 Ruido. Proyecto Depósito de Relaves Filtrados CM Florida. 2) Realizar mantenciones periódicas a la barrera acústica implementada.
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1) Implementación de la medida de control de ruido establecida en la RCA Nº 80/2017: - Barrera acústica constituida por 3 tramos en el perímetro sur-poniente del área del proyecto, durante la fase de construcción y toda la operación del proyecto. 2) Para determinar si aplica o no realizar la mantención periódica de la barrera acústica, se realizará una inspección visual con frecuencia mensual. La inspección y su correspondiente registro será realizado por un profesional con competencias comprobables en control de ruido ambiental.
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4
Aplicación del supresor de polvo, conforme a la frecuencia especificada por el fabricante -ver Anexo 1 Apéndice 2-, en: - Embalse de Relaves: Cubeta y muro. -Tranque N°1: Talud Norte, talud Sur, talud Oeste y en la cubeta. -Tranque N°3: Talud Norte, talud Sur y cubeta. -Tranque N°4: Talud Norte, talud Sur, talud Este y la cubeta. -Ampliación Tranque N°4: Talud Norte, talud Sur, cubeta Este y cubeta.
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Aplicación de supresor de polvo conforme a la frecuencia especificada por el fabricante en tranques y embalse de relaves. Semanalmente se realizará una inspección visual de la cubeta y muros de los depósitos de relaves, para verificar el correcto estado y conservación del supresor de polvo en los depósitos, con la finalidad de llevar a cabo medidas correctivas sobre el supresor de polvo a fin de evitar que su eventual deterioro impida cumplir su función mitigatoria.
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5
Plan de Acción frente a episodios de aumento de erosión eólica y/o resuspensión de material particulado, a fin de a fin de evitar la eventual afectación a las áreas pobladas localizadas en el entorno de la Planta de Beneficio Tambillos, ante eventuales episodios de aumento de erosión eólica y/o resuspensión de material particulado desde los depósitos de relaves o en la zona de procesos del Área Planta.
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El Plan de Acción frente a episodios de aumento de erosión eólica y/o resuspensión de material particulado, incluye un plan de actuación operativa en tres niveles o umbrales, a saber: - Umbral preventivo de alerta temprana: Inspecciones visuales en plazo no superior a 24 h de activado el Plan ante ráfagas de viento mayores a 26 km/h . - Umbral de Alerta: Evidencia de levantamiento significativo de polvo ante viento y/o ráfagas de viento mayores a 26 km/h. - Umbral de Alarma: superación de umbral de alerta por más de 1 hora.
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10
Eliminar y controlar la resuspensión de material fino ubicado en la Línea de Proceso N°2 (bajo las cintas transportadoras, los puntos de traspaso de las cintas y el punto de retorno) y la Línea de Proceso N°1 actualmente en desuso.
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Se realizará un inspección visual semanal en la Línea de Proceso N°2 (bajo las cintas transportadoras, los puntos de traspaso y el punto de retorno) y la Línea de Procesos N°1 actualmente en desuso. En caso de existir mineral fino, este se humectará mediante riego manual o camión aljibe. Una vez humectado el material fino, este será transportado mediante Mini cargador o cargador frontal al sector del stock pile para ser reingresado al proceso.
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11
Implementar Protocolo de Relacionamiento Comunitario
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El protocolo de relacionamiento comunitario tiene como objetivo fortalecer el relacionamiento comunitario que lleva actualmente CM Florida S.A. con la comunidad localizada en el entorno adyacente de la faena. Este protocolo consiste en habilitar una vía directa de reclamos por parte de la comunidad . Para lo anterior se habilitará en Garita de Faena un libro denominado "Reclamos y Observaciones - Faena Tambillos". Este libro contará con planillas de registros con la siguiente información: Nombre del Reclamante, fecha, hora, respuesta y/o acción adoptada por Faena, medio de verificación de la acción y/o respuesta adoptada. Este libro será revisado diariamente al finalizar el día por la Administración de faena para dar respuesta oportuna a la comunidad o adoptar medidas en caso de ser necesario.
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12
1) Implementar la totalidad de las medidas de control de ruido, establecidas en la RCA Nº 32/2016 las cuales se presentan a continuación: -Barrera acústica sobre chancador primario. -Barrera acústica sobre chancador secundario. -Barrera acústica sobre chancador terciario. -Barrera acústica sobre molino. -Encierro de motor solplador. -Revestimiento acústico en ducto ubicado en sector de flotación. 2) Realizar mantenciones periódicas sobre las medidas de control de emisiones acusticas establecidas en la RCAN°32/2016.
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1) Implementar las siguientes medidas de control de ruidos: -Chancador primario: Se debe instalar un semi-encierro al chancador primario, en base a un panel que permita un índice de reducción sonora Rw 36. -Chancador secundario: Instalar una barrera acústica en forma local sobre dicha fuente, utilizando un panel cuya configuración constructiva permita alcanzar un índice de reducción acústica Rw 36. La barrera debe tener una altura de 3 [m] y, sobre dicha altura, incorporar una cumbrera de 1 [m] de extensión, angulada en 45º en dirección a la fuente. -Chancador terciario: implementar una solución similar a la anterior, la cual tendrá que ser construida con la misma materialidad antes señalada, para lograr un Rw de 36 [dB]. Esta consiste en barreras acústicas de 3 [m] de altura, 4 [m] de profundidad en ambos costados y un ancho de 6 [m], además deberá contemplar una cumbrera de 1.5 [m] de largo, la que deberá estar inclinada en 45°. -Molino: instalar barreras acústicas con un Rw 36 [dB] al igual que en los casos anteriores. La configuración constructiva de la solución deberá tener a lo menos 15 [m] de profundidad y 10 [m] de ancho, de manera tal que se cumpla con las medidas mínimas necesarias para lograr la atenuación de ruido requerida. -Encierro de motor soplador: encapsulamiento individual de la maquinaria mediante un encierro acústico. La materialidad del encierro debe permitir un índice de reducción sonora Rw 36 como mínimo. -Revestimiento acústico en ducto ubicado en sector de flotación: implementación de un recubrimiento al ducto, con el objetivo de reducir el ruido generado en la curva de 90º, producto de turbulencias en el caudal interior. 2) Para determinar si aplica o no realizar la mantención periódica de las medidas de control de emisiones acústicas establecidas en la RCA N°32/2016, se realizará una inspección visual con frecuencia semanal. Esta inspección visual deberá incluir un registro fechado y georreferenciado de las medidas de control, que deberá acompañarse en cada reporte trimestral.
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14
Mantención anual del instrumental de medición meteorológica de la EMRP Poblacional “Tambillos 1”.
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Mantención anual de los instrumentos de medición de temperatura, humedad, dirección y velocidad del viento de la Estación de Monitoreo Tambillos 1, realizada por la empresa a cargo SERPRAM. Se realizará una nueva calibración de todos los equipos e instrumentos de conformidad a lo establecido en el D.S. N°61/2008 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento de estaciones de medición de contaminantes atmosféricos; así como la Resolución Exente N°1449/2023, que dicta instrucciones de carácter general que establecen los requisitos técnicos para la instalación, funcionamiento y operación de los instrumentos en estaciones de muestreo y medición de calidad del aire y meteorología.
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15
1) Implementar las medidas de control de ruidos establecidas en la RCA Nº 32/2016 y RCA Nº80/2017 de CM Florida. 2) Realizar mantenciones periódicas sobre las medidas de control de emisiones acusticas establecidas en la RCA Nº 32/2016 y RCA Nº80/2017 de CM Florida.
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1) Implementar las medidas de control de ruidos de RCA N°32/2016 y RCA N°80/2017. 2) Para determinar si aplica o no realizar la mantención periódica de las medidas de control de emisiones acústicas establecidas en la RCA Nº32/2016 y RCA Nº80/2017, se realizará una inspección visual con frecuencia semanal.
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16
Realizar monitoreos de ruido con frecuencia mensual, durante periodo diurno y nocturno en los receptores 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 14 considerados en la RCA N°32/2016 y RCA N°80/2017. Las mediciones serán ejecutadas por una ETFA autorizada.
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Mediciones de ruido durante periodo diurno y nocturno en los receptores 4,5, 6, 7, 8, 9, 10 y 14 considerados en la RCA N°32/2016 y RCA N°80/2017,con periodicidad mensual, ejecutados por una ETFA autorizada y bajo las condiciones que establece el articulo 16 del D.S. 38/2011, con especial énfasis en que la medición se realice en la condición de mayor exposición de ruido.
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17
Implementación de un Protocolo Operacional de control de actividades emisoras de ruido, en Planta de Procesamiento de Faena Minera Tambillos, en periodo nocturno
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Implementación de un Protocolo Operacional en periodo nocturno, de control de actividades emisoras de ruido en Planta de Procesamiento de Faena Minera Tambillos.
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19
“Informar a la SMA los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprendidas en el programa de cumplimiento a través de los sistemas digitales que se dispongan al efecto para implementar el SPDC.”
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Esta acción no requiere un reporte o medio de verificación específico, y una vez ingresados los reportes y/o medios de verificación para las restantes acciones, se conserva el comprobante electrónico generado por el sistema digital en el que se implemente el SPDC.
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Reportes del PdC 8

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 30-01-2026
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
28-08-2024
2
Enviado
29-10-2024
3
Enviado
29-01-2025
4
Enviado
29-04-2025
5
Enviado
30-07-2025
6
Enviado
30-10-2025
7
Enviado
30-01-2026
— actual
8
Enviado
30-04-2026

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-095-2021
09-04-2021
Programa de Cumplimiento en ejecución
1 elementos seleccionados